{"id":1221,"date":"2016-06-17T02:35:49","date_gmt":"2016-06-17T02:35:49","guid":{"rendered":"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/?p=1221"},"modified":"2016-06-17T02:35:49","modified_gmt":"2016-06-17T02:35:49","slug":"ordenanza-4807-2016-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/ordenanza-4807-2016-2\/","title":{"rendered":"Ordenanza 4806-2016"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENANZA N\u00ba 4806<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO:<\/strong><br \/>\nQue la Ordenanza N\u00ba 2.864 crea la Asesor\u00eda de la Mujer y que desde el a\u00f1o 2012 en la Direcci\u00f3n de Desarrollo Social y Salud de la Municipalidad de Rivadavia se implementa el Programa de Diversidad, y,<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONSIDERANDO:<br \/>\n<\/strong>Que en la Constituci\u00f3n Nacional se explicita la igualdad ante la ley en su art\u00edculo 16\u00ba y en su art\u00edculo 75\u00ba inciso 22\u00ba reconoce de car\u00e1cter supraconstitucional los tratados internacionales de Derechos Humanos.<br \/>\nQue los tratados internacionales velan por los derechos humanos fundamentales de todas las personas por igual, como la Declaraci\u00f3n Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaraci\u00f3n Universal de los Derechos Humanos, la Convenci\u00f3n Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos, la Convenci\u00f3n Sobre la Eliminaci\u00f3n de todas las formas de Discriminaci\u00f3n contra la Mujer, entre otros.<br \/>\nQue en tres oportunidades se han realizado en todo el pa\u00eds, y en nuestro departamento, marchas bajo una consigna: #NiUnaMenos donde los carteles, las palabras, la presencia y tambi\u00e9n el silencio, exig\u00edan ponerle un punto final a los asesinatos de mujeres.<br \/>\nQue estas convocatorias han sido declaradas de inter\u00e9s de este Honorable Concejo Deliberante.<br \/>\nQue no bast\u00f3 el grito colectivo ya que los femicidios siguen como si nada hubiera ocurrido.<br \/>\nQue este problema necesita la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n\u00a0 de pol\u00edticas p\u00fablicas contundentes con asignaci\u00f3n presupuestaria e implementaci\u00f3n\u00a0 de la Ley 26.485\/2009, para Prevenir, Sancionar y Eliminar la Violencia contra la Mujer, siendo aprobada por Ley Provincial N\u00ba 8.226 en el a\u00f1o 2010. En ellas se disponen las herramientas necesarias para implementar una pol\u00edtica p\u00fablica que nos permita erradicar este delito que mata alrededor de 300 mujeres por a\u00f1o.<br \/>\nQue a 7 a\u00f1os de su promulgaci\u00f3n, la ley padece de incumplimientos notorios, tanto a lo que se refiere a pol\u00edticas p\u00fablicas como a la evaluaci\u00f3n de las mismas, ya que no se ha dise\u00f1ado, ni implementado el Plan Nacional de Acci\u00f3n para la prevenci\u00f3n, asistencia y erradicaci\u00f3n de la violencia contra la mujer.<br \/>\nQue el Decreto 1086\/05 del Plan Nacional Contra la Discriminaci\u00f3n; aprobando el documento elaborado por el INADI y titulado \u201cHacia un Plan Nacional Contra la Discriminaci\u00f3n en Argentina. Diagn\u00f3stico y propuestas\u201d, plantea como necesarias estas instancias.<br \/>\nQue en la legislaci\u00f3n argentina, en los \u00faltimos 5 a\u00f1os, se ha avanzado notablemente en derechos para la diversidad sexual, tal es el caso de la ley 26618 de Matrimonio Igualitario y la ley 26743 de Identidad de G\u00e9nero.<br \/>\nQue en un contexto de marginalidad y exclusi\u00f3n, con deterioro en la calidad de vida y creciente fragmentaci\u00f3n social, las pol\u00edticas p\u00fablicas adquieren un mayor protagonismo y se hace necesario dise\u00f1ar estrategias integrales centradas en brindar capacidades que permitan una mejor inserci\u00f3n en la sociedad para el desarrollo personal y comunitario.<br \/>\nQue en Latinoam\u00e9rica, han sido numerosos los avances en materia de protecci\u00f3n de derechos para las personas LGBT, tal el caso del \u201cPrograma Brasil sin Homofobia\u201d y la Defensor\u00eda Homosexual de la Ciudad de San Pablo; el \u201cPlan de igualdad y no discriminaci\u00f3n por orientaci\u00f3n sexual\u201d de Quito o el \u201cAcuerdo sobre pol\u00edtica p\u00fablica para el sector LGBT\u201d firmado por el Alcalde de Bogot\u00e1 que incluye la creaci\u00f3n de un \u201cCentro Comunitario de Atenci\u00f3n a personas LGBT\u201d.<br \/>\nQue en este cuerpo hemos avanzado considerablemente en propuestas de reconocimiento de derechos de la mujer y de la Diversidad Sexual, como la declaraci\u00f3n de inter\u00e9s del Matrimonio Igualitario, la creaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n de G\u00e9nero y Diversidad y la declaraci\u00f3n a favor de la modificaci\u00f3n de la Ley Antidiscriminatoria.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO:<\/strong><br \/>\nEl Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1\u00ba:<\/strong> Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a instrumentar una Oficina de Genero y Diversidad, dependiente de la Direcci\u00f3n de Desarrollo Social y Salud.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2\u00ba:<\/strong> Ser\u00e1n objetivos de la Oficina de G\u00e9nero y Diversidad:<br \/>\na) Implementar las pol\u00edticas p\u00fablicas con perspectiva g\u00e9nero, que propendan a generar un cambio en la sociedad que garantice el respeto a la mujer y a la diversidad sexual y la participaci\u00f3n\u00a0 democr\u00e1tica con igualdad de oportunidades, eliminando toda forma de\u00a0 discriminaci\u00f3n, desigualdad o injusticia por razones de g\u00e9nero u orientaci\u00f3n sexual y elimine toda\u00a0 forma de discriminaci\u00f3n.<br \/>\nb) Velar por la igualdad de trato entre varones y mujeres y la protecci\u00f3n integral de la mujer, seg\u00fan lo establecido en la Constituci\u00f3n Nacional, Art. 75, inc 19 y 23; Constituci\u00f3n de la Provincia de Mendoza, Art. 200, inc. 6 y Art. 202 inc. 1, siguientes y concordantes; Ley Nacional N\u00ba 26.485 y Ley Org\u00e1nica de Municipalidades 1.079, con finalidad de elaborar pol\u00edticas p\u00fablicas asegurando derechos en el \u00e1mbito del gobierno municipal en general.<br \/>\nc) Promover la construcci\u00f3n de una ciudadan\u00eda plena para las personas del colectivo LGBT.<br \/>\nd) Promover la igualdad y la no discriminaci\u00f3n hacia personas del colectivo LGBT, garantizando el m\u00e1s alto nivel de inclusi\u00f3n dentro de las pol\u00edticas p\u00fablicas en el \u00e1mbito municipal.<br \/>\ne) Impulsar la creaci\u00f3n de un Programa Integral de atenci\u00f3n e informaci\u00f3n para personas LGBT.<br \/>\nf) Desarrollar pol\u00edticas integrales que permitan erradicar el hostigamiento, la violencia psicol\u00f3gica y f\u00edsica, y todo tipo de pr\u00e1cticas discriminatorias en el \u00e1mbito laboral y civil hacia el colectivo LGBT.<br \/>\ng) Brindar servicios especializados dirigidos a la poblaci\u00f3n LGBT. Promover la difusi\u00f3n de informaci\u00f3n precisa y clara que permita desmontar mitos y prejuicios en relaci\u00f3n a la orientaci\u00f3n sexual e identidad de g\u00e9nero.<br \/>\nh) Articular las diferentes acciones que actualmente y en el futuro el Municipio destine a la protecci\u00f3n, promoci\u00f3n de derechos, capacitaci\u00f3n, formaci\u00f3n y recreaci\u00f3n del colectivo LGBT.<br \/>\ni) Producir conocimiento en relaci\u00f3n a la tem\u00e1tica para el dise\u00f1o de pol\u00edticas vinculadas al colectivo de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales del Municipio.<br \/>\nj) Facilitar el acceso a todas las personas, independientemente de su orientaci\u00f3n sexual e identidad de g\u00e9nero, especialmente de menores recursos, a los servicios de salud, cultural, deportiva, educativa y recreativa que brinda el municipio.<br \/>\nk) Contribuir al fortalecimiento de las organizaciones que trabajan la tem\u00e1tica espec\u00edfica y promover la articulaci\u00f3n entre la sociedad civil y el Estado municipal, coordinando eventos y conmemoraciones, como as\u00ed tambi\u00e9n una agenda vinculada a la tem\u00e1tica.<br \/>\nl) Coordinar con la Comisi\u00f3n de G\u00e9nero y Diversidad creada en el \u00e1mbito legislativo del Honorable Concejo Deliberante del departamento.<br \/>\nm) Articular acciones con la Direcci\u00f3n de G\u00e9nero y Diversidad del Ministerio de Desarrollo Social, Salud y Deportes del Gobierno de la Provincia de Mendoza.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 3\u00ba:<\/strong> Cr\u00e9ase el Consejo Consultivo de G\u00e9nero y Diversidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong> Art\u00edculo 4\u00ba:<\/strong> El Consejo Consultivo de G\u00e9nero y Diversidad colaborar\u00e1\u00a0 ad-honorem con la oficna de G\u00e9nero y Diversidad, ser\u00e1 presidido por el\/la titular de la oficina y estar\u00e1 integrado por un\/a representante por organismo que entienda en la tem\u00e1tica (uniones vecinales, gremios, colegios profesionales, partidos pol\u00edticos, organizaciones sociales, ONGs, el Departamento Ejecutivo, el Honorable Concejo Deliberante, etc.).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong> Art\u00edculo 5\u00ba:<\/strong> Ser\u00e1n funciones del Consejo Consultivo:<br \/>\na) Brindar asesoramiento \u00c1reas Estatales o Privadas que lo soliciten.<br \/>\nb) Proponer y\/o adecuar pol\u00edticas municipales que tiendan a la concreci\u00f3n de los objetivos que determine el consenso del Consejo\u00a0 Consultivo.<br \/>\nc) Integrar a las entidades que se abocar\u00e1n al estudio de la integridad de la problem\u00e1tica de la mujer y del colectivo LGBT.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong> Art\u00edculo 6\u00ba:<\/strong> Los objetivos propuestos en la presente Ordenanza pueden ser ampliados conforme se implemente la presente, por parte del Ejecutivo Municipal, en tanto tiendan a la igualdad de oportunidades, de trato y derechos de todas las personas sin distinci\u00f3n de orientaci\u00f3n sexual o identidad de g\u00e9nero en pleno ejercicio del derecho personal\u00edsimo a la libre determinaci\u00f3n sexual.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong> Art\u00edculo 7\u00ba:<\/strong> Der\u00f3guese la Ordenanza N\u00ba 2.864 y toda otra norma que se opongas a la presente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 8\u00ba:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e ins\u00e9rtese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada en la Sala de Sesiones, \u201cBandera Nacional Argentina\u201d, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 07 d\u00edas del mes de julio de 2016.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">Lic. BRUNO AMBROSINI<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">LUCIO GUTIERREZ<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">SECRETARIO H.C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTEH.C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: right;\">Cpde. Expte. N\u00ba 2016-00164-2 H.C.D.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDENANZA N\u00ba 4806 VISTO: Que la Ordenanza N\u00ba 2.864 crea la Asesor\u00eda de la Mujer y que desde el a\u00f1o 2012 en la Direcci\u00f3n de Desarrollo Social y Salud de la Municipalidad de Rivadavia se implementa el Programa de Diversidad, y, CONSIDERANDO: Que en la Constituci\u00f3n Nacional se explicita la igualdad ante la ley en [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":983,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[63,64],"tags":[],"class_list":["post-1221","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas","category-ordenanzasanteriores"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1221","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1221"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1221\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media\/983"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1221"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1221"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1221"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}