{"id":2210,"date":"2010-03-23T10:19:42","date_gmt":"2010-03-23T10:19:42","guid":{"rendered":"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/?p=2210"},"modified":"2010-03-23T10:19:42","modified_gmt":"2010-03-23T10:19:42","slug":"ordenanza-4481-2010","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/ordenanza-4481-2010\/","title":{"rendered":"Ordenanza 4481-2010"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENANZA N\u00b0 4481<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO:<\/strong><br \/>\nEl Expediente Municipal N\u00ba 2009-12195-1, caratulado llamado Licitaci\u00f3n locales Ex Mercado Municipal y sus acumulados Expedientes N\u00ba 2009-19754-8, caratulado Lombardo Vicente, locatario Mercado Municipal, solicita adjudicaci\u00f3n local contiguo, y Expte. N\u00ba 2010-000037-6, caratulado Daniel Pastor, solicita cambio de local, y<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><br \/>\nQue existen en el Ex Mercado Municipal locales que\u00a0 se encuentran desocupados, y por ende susbtibles de ser cedidos en concesi\u00f3n a terceros interesados.<br \/>\nQue tres de estos locales se encuentran actualmente con sus contratos vencidos y por ende los canones que abonan por los mismos, est\u00e1n desactualizados debido al \u00edndice inflacionario.<br \/>\nQue los citados locales se encuentran actualmente adjudicados desde hace muchos a\u00f1os a los mismos inquilinos y que siempre cumplieron con sus obligaciones contractuales y atento su deseo de continuar con el uso de los mismos resulta conveniente otorgar la concesi\u00f3n directa, de igual manera que se realiz\u00f3 con los locatarios de la Terminal de \u00d3mnibus. En acuerdo a lo estipulado con el actual locatario Se\u00f1or Daniel Pastor, resulta condici\u00f3n indispensable para renovar este contrato, realizar el retiro del escaparate situado en la vereda.<br \/>\nQue el resto de los locales han sido refaccionados por el municipio, a trav\u00e9s de un proyecto que permite ampliar la zona comercial, embelleciendo un punto c\u00e9ntrico tan significativo para los habitantes de Rivadavia.<br \/>\nQue el nuevo proyecto de remodelaci\u00f3n del Ex Mercado Municipal, ha producido una refuncionalizaci\u00f3n de un inmueble caro al patrimonio p\u00fablico, modificando la disposici\u00f3n de locales y sus accesos, as\u00ed en una primera fase, se modifica el acceso al Sal\u00f3n Interior destinado a Museo, ubic\u00e1ndose el mismo sobre calle San Mart\u00edn entre los locales N\u00ba3 y N\u00ba4, y se reconstruye el local comercial N\u00ba3, dot\u00e1ndolo de unidad funcional. Sin perjuicio de ello, y a pesar de contar con la infraestructura proyectada, actualmente no tiene habilitado los servicios correspondientes a sanitarios y cocina, hecho que le permite funcionar anexado al local N\u00ba2.<br \/>\nQue esta situaci\u00f3n coincide con el pedido del concesionario del Local N \u00ba2\u00a0 Sr. Vicente Lombardo, qui\u00e9n peticion\u00f3 por nota de fecha 16\/12\/09 que le fuera adjudicado el referido local N \u00ba3, a efectos de\u00a0 ampliar la estructura funcional de su comercio, ofreciendo abonar\u00a0 la suma de\u00a0 PESOS UN MIL QUINIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 1.500,00), por dicho local, por\u00a0 un t\u00e9rmino id\u00e9ntico al que tiene concesionado el local N\u00ba2. En tal sentido su petici\u00f3n resulta atendible, en tanto se respeta la autonom\u00eda del local y la esencia del proyecto, se mantiene un c\u00e1non aut\u00f3nomo a valores superiores a los de plaza, por un per\u00edodo razonable y asimismo, se garantiza la explotaci\u00f3n a un comerciante de buenos antecedentes y de cumplimiento tributario intachable.<br \/>\nQue los concesionarios deber\u00e1n cumplir con las normas y reglamentaciones urban\u00edsticas, edilicias, arquitect\u00f3nicas y de dise\u00f1o previstos por el proyecto de remodelaci\u00f3n del Ex Mercado Municipal, qued\u00e1ndole prohibido toda reforma, modificaci\u00f3n, cambio de fachada, que no sean aprobadas por la Direcci\u00f3n de Obras P\u00fablicas de la Municipalidad de Rivadavia.<br \/>\nQue mediante Expediente N\u00ba 2010-00037-6, el se\u00f1or Daniel D. Pastor, solicita obtener el local N \u00ba6, por el actual local N\u00ba 4, siendo su petici\u00f3n atendible debido a que en ese lugar su operatividad comercial no tendr\u00eda inconvenientes.<br \/>\nQue la Oficina de Compras y Suministros ha realizado los Pliegos Licitatorios, los que han sido supervisados y aprobados por Asesor\u00eda Legal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO:<\/strong><br \/>\nEl Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1\u00b0:<\/strong> El Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, dispone derogar la Ordenanza N\u00ba 4454\/09.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2\u00b0:<\/strong> Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el llamado a Licitaci\u00f3n P\u00fablica para la concesi\u00f3n\u00a0 y\u00a0 explotaci\u00f3n de los Locales;\u00a0 N\u00b0\u00a0 4; 5 y 7 del Ex Mercado Municipal. F\u00edjase la base licitatoria para el local N\u00ba4, en la suma de PESOS OCHOCIENTOS CON CERO CENTAVOS ( $800,00); para el local N\u00ba5, en la suma de PESOS OCHOCIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 800,00)\u00a0 y\u00a0 para el local N\u00ba 7 en la suma de PESOS OCHOCIENTOS CON CERO CENTAVOS ($ 800,00).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 3\u00b0:<\/strong> Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a concesionar en forma directa los locales a los actuales locatarios que se encuentran al d\u00eda con sus obligaciones contractuales de acuerdo al siguiente detalle:<br \/>\nLocal N\u00b0 1: Jorge Antonio Fern\u00e1ndez \u2013 DNI 23.173.034 por un monto mensual del contrato de $\u00a0 1.150,00 (Pesos Un Mil Ciento Cincuenta con Cero Centavos)<br \/>\nLocal N\u00b0 6: Daniel David Pastor \u2013 DNI 20.516.475 por un monto mensual del contrato de $ 805,00\u00a0 (Pesos Ochocientos Cinco con Cero Centavos)<br \/>\nLocal N\u00b0 2: H\u00e9ctor Vicente Lombardo \u2013 DNI 6.904.802 por un monto mensual del contrato de $ 1.150,00\u00a0 (Pesos Un Mil Ciento Cincuenta con Cero Centavos)<br \/>\nLocal N\u00b0 3: H\u00e9ctor Vicente Lombardo \u2013 DNI 6.904.802 por un monto mensual del contrato de $ 1.500,00\u00a0 (Pesos Un Mil Quinientos con Cero Centavos)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4\u00b0:<\/strong> Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal para que a trav\u00e9s de Contadur\u00eda Municipal se aplique un ajuste del 15 % anual en el contrato de cada uno de los oferentes que resulten adjudicatarios y de los concesionados en forma directa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 5\u00b0:<\/strong> En caso de renuncia de uno de los locatarios, el Departamento Ejecutivo Municpal, arbitrar\u00e1 los medios que correspondan para consecionar el mencionado local, por el tiempo que resta de locaci\u00f3n concedida en su momento, siendo para el nuevo locatario el beneficio de tener la prioridad en un nuevo llamado a Licitaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 6\u00b0:<\/strong> Apru\u00e9banse en general los Pliegos de Condiciones y Especificaciones Generales, obrante a fojas 3; 4; 5 y 6 del Expediente Municipal N\u00b0 12195 -1-D, caratulado Director de Administraci\u00f3n solicita informe, los cuales forman parte integrante del mismo, y en particular modificar los Art\u00edculos 3\u00ba Inc 6, y el art\u00edculo 8\u00ba, y agregar un segundo p\u00e1rrafo en el Art\u00edculo 14\u00ba, los cuales quedar\u00e1n redactados de la siguiente manera:<br \/>\n<strong>Art\u00edculo 3\u00ba, Inc6:<\/strong> Contendr\u00e1 presentaci\u00f3n del proyecto comercial, con determinaci\u00f3n clara y precisa del objeto de la explotaci\u00f3n del local. El proyecto deber\u00e1 responder a la esencia y fisonom\u00eda del proyecto general de refuncionalizaci\u00f3n del ex Mercado Municipal establecido con criterios de tutela del patrimonio hist\u00f3rico cultural y a la clasificaci\u00f3n de las actividades comerciales planificadas por la oficina de proyecto de la Direcci\u00f3n de Obras y Servicios P\u00fablicos.<br \/>\n<strong>Art\u00edculo 8\u00ba:<\/strong> El Departamento Ejecutivo adjudicar\u00e1 la licitaci\u00f3n del local, en consideraci\u00f3n a la propuesta m\u00e1s ventajosa, pudiendo rechazar todas si no las considerara convenientes a los intereses de la comuna; el factor precio no es determinante, teni\u00e9ndose en cuenta: antecedentes personales, comerciales, garant\u00edas ofrecidas y caracter\u00edsticas del proyecto comercial, previsto en el art\u00edculo 3\u00ba inciso 6\u00ba. Este \u00faltimo factor ser\u00e1 determinante para resolver\u00a0 la adjudicaci\u00f3n del local, debiendo contar previamente con informe de la Oficina de Proyecto que garantice la defensa arquitect\u00f3nica cultural del proyecto general de refunsionalizaci\u00f3n del Ex mercado municipal y las actividades comerciales permitidas.<br \/>\n<strong>Art\u00edculo 14\u00b0:SEGUNDO P\u00c1RRAFO:<\/strong> Los consesionarios directos no podr\u00e1n alterar el objeto comercial de explotaci\u00f3n aprobado, y deber\u00e1n ajustarse a la reglamentaci\u00f3n que en materia de defensa del patrimonio arquitect\u00f3nico cultural que contenga el proyecto de refunsionalizaci\u00f3n del Ex Mercado Municipal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 7\u00b0:<\/strong> Fijase el valor de los Pliegos Licitatorios en la suma de PESOS CIEN CON CERO CENTAVOS ($ 100,00).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 8\u00b0:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e ins\u00e9rtese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 23 d\u00edas del mes de marzo de 2010.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">JAVIER RODRIGUEZ<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">ENRIQUE LE\u00d3N<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">SECRETARIO C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTE C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: right;\">Cpde. Expte. N\u00ba 2010-00028-5 C.D.<br \/>\n2009-12195-1 D.E.<br \/>\n2009-19754-8 D.E.<br \/>\n2010-02524-1 D.E.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDENANZA N\u00b0 4481 VISTO: El Expediente Municipal N\u00ba 2009-12195-1, caratulado llamado Licitaci\u00f3n locales Ex Mercado Municipal y sus acumulados Expedientes N\u00ba 2009-19754-8, caratulado Lombardo Vicente, locatario Mercado Municipal, solicita adjudicaci\u00f3n local contiguo, y Expte. 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