{"id":2427,"date":"2008-09-23T10:30:55","date_gmt":"2008-09-23T10:30:55","guid":{"rendered":"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/?p=2427"},"modified":"2008-09-23T10:30:55","modified_gmt":"2008-09-23T10:30:55","slug":"ordenanza-4386-2008","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/ordenanza-4386-2008\/","title":{"rendered":"Ordenanza 4386-2008"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENANZA N\u00ba 4.386<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO<\/strong><br \/>\nLa Ordenanza N\u00ba3876, del 17 de noviembre de 2000 sancionada por el Concejo Deliberante de Rivadavia, que adhiere en todos sus t\u00e9rminos a lo establecido por Ley N\u00ba6.721, General Provincial vigente con modificaciones. y<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONSIDERANDO<br \/>\n<\/strong>Que, la seguridad requiere de la colaboraci\u00f3n de todos los sectores de la sociedad en la b\u00fasqueda de diversas estrategias para acordar nuevas formas de prevenci\u00f3n del delito en todas sus manifestaciones.<br \/>\nQue, la seguridad p\u00fablica es uno de los mayores desaf\u00edos que deben enfrentar los Gobiernos Departamentales, Provinciales y Nacionales, y por ende el Concejo Deliberante de Rivadavia, como int\u00e9rprete de las necesidades de los ciudadanos del departamento.<br \/>\nQue, la inseguridad se presenta como un problema de nuevas caracter\u00edsticas y complejidades, y por ello se observa que intentar responder con las formas e instrumentos habituales es insuficiente.<br \/>\nQue, por ello las pol\u00edticas de seguridad hoy deben plantearse a partir de nuevos paradigmas que sean eficientes y que respondan simult\u00e1neamente a los valores imperantes en nuestra sociedad democr\u00e1tica, como a la fortaleza que las instituciones deben demostrar, en el marco de la legalidad, para responder a las demandas sociales.<br \/>\nQue, en el a\u00f1o 1.999 se inici\u00f3 en la provincia un profundo proceso de reestructuraci\u00f3n de la Seguridad P\u00fablica.<br \/>\nQue, dicho proceso cont\u00f3 con el apoyo y el consenso de los partidos mayoritarios con lo que se dio a la seguridad p\u00fablica el nivel de Pol\u00edtica de Estado.<br \/>\nQue, dicho consenso pol\u00edtico se asent\u00f3 en un proyecto basado en un nuevo paradigma de la Seguridad que permite analizar, con una visi\u00f3n sistem\u00e1tica, al problema en su complejidad y a cada uno de sus elementos, tanto los que pertenecen a la \u00f3rbita Gubernamental como a los de \u00edndole comunitario.<br \/>\nQue, esta visi\u00f3n de la seguridad como una resultante de la interacci\u00f3n de diversos componentes abarca no solo lo estrictamente policial, sino que implica la revisi\u00f3n de las estructuras del Estado como lo son el Sistema Judicial y Penitenciario, como as\u00ed tambi\u00e9n apoyarse en un pilar fundamental en toda pol\u00edtica de seguridad que se pretenda aplicar, como lo es la participaci\u00f3n de la comunidad y la acci\u00f3n del municipio como el nivel de Estado que m\u00e1s proximidad tiene con la gente.<br \/>\nQue, por ello se reconoce el rol fundamental que la comunidad debe cumplir en los nuevos sistemas de control y en la planificaci\u00f3n de las acciones de seguridad, por lo que se deben abrir canales de participaci\u00f3n en los que el Concejo Deliberante tiene un rol fundamental que la Ley N\u00ba6.721 le otorga a la integraci\u00f3n de los Consejos de Seguridad (Cap. V, Art. 14\u00ba).<br \/>\nQue, la norma establece un sistema de participaci\u00f3n mediante la creaci\u00f3n de tres institutos: El Consejo Departamental de Seguridad, los Foros Vecinales y\u00a0 los Coordinadores de seguridad. Que mediante el Decreto N\u00ba2920\/99, se reglament\u00f3 la mencionada Ley invitando expresamente a los Municipios a adherir formalmente al sistema de participaci\u00f3n instituido, especialmente respecto de creaci\u00f3n del Consejo Departamental de Seguridad, el que debe ser constituido mediante ordenanza del Concejo Deliberante.<br \/>\nQue, dicho organismo, conforme se encuentra regulado por el Cap\u00edtulo V de la Ley N\u00ba6.721, y el Cap\u00edtulo II de su Decreto, se integrar\u00e1 con un representante del Poder Ejecutivo Municipal, Tres (3) Concejales pertenecientes a distintos Partidos Pol\u00edticos y un (1) representante de cada uno de los Foros Vecinales existentes en el Municipio.<br \/>\nQue, estando representados en este organismo tanto el Gobierno Municipal como la comunidad, se transforman en un \u00e1mbito adecuado para coordinar la distribuci\u00f3n de recursos del Estado y la actuaci\u00f3n de las diversas organizaciones, en pos de estrategias preventivas de mediano y largo plazo de conductas delictivas, acordando pol\u00edticas de Seguridad P\u00fablica y su ejecuci\u00f3n, es que se entiende que es importante adherir al R\u00e9gimen Provincial antes rese\u00f1ado.<br \/>\nQue, conforme con lo normado por el Cap\u00edtulo V de la Ley mencionada por el Cap\u00edtulo III de su Decreto Reglamentario N\u00ba2919\/99, debe constituirse al menos un Foro Vecinal por Comisar\u00eda.<br \/>\nQue, en ellos podr\u00e1n participar, a trav\u00e9s de sus representantes, todas las organizaciones no gubernamentales que desarrollen sus actividades en un \u00e1mbito territorial y se encuentren debidamente organizadas.<br \/>\nQue, por su composici\u00f3n los Foros se transforman en el \u00e1mbito adecuado para que la comunidad canalice diversa informaci\u00f3n, as\u00ed como observaciones, quejas, sugerencias respecto a los problemas puntuales de seguridad del barrio, solicitando a la polic\u00eda, al Municipio o a la provincia, o de corresponder implementar por s\u00ed misma, las medidas pertinentes para favorecer sistemas de prevenci\u00f3n situacional.<br \/>\nQue, la normativa Provincial en cuesti\u00f3n, en el Cap\u00edtulo VI de la Ley y III del Decreto Reglamentario, crea y regula la figura del Coordinador de Seguridad.<br \/>\nQue, el rol esencial del mismo es dinamizar la participaci\u00f3n de la Comunidad, debiendo colaborar\u00a0 en su organizaci\u00f3n y siendo un animador para que los vecinos se involucren en las tem\u00e1ticas de Seguridad P\u00fablica con el objeto de mejorar su calidad de vida.<br \/>\nQue, corresponde la designaci\u00f3n de dos (2) coordinadores cuando\u00a0 el Municipio supere los 100.000 habitantes, conforme al \u00faltimo censo, situaci\u00f3n que no se cumple en Rivadavia.<br \/>\nQue, tanto los Coordinadores de Seguridad, los Foros Vecinales y los Consejos Departamentales de Seguridad, pueden cumplir con un importante rol de contralor de la legalidad y eficiencia de la actuaci\u00f3n de los funcionarios de seguridad.<br \/>\nQue, si bien s\u00f3lo es necesaria la adhesi\u00f3n del Municipio al Sistema de Consejos Departamentales de Seguridad, atento a que se comparte la filosof\u00eda de todo el Sistema de participaci\u00f3n comunitaria seg\u00fan se encuentra consagrada en las normas provinciales, en\u00a0 cuanto a la valoraci\u00f3n del rol de la comunidad y del Municipio en lo que a Seguridad P\u00fablica se refiere, se entiende conveniente adherir al r\u00e9gimen provincial antes rese\u00f1ado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO<br \/>\n<\/strong>El\u00a0 Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1\u00ba:<\/strong> Constit\u00fayase el Consejo de Seguridad Departamental, de conformidad a la adhesi\u00f3n a la Ley N\u00ba6.721, efectuado por Ordenanza N\u00ba3.876.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2\u00ba:<\/strong> Inv\u00edtese al Poder Ejecutivo Municipal, a designar un (1) representante para integrar el Consejo de Seguridad Departamental.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 3\u00ba:<\/strong> El Consejo de Seguridad Departamental, estar\u00e1 integrado por los siguientes se\u00f1ores Concejales: <span style=\"text-decoration: underline;\">TITULARES:<\/span> LILIANA TERRANOVA; FANNY SANTARELLI Y JAVIER FORNASARI. <span style=\"text-decoration: underline;\">SUPLENTES:<\/span> LAURA MEJ\u00cdA; FABIAN MONTES Y MART\u00cdN HERAS.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4\u00ba:<\/strong> Conv\u00f3quese a las Entidades Vecinales del Departamento, en cabeza de sus representantes y responsables directos para una Asamblea en el Concejo Deliberante que convocar\u00e1 oportunamente, a fin de que en ejercicio de la participaci\u00f3n democr\u00e1tica que surja de la misma, procedan a designar tres (3) representantes por las ONG para integrar el presente Consejo de Seguridad Departamental.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 5\u00ba:<\/strong> Una vez integrado el Consejo de Seguridad Departamental, \u00e9ste deber\u00e1 proponer el nombre de una terna de personas de reconocida trayectoria vecinal, que ser\u00e1 elevada al Ministerio de Justicia y Seguridad Provincial, para que de ellas se designe al Coordinador de Seguridad Departamental, en los t\u00e9rminos y condiciones establecido por el Cap\u00edtulo IV de la Ley N\u00ba6.721, en especial los art\u00edculo 17 y 18 y concordantes de dicha norma.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 6\u00ba:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e ins\u00e9rtese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a l os 23 d\u00edas del mes de setiembre de 2008.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">JAVIER RODRIGUEZ<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">ENRIQUE LEON<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">SECRETARIO C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTE C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: right;\">Cpde. Expte. N\u00ba 2008-00427-3 C.D.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDENANZA N\u00ba 4.386 VISTO La Ordenanza N\u00ba3876, del 17 de noviembre de 2000 sancionada por el Concejo Deliberante de Rivadavia, que adhiere en todos sus t\u00e9rminos a lo establecido por Ley N\u00ba6.721, General Provincial vigente con modificaciones. y CONSIDERANDO Que, la seguridad requiere de la colaboraci\u00f3n de todos los sectores de la sociedad en la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":983,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[63,64],"tags":[],"class_list":["post-2427","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas","category-ordenanzasanteriores"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2427","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2427"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2427\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media\/983"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2427"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2427"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2427"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}