{"id":2609,"date":"2007-08-10T13:39:41","date_gmt":"2007-08-10T13:39:41","guid":{"rendered":"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/?p=2609"},"modified":"2007-08-10T13:39:41","modified_gmt":"2007-08-10T13:39:41","slug":"ordenanza-4316-2007","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/ordenanza-4316-2007\/","title":{"rendered":"Ordenanza 4316-2007"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENANZA N\u00ba4.316<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO:<\/strong><br \/>\nQue la Comisi\u00f3n de Obras P\u00fablicas del Concejo Deliberante ha tomado en consideraci\u00f3n el proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, referente a la expropiaci\u00f3n de terreno de propiedad particular con destino a prolongaci\u00f3n de calle San Mart\u00edn de la ciudad de Rivadavia, que obra en los autos n\u00ba 2000 \u2013 11304 \u2013 9, caratulados: \u201cDON RANZUGLIA HIJOS SOLICITA L\u00cdNEA DE EDIFICACI\u00d3N Y NIVEL y sus acumulados\u201d, Y<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><br \/>\nLa necesidad de tomar una decisi\u00f3n institucional sobre la conveniencia p\u00fablica de abrir la calle San Mart\u00edn en el tramo comprendido entre calle Sarmiento y Reconquista de Ciudad, para lo cual se deben afectar inmuebles de propiedad privada conllevando como primera medida, lograr acuerdos con sus titulares y en su defecto propiciar la tramitaci\u00f3n del procedimiento de expropiaci\u00f3n para tal fin.<br \/>\nQue dicha iniciativa posee larga data y cuenta con numerosos antecedentes. Se destacan en especial, los siguientes: <strong>A.) Expediente Municipal N\u00ba 2000 \u2013 11304 \u2013 9, caratulados: \u201cDON RANZUGLIA HIJOS SOLICITA L\u00cdNEA DE EDIFICACI\u00d3N Y NIVEL\u201d<\/strong>, donde surge que los Sres. Ranzuglia piden l\u00ednea de edificaci\u00f3n y nivel para una vivienda sita en calle Sarmiento 700 de Rivadavia, siendo informados por el Municipio, que respecto de su petici\u00f3n rige lo dispuesto por Ordenanza 3848\/00, que declara obligatoria las prolongaci\u00f3n de calles, \u201cmanteniendo su direcci\u00f3n y ancho\u201d. Y luego de frustrados intentos conciliatorios para ajustar la traza de la prolongaci\u00f3n de calle san Mart\u00edn, se resolvi\u00f3 como \u00faltima instancia el tr\u00e1mite expropiatorio, motivando el tratamiento en este Concejo; <strong>B.)Expediente Municipal N\u00ba 2005 \u2013 10516 \u2013 4, caratulado: \u201cDirecci\u00f3n Esc. Tolosa \/ Elevan Pedido \/ Apertura Calle San Mart\u00edn\u201d<\/strong>, por el cual todos los Niveles de la Comunidad Educativa de la Escuela \u201cProfesor Francisco Humberto Tolosa\u201d; N\u00ba 9 \u2013 037; Nivel Inicial; 9- 033; Nivel Primario, E.G.B.1 y 2; N\u00ba 9 \u2013006, E.G.B. 3 y Polimodal y N\u00ba T \u2013 9-006, Nivel Superior, solicitan la apertura de calle San Mart\u00edn hasta Sarmiento, al que consideran un anhelo largamente deseado por dicha Instituci\u00f3n, atento a que concurren diariamente al Establecimiento m\u00e1s de dos mil quinientas personas, entre alumnos, docentes, no docentes, administrativos; y que el tr\u00e1nsito actual, permanente y aglomerado, origina variadas muestras de inseguridad y peligro, siendo necesario garantizar la circulaci\u00f3n de los automotores, favorecer a los peatones y mejorar las condiciones urban\u00edsticas de este sector de la Ciudad; <strong>C.) Expediente Municipal N\u00ba 2007-00438-1\u2013O, caratulado: \u201cOLIVELLA DE CAREDU, ELVIRA POR PEDIDO DE INFORME<\/strong>, por medio del cual el propietario de la franja de terreno lindera al predio de los se\u00f1ores Ranzuglia, presta su conformidad para concretar el proyecto de prolongaci\u00f3n de calle San Mart\u00edn, en cuanto a la parte que afecta a su propiedad; <strong>D.) Expediente del Concejo Deliberante de Rivadavia N\u00ba 2007, 00208 \u2013 8, caratuado: \u201cVECINOS DE RIVADAVIA SOLICITAN APERTURA DE CALLE SAN MART\u00cdN EN EL TRAMO ENTRE SARMIENTO Y RECONQUISTA DE ESTA CIUDAD\u201d<\/strong>, mediante el cual vecinos circundantes a calle San Mart\u00edn y su zona de influencia, peticionan al Concejo Deliberante proceda a arbitrar las medidas t\u00e9cnico legales que sean menester a fin de lograr la apertura de calle San Mart\u00edn, en el tramo comprendido entre calle Sarmiento y Reconquista de la ciudad de Rivadavia.<br \/>\nQue obran reiterados intentos por parte del Municipio, en acordar con los propietarios la forma m\u00e1s conveniente para concretar la prolongaci\u00f3n de calle. En tal sentido se han confeccionado varios dise\u00f1os, siendo el croquis tentativo elaborado a fs. 44 por la Oficina T\u00e9cnica del Municipio, el que contempla la traza que menos afecta a los propietarios, facilita los accesos, respeta la normativa vigente, posibilita un adecuado fraccionamiento del terreno y evita perjuicios patrimoniales a sus due\u00f1os.<br \/>\nQue la obra de prolongaci\u00f3n de calle San Mart\u00edn en el tramo comprendido entre calle Sarmiento y Reconquista de Rivadavia, posee indudable utilidad p\u00fablica, en raz\u00f3n de ser necesaria para mejorar el trazado urbano en un sector c\u00e9ntrico del ejido de la Ciudad,\u00a0 de alto impacto vehicular y peatonal, acrecentando su desarrollo urban\u00edstico. Asimismo representa inobjetables ventajas socioambientales, al favorecer los desplazamientos en la zona de influencia de la Escuela Profesor Francisco Humberto Tolosa, la de mayor poblaci\u00f3n escolar del Departamento.<br \/>\nQue, ha quedado acreditado que la propiedad del terreno sito en calle Sarmiento al 700 de Rivadavia, cuya expropiaci\u00f3n se pretende, pertenece en condominio a Roberto Antonio Ranzuglia, Mar\u00eda Estela Ranzuglia y Ana Mar\u00eda Ranzuglia RANZUGLIA, conforme los datos dominiales obrantes en la causa. Que dicha\u00a0 propiedad se encuentra cerrada, y posee la construcci\u00f3n de una Bodega, de notoria antig\u00fcedad, que no tiene actividad industrial.<br \/>\nQue obran cuatro tasaciones que describen el predio expropiable, su ubicaci\u00f3n y mejoras, y establecen el precio de mercado del mismo, (a fs. 34\/38 obra la tasaci\u00f3n del Martillero P\u00fablico Cristian O. Garc\u00eda por un total de $150.000; a fs. 39 del Corredor de Comercio y Martillero P\u00fablico Vicente Miguel Vanella por $100 el m2 de terreno, a fs. 46, del Martillero P\u00fablico Pascual J. Rosales, por un valor total $ 132.860,50 y a fs. 57\/66 de la Martillera P\u00fablica Iris Impellizieri por un total de $140.655)<br \/>\nQue la iniciativa propuesta resulta altamente justificada toda vez que el actual emplazamiento del edificio incide en el conjunto de la ciudad, generando inseguridad y discontinuidad en el desarrollo de la trama urbana, lo que entorpece la circulaci\u00f3n vial, el tendido de las redes de infraestructura y el acceso a los servicios.<br \/>\nQue, para dar soluci\u00f3n a estos inconvenientes, resulta indispensable regularizar la situaci\u00f3n dominial del inmueble, siendo pertinente declarar la prolongaci\u00f3n de la citada calle de utilidad p\u00fablica, inter\u00e9s urban\u00edstico y sujeto a expropiaci\u00f3n, a efectos de proceder a instar el mecanismo legal expropiatorio por parte del Municipio de Rivadavia; que atento las particularidades del caso, opera como una soluci\u00f3n jur\u00eddica eficiente y equitativa, para cumplir con el uso propuesto y reclamado por la comunidad, y su vez asegurar la correspondiente retribuci\u00f3n econ\u00f3mica a los actuales propietario del dominio.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO<\/strong><br \/>\nEl Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1\u00ba:<\/strong> Decl\u00e1rese de utilidad p\u00fablica, inter\u00e9s urban\u00edstico y sujeto a expropiaci\u00f3n, parte del inmueble ubicado en calle Sarmiento n\u00ba 702, de la ciudad de Rivadavia, Mendoza, la cual consta de una superficie aproximada total de 1.055,45 m2, de los cuales 1.047,45 m2, ser\u00e1n afectados a la prolongaci\u00f3n de calle San Mart\u00edn y 8 m2 a ochavas, siendo sus l\u00edmites Norte: en l\u00ednea quebrada en varios tramos: 4,30 metros y 57,67 metros, con Jaime Olivella Masana y 23,59 metros con Roberto Antonio Ranzuglia, Mar\u00eda Estela Ranzuglia y Ana Mar\u00eda Ranzuglia, y ochava de 4 metros; Sur: en varios tramos: 10,37 metros con Jaime Olivella Masana, 46,27 metros y 27,24 metros con Roberto Antonio Ranzuglia, Mar\u00eda Estela Ranzuglia y Ana Mar\u00eda Ranzuglia y ochava de 4 metros; Este: en 20,01 metros con calle Sarmiento; y Oeste: en 25,67 metros con calle San Mart\u00edn; todo ello conforme con el croquis que ha confeccionado la Oficina de Catastro Municipal y que obra a fs. 44 de estos autos, base aproximada del plano de mensura definitivo que deber\u00e1 confeccionarse y contendr\u00e1 la superficie, medidas lineales y angulares finales y la respectiva aprobaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n Provincial de Catastro de Mendoza. El inmueble referido se encuentra inscripto con mayor superficie en el Registro de la Propiedad Ra\u00edz de la Provincia de Mendoza al N\u00famero 5101, Fojas 173, Tomo 38 A de Rivadavia, el 09\/04\/1999, actualmente ingresado a matr\u00edcula 174687-10. La propiedad de la cual se desprende la fracci\u00f3n antedicha, tiene padr\u00f3n municipal 35, nomenclatura catastral 10-01-02-0105-000002-0000-8, con derecho de riego definitivo cauce 2528\/0184, padr\u00f3n parcial 146, plano n\u00ba 3220R del Departamento General de Irrigaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2\u00ba:<\/strong> El Departamento Ejecutivo establecer\u00e1 el valor venal del inmueble identificado, conforme con los valores del mercado inmobiliario, tomando como pautas de referencia las tasaciones obrantes en autos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 3\u00ba:<\/strong> Fac\u00faltese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el contrato de enajenaci\u00f3n respectivo con los titulares del bien ra\u00edz, a fin de disponer el pago del precio de la parte del inmueble afectado a prolongaci\u00f3n de calle ya delimitada en la presente ordenanza, en un plazo no mayor a los 30 d\u00edas corridos; y de no arribarse a un acuerdo con sus propietarios, se autoriza a entablar demanda judicial por expropiaci\u00f3n conforme con los t\u00e9rminos y alcances de la ley vigente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4\u00ba:<\/strong> Cumplido el plazo establecido en el art\u00edculo precedente, sin conseguir un acuerdo con los titulares del inmueble identificado, rem\u00edtase copia de las presentes actuaciones a la Honorable Legislatura de la Provincia de Mendoza, a efectos de solicitarle sancione una Ley de Declaraci\u00f3n de Utilidad P\u00fablica y Expropiaci\u00f3n respecto de la fracci\u00f3n de terreno individualizada en el art\u00edculo primero.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo\u00a0 5\u00ba:<\/strong>\u00a0 Notif\u00edquese la presente Ordenanza a los Sres. Roberto Antonio Ranzuglia, Mar\u00eda Estela Ranzuglia y Ana Mar\u00eda Ranzuglia,\u00a0 a trav\u00e9s de Secretar\u00eda del Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 6\u00ba:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, d\u00e9se al Registro Municipal e ins\u00e9rtese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 10 d\u00edas del mes de agosto de 2007.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">RUB\u00c9N DAR\u00cdO GRANDO<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">FLORINDA SEOANE<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">SECRETARIO C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTA C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: right;\">Cpde. Expte. N\u00ba 2007-00186-6 C.D.<br \/>\nN\u00ba2000-11304-9 D.E.<br \/>\nN\u00ba2006-03787-9 D.E.<br \/>\nN\u00ba2005-10516-4 D.E.<br \/>\nN\u00ba2007-00208-8 C.D.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDENANZA N\u00ba4.316 VISTO: Que la Comisi\u00f3n de Obras P\u00fablicas del Concejo Deliberante ha tomado en consideraci\u00f3n el proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo, referente a la expropiaci\u00f3n de terreno de propiedad particular con destino a prolongaci\u00f3n de calle San Mart\u00edn de la ciudad de Rivadavia, que obra en los autos n\u00ba 2000 \u2013 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":983,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[63,64],"tags":[],"class_list":["post-2609","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas","category-ordenanzasanteriores"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2609","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2609"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2609\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media\/983"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2609"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2609"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2609"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}