{"id":2678,"date":"2006-11-30T10:39:59","date_gmt":"2006-11-30T10:39:59","guid":{"rendered":"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/?p=2678"},"modified":"2006-11-30T10:39:59","modified_gmt":"2006-11-30T10:39:59","slug":"ordenanza-4285-2006","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/ordenanza-4285-2006\/","title":{"rendered":"Ordenanza 4285-2006"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENANZA N\u00b04.285<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO:<\/strong><br \/>\nEl Expediente N\u00b02006-00350-9, caratulado Inter Bloque P.S. \u2013 U.C.R., presenta proyecto de Ordenanza, \u201cCreaci\u00f3n Consejo Econ\u00f3mico, Social y Pol\u00edtico, y<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><br \/>\nLa profunda crisis de credibilidad en las instituciones democr\u00e1ticas y ante la necesidad de generar espacios de participaci\u00f3n y decisiones de todos los sectores econ\u00f3micos, sociales y pol\u00edticos del Departamento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>I. INTRODUCCI\u00d3N.<\/strong><br \/>\nLos latinoamericanos, despu\u00e9s de muchas luchas, hemos conseguido que el Estado de derecho y la democracia rijan en la inmensa mayor\u00eda de los pa\u00edses de la regi\u00f3n. Esto ha significado sin duda, un enorme avance. Pero al mismo tiempo nos pone frente a nuevos desaf\u00edos. Tomando las palabras de Guillermo O\u2019 Donnell \u201c Es menester tambi\u00e9n recordar que la democracia pol\u00edtica que tenemos es un inmenso progreso respecto de lo que la precedi\u00f3. Pero, por otro lado, no me parece que este reconocimiento nos exima \u2013 m\u00e1s bien, nos exige- plantear claramente las m\u00faltiples y graves deficiencias que estas democracias, y las sociedades en que se sustentan, sufren\u201d.<br \/>\nEs necesario tomar conciencia de que la democracia est\u00e1 condicionada por el contexto pol\u00edtico, social, econ\u00f3mico, institucional y cultural en el que se desarrolla, por lo que cada sociedad genera un tipo de democracia particular. No obstante lo cual, existen unas reglas m\u00ednimas, un m\u00e9todo o un procedimiento, como quiera llam\u00e1rsele, que nos permite denominar a un sistema pol\u00edtico como democr\u00e1tico.<br \/>\nLa historia est\u00e1 hecha de rupturas y continuidades. Los momentos de rupturas y continuidades en la historia Argentina pueden leerse a partir de las respuestas de la sociedad civil en cada circunstancia hist\u00f3rica.<br \/>\nEn la actualidad existe un divorcio entre sociedad civil y Estado en Argentina. La crisis econ\u00f3mica que vivimos los argentinos, que se ha proyectado como crisis social, pol\u00edtica e institucional, y fundamentalmente como crisis de credibilidad y de legitimidad de la dirigencia pol\u00edtica, act\u00faa como una fuerza con sentido desintegrador de nuestra sociedad. Son coordenadas que permiten entender la emergencia de nuevas formas de asociatividad, de resistencia y de lucha que colocan a la sociedad civil en el centro del debate de la reivindicaci\u00f3n de la pol\u00edtica. Frente a ello, y teniendo presente las distintas experiencias desarrolladas en diversos lugares de nuestro pa\u00eds, apuntadas a la necesidad de implicarse, los distintos actores sociales y transformar una actitud pasiva y de tipo individual en una pr\u00e1ctica colectiva. Entenderemos entonces que para fortalecer la democracia es necesario crear \u00e1mbitos que nos permitan superar disputas y lograr consensos especiales para el desarrollo econ\u00f3mico y social de nuestro pa\u00eds, permitiendo complementar o ampliar las instituciones democr\u00e1ticas. En nuestro pa\u00eds se ha avanzado en la creaci\u00f3n de herramientas de participaci\u00f3n\u00a0 como lo es el Presupuesto Participativo que permite garantizar la participaci\u00f3n de la comunidad, a partir de las regiones del Municipio, en las etapas de elaboraci\u00f3n, definici\u00f3n y acompa\u00f1amiento de la ejecuci\u00f3n del plan plurianual de las directrices presupuestarias y del presupuesto anual, el Plan Estrat\u00e9gico, presentado en nuestro Departamento por el Ejecutivo Municipal en el que permite articular a trav\u00e9s de la b\u00fasqueda de consensos, iniciativas de los actores p\u00fablicos y privados para potenciar el desarrollo de la ciudad. Considerando lo antes expuesto, junto al valor de la concreci\u00f3n de un \u00e1mbito institucional par el consenso, que apunte a formular un dise\u00f1o institucional que articule la totalidad de los sectores econ\u00f3micos, sociales y pol\u00edticos que componen nuestra realidad. Ponemos a consideraci\u00f3n de este Concejo Deliberante la creaci\u00f3n del Consejo Econ\u00f3mico, Social y Pol\u00edtico.<br \/>\nDe esta forma, el Consejo que hoy propiciamos no es m\u00e1s que el intento audaz de comenzar a transitar la necesaria s\u00edntesis institucional, pol\u00edtica y cultural que los argentinos a\u00fan no hemos logrado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>II. LOS CONSEJOS ECON\u00d3MICOS, SOCIALES Y POL\u00cdTICOS<br \/>\n1. Definici\u00f3n<br \/>\n<\/strong>Los Consejos Econ\u00f3micos, Sociales y Pol\u00edticos son \u00f3rganos consultivos y de asesoramiento del Gobierno en materia econ\u00f3mica y social. Se los concibe habitualmente como foros permanentes donde se instrumenta el di\u00e1logo social de los distintos intereses a fin de superar disputas y lograr consensos especiales para el desarrollo econ\u00f3mico y social de los distintos pa\u00edses o regiones. Complementan o ampl\u00edan las instituciones democr\u00e1ticas sin reemplazar la representaci\u00f3n pol\u00edtica que caracteriza a esta forma de gobierno.<br \/>\nDesde el punto de vista de la ciencia pol\u00edtica, los Consejos Econ\u00f3micos, Sociales y Pol\u00edticos, pueden ser considerados como un complemento de la democracia representativa, en la medida en que incorporan un criterio de representaci\u00f3n funcional, que estimula la participaci\u00f3n de los distintos actores que configuran la realidad socioecon\u00f3mica de una naci\u00f3n.<br \/>\n<strong>2.Caracter\u00edsticas generales de los Consejos Econ\u00f3micos, Sociales y Pol\u00edticos.<br \/>\n<\/strong>a) Funciones: son \u00f3rganos consultivos de los poderes p\u00fablicos fundamentalmente en \u00e1reas vinculadas con el desarrollo econ\u00f3mico y social.<br \/>\nb) Recepci\u00f3n normativa: su creaci\u00f3n puede estar prescripta por ley, como en el caso de B\u00e9lgica, Holanda y Espa\u00f1a; o en el texto constitucional, como en el caso de Italia, Francia y Portugal.<br \/>\nc) Composici\u00f3n: existen tres modelos posibles de estructura representativa, a lo que se acostumbra a denominar por el antecedente extranjero relevante que los ha inaugurado. De esta forma, es posible establecer una tipolog\u00eda que comprende tres tipos ideales: el modelo paritario belga, que privilegia la representaci\u00f3n de trabajadores y empresarios, el tripartito holand\u00e9s, que a\u00f1ade la participaci\u00f3n del Estado, y el pluripartito o multipartito franc\u00e9s, que combina la representaci\u00f3n de los diversos sectores de la sociedad, actuantes en el campo socioecon\u00f3mico, sociopol\u00edtico cultural, y estatal.<br \/>\nd) Ubicaci\u00f3n institucional: si bien esta es variable, la mayor\u00eda de los Consejos tienen una fuerte articulaci\u00f3n tanto con las \u00e1reas m\u00e1s representativas del gobierno como con el Parlamento.<br \/>\ne) Car\u00e1cter de las decisiones: las decisiones de este tipo de \u00f3rganos son de naturaleza consultiva, lo que facilita su articulaci\u00f3n con otras instituciones pol\u00edticas de gobierno.<br \/>\nf) Agenda: la agenda de discusi\u00f3n puede ser amplia o restringida, puede circunscribirse a las relaciones entre trabajadores y empresarios, o cubrir una amplia gama de pol\u00edticas p\u00fablicas, lo que depende fundamentalmente del modelo de integraci\u00f3n adoptado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>III. FUNDAMENTOS DE LA CREACI\u00d3N DEL CONSEJO ECON\u00d3MICO, SOCIAL Y POL\u00cdTICO.<\/strong><br \/>\n<strong>1.Fortalecer y reformar las instituciones para consolidar la democracia.<br \/>\n<\/strong>La historia pol\u00edtica contempor\u00e1nea de nuestro pa\u00eds se halla signada por una inestabilidad recurrente de sus instituciones. Esta situaci\u00f3n est\u00e1 determinada, es cierto, por la existencia de profundas contradicciones estructurales, econ\u00f3micas y sociales, no resueltas, pero a ella concurre en forma no despreciable, la debilidad creciente, en el tiempo, de nuestra estructura que facilita el resquebrajamiento y la potencial ruptura.<br \/>\nEl avance de la participaci\u00f3n popular en el reclamo de medidas sociales m\u00e1s profundas lleva a los intereses ligados al privilegio a quebrar el orden institucional, negando p\u00fablicamente los principios de democracia y la vigencia de todo derecho. Para ello se ha aprovechado y se aprovechar\u00e1 del desgaste, de los errores, de las deformaciones que se hacen presentes en cada uno de estos intentos populares, los que siempre se han reducido a depositar su confianza en la sola capacidad de sus l\u00edderes y en la eficacia de las pol\u00edticas liberales dise\u00f1adas por nuestra Constituci\u00f3n de 1853; 1930, 1955, 1966 y 1976 son las dram\u00e1ticas y dolorosas evidencias del antagonismo existente entre las d\u00e9biles instituciones representativas insufladas de contenido popular a trav\u00e9s de la Ley S\u00e1enz Pe\u00f1a y la estructura econ\u00f3mica del pa\u00eds donde subsisten intereses cuyo modus operandi resulta incompatible con la vigencia de tales instituciones.<br \/>\nEllo nos coloca ante la tarea nunca asumida de reforzar las instituciones de nuestra democracia representativa a fin de dar cabida adecuada en ellas al rico contenido de nuestra realidad social. \u201cEste esfuerzo por llegar a una acomodaci\u00f3n de las instituciones preestablecidas con respecto a las nuevas formas que adopta la realidad social constituyente, uno de los caracteres m\u00e1s importantes del drama de la democracia Argentina.\u201d Drama que no fue nunca plenamente asumido, ya que cada nuevo gobierno electo constitucionalmente crey\u00f3 idealmente que el problema se reduc\u00eda a ser m\u00e1s d\u00e9bil que el anterior para sortear estas incompatibilidades en el marco de las mismas instituciones pol\u00edticas que en la etapa precedente.<br \/>\nPensar la democracia desde nuestra realidad actual- caracterizada por la profunda crisis econ\u00f3mica y social, y por el descr\u00e9dito de las instituciones representativas- supone, para nosotros, enfrentar una realidad incontrastable: que la democracia no se logra meramente con el cumplimiento de lo que Norberto Bobbio denomina las \u201creglas de juego que dan sentido a la democracia representativa\u201d 1 , reglas que refieren a los procedimientos que los cientistas pol\u00edticos han dado en llamar \u201cdefinici\u00f3n m\u00ednima\u201d de la democracia: voto secreto, sufragio, elecciones regulares, competencia partidaria, derecho de asociaci\u00f3n, y responsabilidad de los ejecutivos.<br \/>\nResulta inconcebible la satisfacci\u00f3n perdurable de demandas sociales sin la urgencia democr\u00e1tica y no comprendi\u00e9ndose, asimismo, que sin la efectiva participaci\u00f3n de los diversos sectores y grupos sociales no hay posibilidad de consolidar la democracia. Es que la reforma constitucional tendiente a posibilitar la participaci\u00f3n, al igual que la responsabilidad de asumir \u00e9sta es insoslayable en la problem\u00e1tica del afianzamiento del orden constitucional.<br \/>\nCada propuesta de cambio institucional encuentra inmediatamente una resistencia tenaz por parte de quienes temen perder los privilegios que les otorga el funcionamiento de la estructura institucional existente; se desarrollan as\u00ed argumentos que pretenden explicar las quiebras y fallas constitucionales adjudicando \u00e9stas a la imperfecci\u00f3n de los ciudadanos o a la defecci\u00f3n de las organizaciones sociales. Se pretende que las instituciones dise\u00f1adas en nuestra Constituci\u00f3n de hace 150 a\u00f1os son perfectas, inconmovibles, inmodificables, que la sabidur\u00eda con que fueron concebidas las hace siempre comprensivas de toda modificaci\u00f3n de la realidad social.<br \/>\nEsta postura contradice el esp\u00edritu y la verdadera sabidur\u00eda del gran inspirador de nuestra Carta Magna, Juan Bautista Alberdi, quien, con innegable claridad expres\u00f3: \u201c No se ha de aspirar a que las constituciones expresen las necesidades de todos los tiempos. Como los andamios de que se vale un arquitecto para construir edificios, ellas deben servirnos en la obra interminable de nuestro edificio p\u00fablico, para colocarlas hoy de un modo y ma\u00f1ana de otro, seg\u00fan las necesidades de la construcci\u00f3n. Hay constituciones de transici\u00f3n y creaci\u00f3n, y constituciones definitivas y de conservaci\u00f3n. Las que hoy pide Am\u00e9rica del Sur son de la primera especie, son de tiempos excepcionales\u201d2.<br \/>\nEn este sentido, surge la necesidad de una reforma que institucionalice en el pa\u00eds, un Consejo Econ\u00f3mico, Social y Pol\u00edtico, a los fines de fortalecer las instituciones representativas, las que han demostrado, en nuestra realidad, se debilidad y creciente fragilidad.<br \/>\nAlfredo Palacios, decidido partidario de los consejos econ\u00f3micos, sostuvo: \u201c Se ha dicho con raz\u00f3n que si las actuales instituciones parlamentarias y democr\u00e1ticas parecen cada d\u00eda m\u00e1s insuficientes es precisamente porque no son bastante democr\u00e1ticas, (&#8230;) exijamos\u00a0 que la democracia\u00a0 sea m\u00faltiple, garantizando en esa forma la expresi\u00f3n de la voluntad general del pueblo en conjunto, y del hombre como ciudadano, como productor y como consumidor\u201d3.<br \/>\nFortalecer las instituciones democr\u00e1ticas representativas, en orden a asegurar su estabilidad, es propender a que sean expresi\u00f3n del pa\u00eds real: un pa\u00eds que no es solamente el de los ciudadanos de la democracia pol\u00edtica, sino de hombres concretos insertos en la realidad, de movimientos sociales organizados y de grupos socioecon\u00f3micos s\u00f3lidamente arraigados, en un r\u00e9gimen democr\u00e1tico que exige hoy ser social y participativo.<br \/>\nComenzar intentando esta articulaci\u00f3n y complementaci\u00f3n por medio de un \u00f3rgano de naturaleza consultiva de los poderes pol\u00edticos del Estado nacional, como es el Consejo Econ\u00f3mico, Social y pol\u00edtico que hoy proponemos, nos parece lo adecuado a nuestro tiempo y a nuestra realidad cultural.<br \/>\n<strong>2.Crear el \u00e1mbito institucional de la concertaci\u00f3n y del consenso<br \/>\n<\/strong>La crisis de representaci\u00f3n que afecta a las instituciones y dirigentes pol\u00edticos incide negativamente en la legitimidad del sistema y en consecuencia, del gobierno. Legitimidad no es sin\u00f3nimo de legalidad; aquella engloba el proceso a trav\u00e9s del cual los ciudadanos llegan a estar convencidos de la necesidad de obedecer las leyes emanadas del Estado, a aceptarlas como justas y vinculantes y a sentirse parte de la comunidad pol\u00edtica4.<br \/>\nLa disminuci\u00f3n o crisis de legitimidad afecta, por una parte, las relaciones de los ciudadanos y de los grupos sociales con las autoridades y, por otra parte, las relaciones entre los distintos grupos sociales, econ\u00f3micos, pol\u00edticos, religiosos, \u00e9tnicos y regionales entre s\u00ed.<br \/>\nLa crisis de legitimidad s\u00f3lo puede superarse a trav\u00e9s de la creaci\u00f3n de mecanismos y dispositivos institucionales que posibiliten la representaci\u00f3n de los diversos grupos, que constituyen el \u00e1mbito para la obtenci\u00f3n de un acuerdo de base y del control de su implementaci\u00f3n. La existencia de estos mecanismos puede incidir positivamente sobre la eficacia y la efectividad del gobierno, valores \u00e9stos componentes de la legitimidad que se pretende acrecentar5.<br \/>\nEn este sentido, coincidimos con Mario Dos Santos en que \u201cexplotar la concertaci\u00f3n como modalidad de hacer pol\u00edtica ( tanto pol\u00edticas en sentido estricto como pol\u00edticas, y entre ellas, fundamentalmente, la econ\u00f3mica). Significar\u00e1 pues, evaluar su potencial aporte de una resoluci\u00f3n de los problemas de instauraci\u00f3n, consolidaci\u00f3n y estabilidad de un r\u00e9gimen democr\u00e1tico y de aquellos de una gobernabilidad econ\u00f3mica progresiva, los cuales, al menos tendencialmente, estar\u00edan muy ligados.<br \/>\nLa concertaci\u00f3n se traduce en la pr\u00e1ctica de la negociaci\u00f3n, del compromiso, de la participaci\u00f3n, entre los actores sociales y pol\u00edticos. Se trata, en definitiva, de un intercambio donde se procesan las diferencias en cuanto a proyectos sociales, poder e intereses, sin abandonar la dif\u00edcil v\u00eda de la paz que, seg\u00fan Bobbio, es la v\u00eda de la democracia.<br \/>\nLa concertaci\u00f3n social sirve y procura la gestaci\u00f3n de consenso y, por ende, la legitimidad del Estado.<br \/>\nDebemos comprender que la concertaci\u00f3n no es solamente un mecanismo de regulaci\u00f3n econ\u00f3mico-social de soluci\u00f3n de conflictos y desajustes, sino que tiene una dimensi\u00f3n esencialmente pol\u00edtica, cual es la de valorar y procurar un acuerdo b\u00e1sico de convivencia.<br \/>\nEste proyecto de Ordenanza de creaci\u00f3n del Consejo Econ\u00f3mico, Social y Pol\u00edtico que hoy presentamos a la consideraci\u00f3n de este Concejo Deliberante, constituye as\u00ed una propuesta orientada a ampliar los espacios para hacer de nuestra democracia de hoy una democracia pol\u00edtica perfeccionada, una democracia social participativa.<br \/>\n<strong>3.El desaf\u00edo democr\u00e1tico.<\/strong><br \/>\nCrear una democracia de \u201cnuevas bases\u201d sintetiza el desaf\u00edo democr\u00e1tico argentino actual. Incorporar a nuestra estructura institucional los cambios que posibiliten su adecuaci\u00f3n y ajuste a la realidad de nuestro tiempo, se ha convertido en una condici\u00f3n necesaria- aunque, quiz\u00e1s, no suficiente- para la consolidaci\u00f3n y profundizaci\u00f3n de nuestra democracia. Crear las instituciones democr\u00e1ticas participativas que articulen los grupos sociales con las instituciones pol\u00edticas es el camino para abordar la necesaria reforma del Estado. La forma de la democracia es la representativa, y su instrumento principal los partidos pol\u00edticos. Pero resulta evidente que ese piso representativo ya no alcanza a contener la necesidad de participaci\u00f3n de la ciudadan\u00eda y requiere de otras instituciones complementarias.<br \/>\nComo culminaci\u00f3n de su brillante an\u00e1lisis del desarrollo de la democracia Argentina y de los peligros que la acechan, tan vigentes hoy, el profesor Jos\u00e9 Luis Romero expresaba que: \u201c s\u00f3lo una vigorosa pol\u00edtica de cambio, en la que haya sitio para todos los grupos e individuos que componen nuestra sociedad, podr\u00e1 devolverles a todos la confianza en el pa\u00eds. Faltan caminos para que se expresen y realicen los grupos y los individuos. Faltan proyectos y sobran temores\u201d, nos advert\u00eda.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO:<\/strong><br \/>\nEl Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CREACI\u00d3N Y OBJETIVO:<br \/>\n<\/strong>Art\u00edculo 1\u00b0: Cr\u00e9ase el C.E.SyP (Consejo Econ\u00f3mico, Social y Pol\u00edtico) como \u00f3rgano colegiado, consultivo, de car\u00e1cter p\u00fablico con plena autonom\u00eda org\u00e1nica y funcional para asesorar en asuntos p\u00fablicos relacionados a la planificaci\u00f3n y administraci\u00f3n municipal de conformidad con la presente ordenanza. Actuar\u00e1 en vinculaci\u00f3n directa con el Departamento Ejecutivo a trav\u00e9s del Sr. Intendente y sus colaboradores, con el Concejo Deliberante por intermedio de su Presidente y Concejales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2\u00b0:<\/strong> El C.E.SyP ser\u00e1 un \u00f3rgano de car\u00e1cter consultivo y asesor de los poderes p\u00fablicos municipales en todas las \u00e1reas del quehacer departamental. Su puesta en funcionamiento institucionaliza la participaci\u00f3n permanente de los diversos sectores significativos en el Departamento, teniendo como objetivos:<br \/>\na- Afianzar la convivencia y los valores democr\u00e1ticos.<br \/>\nb- Afianzar la estabilidad y fortalecer la representatividad de las instituciones municipales.<br \/>\nc- Incrementar la participaci\u00f3n social.<br \/>\nd- Promover el di\u00e1logo y el consenso en la b\u00fasqueda de un proyecto departamental concertado.<br \/>\n<strong>FUNCIONES Y ATRIBUCIONES:<\/strong><br \/>\n<strong>Art\u00edculo 3\u00b0:<\/strong> Para cumplir con sus objetivos, este Consejo tendr\u00e1 las siguientes funciones y atribuciones:<br \/>\na- Dictaminar en las consultas que le formulen el Intendente, Secretarios o el Concejo Deliberante.<br \/>\nb- Asesorar o emitir opini\u00f3n por iniciativa propia en materia econ\u00f3mica, social o pol\u00edtica.<br \/>\nc- Elevar al Departamento Ejecutivo y\/o al Concejo Deliberante anteproyectos o bases para la elaboraci\u00f3n de ordenanzas, resoluciones o declaraciones.<br \/>\nd- Solicitar informes a las entidades p\u00fablicas o privadas, las que deber\u00e1n prestar la m\u00e1s amplia colaboraci\u00f3n.<br \/>\ne- Solicitar la presencia de funcionarios p\u00fablicos o de otras personas, cuando se lo considere necesario y conveniente para los fines de sus deliberaciones.<br \/>\nf- Efectuar consultas o recabar la colaboraci\u00f3n o el asesoramiento de expertos y t\u00e9cnicos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4\u00b0:<\/strong> El Departamento Ejecutivo o Concejo Deliberante podr\u00e1n consultar al C.E.SyP\u00a0 en lo atinente al Presupuesto de gastos y recursos de la Municipalidad, en materia de programaci\u00f3n econ\u00f3mica o social y en materia de aplicaci\u00f3n de los fondos ingresados a la Municipalidad en concepto de regal\u00edas petrol\u00edferas, gas\u00edferas y mineras. El Consejo deber\u00e1 dictaminar dentro de los 15 d\u00edas corridos a partir de la formulaci\u00f3n de la consulta; vencido este plazo los poderes p\u00fablicos decidir\u00e1n sin m\u00e1s.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 5\u00b0:<\/strong> Los dict\u00e1menes u opiniones del C.E.SyP no ser\u00e1n vinculantes para los poderes p\u00fablicos municipales.<br \/>\nEl C.E.S.yP tendr\u00e1 derecho a solicitar informaci\u00f3n sobre el curso dado a sus dict\u00e1menes, opiniones y proyectos o propuestas, dentro de los cuatro primeros meses del a\u00f1o.<br \/>\n<strong>INTEGRACI\u00d3N:<\/strong><br \/>\n<strong>Art\u00edculo 6\u00b0:<\/strong> El C.E.SyP estar\u00e1 integrado por los consejeros representantes de los distintos sectores a saber:<br \/>\na- 5 (cinco) representantes del sector trabajador legalmente constituido, los que deber\u00e1n ser propuestos por mayor\u00eda de los mismos.<br \/>\nb- 5 (cinco) representantes del sector empresarial legalmente constituido, distribuidos de la siguiente manera: 2 (dos) industriales, 2 (dos) productores agrarios, 1 (uno) por el comercio., los que deber\u00e1n ser propuestos por mayor\u00eda de los mismos.<br \/>\nc- 3 (tres) representantes de cooperativas. los que deber\u00e1n ser propuestos por mayor\u00eda de los mismas.<br \/>\nd- 13 (trece) representantes de Uniones Vecinales, distribuidos de la siguiente manera: 3 (tres) representantes de la Ciudad de Rivadavia y 1 (uno) por cada Distrito que compone al Departamento. Cada una de ellas debe acreditar personer\u00eda jur\u00eddica.<br \/>\ne- 2 (dos) representantes del sector pasivo con personer\u00eda jur\u00eddica.<br \/>\nf- 4 (cuatro) representantes de entidades profesionales y docentes del Departamento, distribuidas de la siguiente manera: dos por cada entidad.<br \/>\ng- 4 (cuatro) representantes del movimiento estudiantil organizado en el Departamento ( Centro de Adultos, Secundarios, Terciarios, Universitarios).<br \/>\nh- 1 (un) representante de asociaciones culturales y art\u00edsticas.<br \/>\ni- 2 (dos) representantes de cooperadoras escolares con personer\u00eda jur\u00eddica.<br \/>\nj- 1 (un) representante de asociaciones deportivas y sociales.<br \/>\nk- 1 (un) representante de organizaciones juveniles.<br \/>\nl- 1 (un) representante de organizaciones femeninas.<br \/>\nm- 1 (un) representante por cada Partido Pol\u00edtico con personer\u00eda Jur\u00eddica-Pol\u00edtica para actuar en el Departamento.<br \/>\nn- 3 (tres) representantes del sector p\u00fablico municipal, los que ser\u00e1n elegidos por el Intendente Municipal.<br \/>\no- 1 (un) representante por cada culto religioso que se profese en el Departamento, los cuales deben estar debidamente registrados en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Cultos de la Naci\u00f3n Argentina.<br \/>\np- 1 (un) representante de cada Banca Local.<br \/>\nq- 3 (tres) representantes de los medios de comunicaci\u00f3n. Distribuidos de la siguiente manera: 1 radial, 1 televisiva y 1 escrita.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>ELECCI\u00d3N DE LOS CONSEJEROS- DURACI\u00d3N:<\/strong><br \/>\n<strong>Art\u00edculo 7\u00b0:<\/strong> Los Consejeros ser\u00e1n elegidos por las Organizaciones representativas de cada sector, asegurando una elecci\u00f3n democr\u00e1tica. Cada sector elegir\u00e1 el n\u00famero correspondiente de titulares e igual n\u00famero de suplentes. Salvo lo dispuesto por el Art. 6 inc. n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 8\u00b0:<\/strong> Los miembros del Consejo durar\u00e1n 2 (dos) a\u00f1os en sus funciones y podr\u00e1n ser reelegidos. Las vacantes que se produjeren ser\u00e1n ocupadas por los suplentes hasta completar el per\u00edodo. Cada Consejero deber\u00e1 contar con la designaci\u00f3n por escrito que lo acredite.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 9\u00b0:<\/strong> Los miembros del Consejo son delegados de la Organizaci\u00f3n, Entidad o Instituci\u00f3n que representan, por lo que se les podr\u00e1 revocar el mandato en cualquier momento designando a otro en su lugar. Los cargos del consejero ser\u00e1n Ad Honoren.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>FUNCIONAMIENTO:<br \/>\nArt\u00edculo 10\u00b0:<\/strong> El Consejo tendr\u00e1 una Mesa Directiva integrada por un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario General y cuatro Secretarios. El Presidente de la Mesa Directiva es el Presidente del Consejo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 11\u00b0:<\/strong> El Presidente del Consejo ser\u00e1 elegido por simple mayor\u00eda de votos de todos los integrantes del C.E.SyP. El cargo de Presidente del Consejo es incompatible con la funci\u00f3n p\u00fablica.<br \/>\nLos vicepresidentes primero y segundo respectivamente corresponder\u00e1n al sector trabajador y empresario agremiado, los que ser\u00e1n elegidos de su seno por la mayor\u00eda de votos de su sector.<br \/>\nEl Secretario General ser\u00e1 un consejero del C.E.SyP, ser\u00e1 elegido por la mayor\u00eda absoluta de votos de los consejeros del sector.<br \/>\nLos cuatro Secretarios ser\u00e1n consejeros representantes: dos, de intereses diversos y dos de los Partidos Pol\u00edticos, elegidos por la mayor\u00eda absoluta de cada sector.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 12\u00b0:<\/strong> Dentro de los treinta d\u00edas de su constituci\u00f3n el Consejo dictar\u00e1 su Reglamento Interno, asegurando una modalidad de trabajo din\u00e1mico. Hasta que se apruebe el mismo, la Mesa Directiva queda facultada para dictar las normas necesarias para su funcionamiento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 13\u00b0:<\/strong> Las sesiones del Consejo ser\u00e1n p\u00fablicas, salvo que el cuerpo determine por mayor\u00eda absoluta de votos, que la sesi\u00f3n sea secreta. A las sesiones podr\u00e1n asistir con voz pero sin voto, el Intendente, los Secretarios Municipales y los Concejales.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 14\u00b0:<\/strong> Cada consejero tendr\u00e1 un voto. El qu\u00f3rum para sesionar lo constituye la mitad m\u00e1s uno de los miembros, individualmente considerados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 15\u00b0:<\/strong> Los dict\u00e1menes, opiniones, proyectos o propuestas que emita el C.E.SyP en ejercicio de sus funciones ser\u00e1n adoptadas en sesi\u00f3n plenaria del cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 16\u00b0:<\/strong> EL Consejo por v\u00eda de su Reglamento, crear\u00e1 las comisiones internas de trabajo que crea conveniente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 17\u00b0:<\/strong> El Consejo se reunir\u00e1 en sesi\u00f3n plenaria al menos una vez al mes y determinar\u00e1 en el Reglamento el per\u00edodo de receso, el que no podr\u00e1 ser superior a dos meses por a\u00f1o calendario.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>ASIGNACI\u00d3N:<br \/>\nArt\u00edculo 18\u00b0:<\/strong> La Municipalidad garantizar\u00e1 el espacio f\u00edsico para el funcionamiento del C.E.SyP.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 19\u00b0:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e ins\u00e9rtese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.<br \/>\nDada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al 30 de noviembre de 2006.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">RUBEN DARIO GRANDO<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">FLORINDA SEOANE<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">SECRETARIO C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTA C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: right;\">Cpde. Expte. N\u00ba 2006-00350-9 C.D.<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">1 Bobbio, Norberto. El futuro de la democracia. M\u00e9xico, Fondo de Cultura Econ\u00f3mica, 1986.<br \/>\n2 Alberdi, Juan Bautista. Obras selectas. Tomo X, Buenos Aires, 1920, p\u00e1g.22<br \/>\n3 Palacios, Alfredo L. La represi\u00f3n del fraude electoral. Editorial Claridad, Buenos Aires, 1936, p\u00e1g. 68. Dos Santos, Mario. Concertaci\u00f3n social en procesos de democratizaci\u00f3n.<br \/>\n4 Pasquino, Gianfranco. Voz \u201cModernizaci\u00f3n\u201d. En Diccionario de Ciencia Pol\u00edtica,dirigido por N. Bobbio y N. Matteucci, Tomo II, Siglo XXI Editores, Madrid, 1982, p\u00e1g. 1040<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">5 La eficacia se refiere ante todo a la capacidad del r\u00e9gimen para encontrar soluciones a problemas b\u00e1sicos y dar satisfacci\u00f3n, en consecuencia,\u00a0 a las demandas sociales. Por su lado, la efectividad-dimensi\u00f3n distinta pero subordinada a la anterior- se refiere m\u00e1s a la capacidad para poner realmente en pr\u00e1ctica las medidas pol\u00edticas formuladas, para la soluci\u00f3n de aquellos problemas b\u00e1sicos con el resultado deseado. Cfr. Linz, Juan J. La quiebra de las democracias. Alianza Universidad, Madrid, 1987, p\u00e1gs.46\/49.<\/p>\n<\/blockquote>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDENANZA N\u00b04.285 VISTO: El Expediente N\u00b02006-00350-9, caratulado Inter Bloque P.S. \u2013 U.C.R., presenta proyecto de Ordenanza, \u201cCreaci\u00f3n Consejo Econ\u00f3mico, Social y Pol\u00edtico, y CONSIDERANDO: La profunda crisis de credibilidad en las instituciones democr\u00e1ticas y ante la necesidad de generar espacios de participaci\u00f3n y decisiones de todos los sectores econ\u00f3micos, sociales y pol\u00edticos del Departamento. I. [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":983,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[63,64],"tags":[],"class_list":["post-2678","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas","category-ordenanzasanteriores"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2678","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2678"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2678\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media\/983"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2678"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2678"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2678"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}