{"id":2357,"date":"2009-03-10T14:14:49","date_gmt":"2009-03-10T14:14:49","guid":{"rendered":"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/?p=2357"},"modified":"2009-03-10T14:14:49","modified_gmt":"2009-03-10T14:14:49","slug":"ordenanza-4416-2009","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/ordenanza-4416-2009\/","title":{"rendered":"Ordenanza 4416-2009"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENANZA N\u00ba4416<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO:<br \/>\n<\/strong>El Expediente Municipal N\u00b0 2008-20908-I, por el cual el Se\u00f1or Intendente Municipal, remite\u00a0 C\u00e1lculo de Recurso y\u00a0 Presupuesto de Gasto para el Ejercicio Financiero 2009, y<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONSIDERANDO:<br \/>\n<\/strong>Los datos y documentaci\u00f3n T\u00e9cnica suministrados por el Departamento Ejecutivo, en especial la Ejecuci\u00f3n Presupuestaria del Ejercicio 2008, la Planilla de Liquidaci\u00f3n de Recursos Coparticipables Nacionales y Provinciales; Planillas Anexas exigidas por la Ley de Responsabilidad Fiscal como: Detalle de Obras P\u00fablicas; Detalles de Subsidios, Estimaci\u00f3n del Gasto Tributario y Planillas de Personal con indicaci\u00f3n de clase y cargos, entre otros.<br \/>\nQue, el c\u00e1lculo de la estimaci\u00f3n para la participaci\u00f3n Municipal suministrado por la Direcci\u00f3n de Finanzas de la Provincia de Mendoza para el Ejercicio 2009, es de PESOS VEINTIDOS SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO ($26.500.475,00). Que el C\u00e1lculo de Recursos de Origen Municipal incluye ingresos adicionales por un aumento del treinta por ciento (30 %) en el valor de la Unidad Tributaria Municipal y recursos provenientes de Otros Fondos Descentralizados compuestos principalmente por:<br \/>\na) Fondo de Infraestructura Municipal 2009, calculado por la Provincia sobre la base de $ 85.098.056,00, de los cuales se estima le corresponde al departamento de Rivadavia la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCO ($ 3.952.805,00) con \u00edndice de 4.645 para el departamento.<br \/>\nb) Fondo de Ayuda Municipal 2009, relacionado sobre seguridad sobre la base de $ 50.000.000,00, al que se le aplicar\u00e1 el \u00edndice mencionado anteriormente lo que da un importe correspondiente al Municipio de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS VEINTID\u00d3S QUINIENTOS ($ 2.322.500,00).<br \/>\nQue, se presupuestan en la cuenta de otros ingresos de origen municipal, el producido de convenios especiales por la SUMA DE PESOS DOS MILLONES SESTECIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS DIEZ CON 26\/100 ($ 2.708.910,26) correspondiente a obras a realizarse con aportes de distintos organismo, esta partida incluye el asfalto de distintas calles del departamento, el aporte de\u00a0 las cloacas del Barrio Florida y la Perforaci\u00f3n del PROPASA.<br \/>\nQue, en cuanto a reembolso de obra p\u00fablica se ha estimado un ingreso fundamentado principalmente en las obras de redes de gas natural de los distritos sujetas a reembolso, mas el rembolso de la obra de asfalto continuaci\u00f3n calle G\u00fcemes, y reembolso de obras de alumbrado p\u00fablico realizadas en el departamento.<br \/>\nQue, en el financiamiento se ha previsto el aporte no reintegrable de distintas jurisdicciones, siendo el m\u00e1s significativo el que surge del convenio con la provincia, por el cual la misma aporta anualmente la suma de ($ 321.428,56) que corresponde al aporte realizado para la devoluci\u00f3n del pr\u00e9stamo BIRF 3860-AR tomado para la ejecuci\u00f3n de la Red de Gas Natural Distritos. Adem\u00e1s de preverse un super\u00e1vit fiscal acumulado estimado de $ 441.954,33).<br \/>\nAsimismo, han incidido en su confecci\u00f3n las proyecciones econ\u00f3micas previstas para el a\u00f1o en curso, de acuerdo a indicadores macroecon\u00f3micos proporcionados consultores p\u00fablicos y privados, en los que se destaca el impacto de la crisis econ\u00f3mica financiera internacional, una creciente reducci\u00f3n de inversiones y una potencial ca\u00edda del ingreso al 4 % y por ende de los niveles de recaudaci\u00f3n nacional, as\u00ed como un impacto inflacionario previsto de un 10 a un 15% anual y una paridad cambiaria de $3,60.<br \/>\nEn ese marco se ha considerado de especial incidencia la inversi\u00f3n p\u00fablica, a trav\u00e9s de la ejecuci\u00f3n de obras p\u00fablicas y de infraestructura municipal, que permitan para sostener el nivel de actividad y preservar el empleo.<br \/>\nEn tal sentido, se contempl\u00f3 la necesidad de incrementar el plan de obras, aumentando dicha partida de Obra P\u00fablica para el Ejercicio 2009, en la suma de PESOS UN MILL\u00d3N SEISCIENTOS DIECIS\u00c9IS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON TREINTA, que se reasigna a la partida producido de Convenios Especiales, obrante a fs. 60\/61, conforme detalle de obras anexa a fs. 57\/59, destac\u00e1ndose en especial el sistema de Cloacas para el Distrito La Central. Se hacen constar las obras que se anexan por intermedio del presente despacho con el fin de dinamizar la econom\u00eda local, ser\u00e1n ejecutadas en el marco de gestiones y compromisos de fondos provinciales para infraestructura municipal, en base a Convenios Especiales.<br \/>\nQue, asimismo, se contempla un presupuesto de gastos acorde a este proceso objetivamente complejo, evitando un crecimiento excesivo de ciertas partidas, como Festivales, la cual se reduce en $150.000 de los originalmente previstos, en concordancia con la ejecuci\u00f3n del ejercicio pasado.<br \/>\nEl presente presupuesto posee notas de equilibrio y prudencia, en tanto no se posee endeudamiento, ni amplifica de manera arbitraria y desproporcionada los gastos, sino que lo hace se acorde al esquema anterior conteste a las proyecciones provinciales; asimismo pondera la realidad sociopol\u00edtica del Departamento, de la Regi\u00f3n y del Pa\u00eds, y siguiendo la evoluci\u00f3n de recursos y gastos posibles.<br \/>\nPor su parte el presupuesto de gastos el Departamento Deliberativo, mantiene sus prudenciales niveles de erogaci\u00f3n, reafirmando criterios de austeridad y transparencia, destacando el trabajo en equipo, la b\u00fasqueda de consenso y la calidad institucional en la fijaci\u00f3n de criterios, determinaci\u00f3n de prioridades y planeamiento econ\u00f3mico social.<br \/>\nQue, en cuanto al c\u00e1lculo de gastos, no se ha previsto el incremento de los sueldos a pagar al Personal teniendo en cuenta el presupuesto enviado por la Provincia\u00a0 el cual no establece pauta de aumento salarial.<br \/>\nQue el presente Proyecto de Presupuesto, es de vital importancia como herramienta de gobierno para el funcionamiento de la estructura Municipal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO<\/strong><br \/>\nEl Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo N\u00ba 1:<\/strong> F\u00edjase el Presupuesto de Gastos y C\u00e1lculo de Recursos del Ejercicio Financiero 2009, en la suma de <strong>PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS, ($43.607.699,65)<\/strong>, seg\u00fan la planilla modificatoria que se anexa a fs. 50\/52.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo N\u00ba 2:<\/strong> F\u00edjase el Presupuesto de Gastos a nivel de Jurisdicci\u00f3n 01 <strong>\u201cDEPARTAMENTO EJECUTIVO\u201d<\/strong>, en la suma de Pesos: <strong>CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS, ($42.397.269,54)<\/strong>, seg\u00fan planilla modificatoria que se anexa a fs. 53\/56. El Cr\u00e9dito Presupuestario ser\u00e1\u00a0 distribuido por su Clasificaci\u00f3n\u00a0 Econ\u00f3mica y\u00a0 por Objeto del gasto, a nivel de partida principal.-<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo N\u00ba 3:<\/strong> F\u00edjase el Presupuesto de Gastos a nivel de Jurisdicci\u00f3n 02 <strong>\u201cCONCEJO DELIBERANTE\u201d<\/strong>, en la suma de Pesos: <strong>UN MILLON DOSCIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS TREINTA CON ONCE CENTAVOS, ($ 1.210.430,11)<\/strong>. El Cr\u00e9dito Presupuestario ser\u00e1\u00a0 distribuido por su\u00a0 Clasificaci\u00f3n\u00a0 Econ\u00f3mica y\u00a0 por Objeto del gasto, a nivel de partida principal.-<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo N\u00ba 4: PLANTA DE PERSONAL:<br \/>\n<\/strong>F\u00edjese la planta de personal en la cantidad de cargos que se detallan a continuaci\u00f3n:<br \/>\na) <strong>DEPARTAMENTO EJECUTIVO:<br \/>\n<\/strong>1. Cargos de la Planta de Personal\u00a0 Superior\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026.\u2026..16<br \/>\n2. Cargos de la Planta de Personal\u00a0 Permanente\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026.\u2026422<br \/>\n3. Cargos Vacantes \u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026.\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026.\u202628<br \/>\n4. Cargos en Reserva\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u202642<br \/>\n5. Cargos de la Planta de Personal Temporaria \u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026.\u2026253<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si durante el transcurso del ejercicio se produjesen ahorros presupuestarios de cargos vacantes temporarios, los mismos podr\u00e1n ser utilizados, siempre que el total de la erogaci\u00f3n no supere el monto total previsto para la partida principal asignada a PERSONAL.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">b) <strong>CONCEJO DELIBERANTE:<\/strong><br \/>\n1. Cargos de Autoridades Superiores\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u202611<br \/>\n2. Cargos de la Planta de Personal Permanente\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026..6<br \/>\n3. Cargos de Personal No Escalafonado o fuera de nivel\u2026\u2026\u2026\u2026\u2026&#8230;9<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo\u00a0 N\u00ba5: MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS:<\/strong><br \/>\n1.1 <span style=\"text-decoration: underline;\">INCREMENTO PRESUPUESTARIO.<\/span> Si durante el transcurso del ejercicio la\u00a0\u00a0 recaudaci\u00f3n obtenida m\u00e1s la proyectada supera el c\u00e1lculo de recursos previsto, podr\u00e1 aumentarse el c\u00e1lculo de recursos y consecuentemente incrementar las Partidas de erogaciones, destin\u00e1ndolas a las inversiones que se consideren prioritarias, todo ello en concordancia con lo estipulado en el Art. n\u00b0 18 del la Ley 7314 (Ley de Responsabilidad Fiscal) y su reglamentaci\u00f3n.<br \/>\n1.2 <span style=\"text-decoration: underline;\">INCREMENTOS PRESUPUESTARIOS CON RECURSOS AFECTADOS.<\/span> El Departamento Ejecutivo podr\u00e1 realizar modificaciones en el Presupuesto General, incorporando las partidas Especiales necesarias o increment\u00e1ndolo en las ya previstas, cuando deban realizarse erogaciones originadas por recursos espec\u00edficos provenientes de convenios, adhesiones, leyes, decretos Provinciales o Nacionales, en vigencia en el \u00e1mbito municipal como as\u00ed tambi\u00e9n los aportes o bienes no reintegrables del Gobierno Provincial y\/o Nacional afectado a los fines espec\u00edficos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo N\u00ba6: REMUNERACIONES Y REGIMEN DE LICENCIAS AL PERSONAL PERMANENTE Y TEMPORARIO, COMPRENDIDOS EN EL ESTATUTO ESCALAFON MUNICIPAL LEY N\u00b0 5892:<\/strong><br \/>\n1. <strong>REMUNERACIONES:<\/strong> Se liquidar\u00e1n de acuerdo al R\u00e9gimen establecido por Ley N\u00b0 5892, ( Estatuto Escalaf\u00f3n Municipal), y Acuerdos Paritarios realizados en el marco de las Convenciones Colectivas de Trabajo. La escala salarial ser\u00e1 la establecida por Ley N\u00b0 5126 y sus modificaciones.-<br \/>\n2.- <strong>ADICIONALES, SUPLEMENTOS Y COMPLEMENTOS A LA REMUNERACION:<\/strong> Se liquidar\u00e1n conforme a lo normado por Ley N\u00b0 5126 y modificatoria Ley N\u00b0 5892, Ley N\u00b0 5811 y Actas Acuerdos realizadas dentro del marco de paritarias provinciales y municipales, homologadas por Decretos provinciales y\/o municipales, hasta tanto nuevas convenciones previstas por ley N\u00b0 5892 las modifique, sustituya o establezcan.<br \/>\n3.- <strong>BONIFICACION POR ANTIG\u00dcEDAD:<\/strong> Se liquidar\u00e1 aplicando el 2 %, por cada a\u00f1o de antig\u00fcedad reconocida o fracci\u00f3n mayor de seis meses, calculado sobre los conceptos. Asignaci\u00f3n de la Clase, (C\u00f3digo 001), quedan excluidos de esta bonificaci\u00f3n las autoridades superiores del Departamento Ejecutivo y el Concejo Deliberante.-<br \/>\n4.- <strong>ASIGNACIONES FAMILIARES:<\/strong> Para su liquidaci\u00f3n se aplicar\u00e1 el R\u00e9gimen Provincial Ley N\u00b0 3602 y sus modificatorias quedando excluidos de percibirlas las autoridades superiores del Departamento Ejecutivo y del Concejo Deliberante (Concejales).-<br \/>\n5.- <strong>REGIMEN DE LICENCIA:<\/strong> Ser\u00e1 de aplicaci\u00f3n el R\u00e9gimen establecido por Ley N\u00b0 5811 y sus modificatorias.-<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo N\u00ba7: REMUNERACIONES DE LAS AUTORIDADES SUPERIORES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Y DEL CONCEJO DELIBERANTE:<\/strong> Las remuneraciones de las Autoridades Superiores estar\u00e1n constituidas por el 50 % como Sueldo B\u00e1sico o Dieta y el resto como Gastos de Representaci\u00f3n fij\u00e1ndose las remuneraciones mencionadas seg\u00fan el siguiente detalle:<br \/>\n<strong>AUTORIDADES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO:<\/strong><br \/>\n<strong>Intendente<\/strong><br \/>\nAsignaci\u00f3n de la clase\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 2.909,85<br \/>\nGastos de Representaci\u00f3n\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 2.909,85<br \/>\n<strong>Secretarios<\/strong><br \/>\nAsignaci\u00f3n de la clase\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 2.007,80<br \/>\nGastos de Representaci\u00f3n\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 2.007,80<br \/>\n<strong>Asesor Legal y Cr. Municipal<\/strong><br \/>\nAsignaci\u00f3n de la clase\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 1.862,30<br \/>\nGastos de Representaci\u00f3n\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 1.862,30<br \/>\n<strong>Directores<\/strong><br \/>\nAsignaci\u00f3n de la clase\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 1.804,11<br \/>\nGastos de Representaci\u00f3n\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 1.804,11<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>AUTORIDADES DEL CONCEJO DELIBERANTE:<\/strong><br \/>\nLas remuneraciones de los Ediles estar\u00e1n constituidas por el 50 % como Dietas y el resto como Gastos de Representaci\u00f3n fij\u00e1ndose las remuneraciones mencionadas seg\u00fan el siguiente detalle:<br \/>\n<strong>Presidente del Concejo Deliberante<\/strong><br \/>\nDieta\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 1.891,40<br \/>\nGastos de Representaci\u00f3n\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 1.891,40<br \/>\n<strong>Concejales<\/strong><br \/>\nDieta\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 1.745,91<br \/>\nGastos de Representaci\u00f3n\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 1.745,91<br \/>\n<strong>Secretario del Concejo<\/strong><br \/>\nAsignaci\u00f3n de la clase\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 1.658,61<br \/>\nGastos de Representaci\u00f3n\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 1.658,61<br \/>\n<strong>Secretarios de Bloque<\/strong><br \/>\nAsignaci\u00f3n de la clase\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 872,95<br \/>\nGastos de Representaci\u00f3n\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 872,95<br \/>\n<strong>Pro-secretarios de Bloque<br \/>\n<\/strong>Asignaci\u00f3n de la clase\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 785,66<br \/>\nGastos de Representaci\u00f3n\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 $ 785,66<br \/>\nLos montos de las remuneraciones, detallados precedentemente; se ajustar\u00e1n autom\u00e1ticamente en el mismo porcentaje que los acordados en Paritarias para el personal municipal.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo\u00a0\u00a0 N\u00ba8: PLAN DE OBRAS P\u00daBLICAS:<\/strong><br \/>\nFijase la suma de Pesos: <strong>Cinco Millones Novecientos Treinta Mil Trescientos Cuarenta y Tres con 06\/100<\/strong> ($ 5.930.343,06), el Plan de Obras P\u00fablicas Municipales para el presente ejercicio.<br \/>\nEl mismo se encuentra detallado en el Anexo correspondiente.\u00a0 El presente Plan de Obras P\u00fablicas es s\u00f3lo enunciativo, pudiendo el Departamento Ejecutivo realizar otras obras, seg\u00fan las necesidades que surjan en el ejercicio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo N\u00ba 9: VENTA DE BIENES MUEBLES Y AUTOMOTOR:<br \/>\n<\/strong>Autorizase al Departamento Ejecutivo a enajenar los bienes de dominio privado en desuso que posee el Estado Municipal, dentro del marco que establece la Ley N\u00b0 3799 y 1079 y sus modificaciones.-<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo N\u00ba 10: USO TRANSITORIO DE FONDOS:<\/strong><br \/>\nAutorizase\u00a0 al Departamento Ejecutivo a afectar fondos propios, en forma transitoria para hacer frente a erogaciones que deriven de los convenios especiales oportunamente suscriptos, cuando por alg\u00fan motivo los organismos que deben remitir dichos fondos no lo hagan regularmente, siempre que se tenga la seguridad y certeza que estos fondos ser\u00e1n transferidos por los Organismos. Los fondos Nacionales y\/o Provinciales percibidos hasta el monto devengado de los gastos financiados seg\u00fan lo indicado precedentemente, se considerar\u00e1n como reintegro de los fondos de rentas generales que la Municipalidad aporte para evitar la interrupci\u00f3n de la prestaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo N\u00ba 11:<\/strong> El presente Presupuesto de Gasto y C\u00e1lculo de Recursos del Ejercicio Financiero 2009, entrara en vigencia a partir del primero de marzo del corriente a\u00f1o.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo N\u00ba 12:<\/strong> Der\u00f3guese toda disposici\u00f3n que se oponga a la presente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo N\u00ba 13:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo, a su efectos e ins\u00e9rtese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada en la Sala de Sesiones \u201cBandera Nacional Argentina\u201d, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 10 d\u00edas del mes de marzo del a\u00f1o 2009.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">JAVIER RODRIGUEZ<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">ENRIQUE LEON<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">SECRETARIO C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTE C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: right;\">Cpde. Expte. N\u00ba 2009-00001-5 C.D.<br \/>\nN\u00ba2008-20908-8 D.E.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDENANZA N\u00ba4416 VISTO: El Expediente Municipal N\u00b0 2008-20908-I, por el cual el Se\u00f1or Intendente Municipal, remite\u00a0 C\u00e1lculo de Recurso y\u00a0 Presupuesto de Gasto para el Ejercicio Financiero 2009, y CONSIDERANDO: Los datos y documentaci\u00f3n T\u00e9cnica suministrados por el Departamento Ejecutivo, en especial la Ejecuci\u00f3n Presupuestaria del Ejercicio 2008, la Planilla de Liquidaci\u00f3n de Recursos Coparticipables [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":983,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[63,64],"tags":[],"class_list":["post-2357","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas","category-ordenanzasanteriores"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2357","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2357"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2357\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media\/983"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2357"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2357"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2357"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}