{"id":1377,"date":"2015-11-23T10:55:10","date_gmt":"2015-11-23T10:55:10","guid":{"rendered":"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/?p=1377"},"modified":"2015-11-23T10:55:10","modified_gmt":"2015-11-23T10:55:10","slug":"ordenanza-4785-2015","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/ordenanza-4785-2015\/","title":{"rendered":"Ordenanza 4785-2015"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENANZA N\u00ba 4785<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO:<\/strong><br \/>\nLa realidad territorial socio econ\u00f3mica de nuestro Departamento y, la necesidad planteada por la Asociaci\u00f3n Artesanos civil del Este (A.A.D.E.C) D.P.J N\u00ba 6211 del Departamento de Rivadavia, por una nota presentada el 17 de junio del 2013, con expediente N\u00ba 2013-00145-4, que exponen diferentes inquietudes relacionadas a la Econom\u00eda Social y Solidaria, y que el Bloque Juan Domingo Per\u00f3n, cree y comparte la idea de dicha necesidad, y<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong> CONSIDERANDO:<\/strong><br \/>\nQue, en la misiva presentada a este Cuerpo, se hace una serie de peticiones, como por ejemplo, que la asociciaci\u00f3n mencionada cuente con un espacio f\u00edsico para el desarrollo de actividades culturales y artesanales, la formaci\u00f3n de una comisi\u00f3n integrada por los Departamentos del Este, que tengan como objetivos el desarrollo, promoci\u00f3n y difusi\u00f3n de la econ\u00f3mia social. Otro planteamiento realizado por esta instituci\u00f3n, es que se declare de Inter\u00e9s Departamental las actividades referidas a la econom\u00eda social y artesanal.<br \/>\nQue otra petici\u00f3n importante por sus alcances sociales, es la creaci\u00f3n en el \u00e1mbito de la Municipalidad de Rivadavia de la Direcci\u00f3n de Econom\u00eda Social y Solidaria, creaci\u00f3n de un consejo directivo ad- honorem, que tenga como finalidad el asesoramiento y la toma de decisiones en los lineamientos a desarrollar y pol\u00edticas referidas a la econom\u00eda social; capacitaci\u00f3n y especializaci\u00f3n permanente sobre temas y programas a nivel departamental, provincial y nacional, tendientes a que los artesanos, hacedores y emprendedores productivos de la econom\u00eda social se encuadren dentro de las normas y est\u00e1ndares requeridos por el mercado, pero sobre todo, tener una actualizaci\u00f3n constante a los requisitos planteados por la sociedad.<br \/>\nQue cabe aclarar y ante lo requerido por la instituci\u00f3n solicitante, que existe la Ordenanza N\u00ba 4.374, por la cual se crea el Fondo Municipal de Promoci\u00f3n de Emprendimientos Productivos del Departamento de Rivadavia y que en sus considerandos se hace referencia al apoyo a este tipo de proyectos, el cual se cita textual: <strong>\u201cQue el apoyo y el incentivo a la actividad de las microempresas y las peque\u00f1as y medianas empresas cumplir\u00e1 un rol desicivo por su conocida capacidad de generaci\u00f3n de empleo\u201d<\/strong>. En otro apartado de los considerandos\u00a0 se hace hincapi\u00e9, en la infraestructura que posee la municipalidad de Rivadavia, el cual se cita textual: <strong>\u201cQue es posible disponer de la infraestructura municipal para contribuir al desarrollo econ\u00f3mico social del departamento, elaborando los marcos legales adecuados para fomento de la peque\u00f1as unidades productivas y contribuir a su consolidaci\u00f3n como estructuras econ\u00f3micas sustentables, capaces de superar los ciclos de crisis econ\u00f3micas y social como las que hemos atravesado y generar condiciones b\u00e1sicas y contantes para su desarrollo, dando una clara y transparente se\u00f1al a todos aquellos que buscan soluciones a trav\u00e9s del trabajo y la producci\u00f3n\u201d<br \/>\n<\/strong>Que otra iniciativa a tener en cuenta, y que posibilita a\u00fan m\u00e1s, las oportunidades en el futuro, es la Ordenanza N\u00ba 4.766 que crea el parque industrial en el Departamento de Rivadavia; y que por Ordenanza N\u00ba 4.766 habilita a la Municipalidad de Rivadavia, a la compra de un terreno ubicado en el Distrito de Mundo Nuevo, destinado a la instalaci\u00f3n del mismo, que permitir\u00eda el desarrollo de estas actividades econ\u00f3micas tan vitales para nuestro Departamento, ante este vislumbre de posibilidades, debemos ser capaces de optimizar al m\u00e1ximo los recursos que nos posibilita por ejemplo, la Ordenanza N\u00ba 4.374, (Fondo Municipal de promoci\u00f3n de emprendimientos productivos del Departamento de Rivadavia) es por esto, que sugiero la craci\u00f3n de la direcci\u00f3n de Promoci\u00f3n de Econom\u00eda Social y Solidaria en la Municipalidad de rivadavia.<br \/>\nQue lo solicitado por la instituci\u00f3n, en su gran mayor\u00eda est\u00e1 incluido en la Ley Provincial N\u00ba 8.423, de la cual se adjunta copia, y que en su Art\u00edculo 1\u00ba crea el programa de promoci\u00f3n de Econom\u00eda Social de la Provincia de Mendoza y que tiene como objetivo en su inciso \u201ca\u201d dise\u00f1ar una planificaci\u00f3n estrat\u00e9gica participativa a corto, mediano y largo plazo tendientes a la construcci\u00f3n de una pol\u00edtica p\u00fablica integrada y articulada de la econom\u00eda social y solidaria de la Provincia de Mendoza, y en su inciso \u201cb\u201d implementa planes de educaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y asesoramiento destinado a mejorar los procesos de organizaci\u00f3n, producci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de sus productos y a transmitir e incorporar los principios y valores de la econom\u00eda social y solidaria de la sociedad mendocina.<br \/>\nQue en su inciso \u201cc\u201d dice: proponer y ejecutar un sistema de cuantificaci\u00f3n de los sujetos de la econom\u00eda social y solidaria, a trav\u00e9s de la articulaci\u00f3n de otros organismos provinciales y nacionales; y la implementaci\u00f3n de un r\u00e9gimen diferencial de impuestos, tasas y contribuciones de orden Provincial y Municipal, as\u00ed como de una gesti\u00f3n eficaz e inscripciones correspondientes a diversos productos y o servicios.<br \/>\nQue en otro punto importante a tener en cuenta, sobre este tema, est\u00e1 representado en el art\u00edculo N\u00ba 2 de la mencionada Ley y que hace alusi\u00f3n a la definici\u00f3n de lo que se entiende por econom\u00eda social y solidaria que se expresa de la siguiente manera, \u201ces el conjunto de recursos, actividades, grupos, instituciones y organizaciones que operan seg\u00fan principios de solidaridad, cooperaciones y autoridad leg\u00edtima, en la incorporaci\u00f3n y disposici\u00f3n de recursos para la realizaci\u00f3n de actividades de producci\u00f3n, distribuci\u00f3n, circulaci\u00f3n, financiamiento, consumo digno y responsable, cuyo sentiso no es el lucro sino la resoluci\u00f3n de las necesidades de los trabajadores, sus familias y comunidades, del medio ambiente, para lograr una sociedad m\u00e1s justa, inclusiva y solidaria.<br \/>\nQue es destacable, lo que la presente Ley N\u00ba 8.423 dice en su art\u00edculo N\u00ba 11 y que es concordante con lo planteado por la entidad solicitante, en lo referido al ordenamiento o estructuraci\u00f3n de una organizaci\u00f3n que nuclee a las diversas actividades comprendidas en la econom\u00eda social y solidaria, es por eso que se da cita al art\u00edculo N\u00ba 11 de la mencionada ley <strong>\u201cEl consejo ser\u00e1 asesorado en sus funciones por un comit\u00e9 Asesor Permanente adhonorem, integrado por representantes de \u00c1reas Gubernamentales de Desarrollo Social y Derechos Humanos, de Agroindustria y Tecnolog\u00eda y de la direcci\u00f3n General de Escuelas, representantes de cada uno de los municipios de la provincia, representantes de Redes, de foros y de Organizaciones de segundo y tercer nivel, los que ser\u00e1n seleccionados por procedimientos a establecer en la reglamentaci\u00f3n respectiva\u201d<\/strong>. Asimismo se podria invitar a la Delegaci\u00f3n Mendoza de la Subsecretaria de Agricultura Familiar del Ministerio de Desarrollo Social de la Naci\u00f3n de Tecnolog\u00eda Industrial.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO:<\/strong><br \/>\nEl Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong> ORDENA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1\u00ba:<\/strong> Adherir en toda y cada una de sus partes, a la Ley Provincial N\u00ba 8.423, sancionada por la C\u00e1mara de Senadores y Diputados de la Provincia de Mendoza, de fecha 27 de junio de 2012.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong> Art\u00edculo 2\u00ba:<\/strong> Crear en el \u00e1mbito de la Municipalidad de Rivadavia, el \u00c1rea de Promoci\u00f3n de Econom\u00eda Social y Solidaria, la cual depender\u00e1 de la Direcci\u00f3n de Desarrollo Econ\u00f3mico. La mencionada \u00c1rea, tendr\u00e1 como referencias y objetivos principales para su puesta en funcionamiento la Ley Provincial N\u00ba 8.423.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong> Art\u00edculo 3\u00ba:<\/strong>\u00a0 Destinar en su totalidad los recursos aprobados por Ordenanza N\u00ba 4.776, para el normal funcionamiento de la Direcci\u00f3n de Promoci\u00f3n de Econom\u00eda Social y Solidaria de la Municipalidad de Rivadavia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4\u00ba:<\/strong>\u00a0 Comuniquese a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Mendoza para la ahesi\u00f3n de la presente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong> Art\u00edculo 5\u00ba:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e ins\u00e9rtese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada en la Sala de Sesiones \u201cBandera Nacional Argentina\u201d del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 23 d\u00edas del mes de noviembre de 2015.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">FLORINDA SEOANE<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">SECRETARIO H.C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTE H.C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: right;\">Cpde. Expte. N\u00ba 2015-00186-6\u00a0 H.C.D<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDENANZA N\u00ba 4785 VISTO: La realidad territorial socio econ\u00f3mica de nuestro Departamento y, la necesidad planteada por la Asociaci\u00f3n Artesanos civil del Este (A.A.D.E.C) D.P.J N\u00ba 6211 del Departamento de Rivadavia, por una nota presentada el 17 de junio del 2013, con expediente N\u00ba 2013-00145-4, que exponen diferentes inquietudes relacionadas a la Econom\u00eda Social y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":983,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[63,64],"tags":[],"class_list":["post-1377","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas","category-ordenanzasanteriores"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1377","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1377"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1377\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media\/983"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1377"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1377"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1377"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}