{"id":3062,"date":"2003-09-19T15:37:43","date_gmt":"2003-09-19T15:37:43","guid":{"rendered":"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/?p=3062"},"modified":"2003-09-19T15:37:43","modified_gmt":"2003-09-19T15:37:43","slug":"ordenanza-4111-2003","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/ordenanza-4111-2003\/","title":{"rendered":"Ordenanza 4111-2003"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENANZA N\u00ba\u00a0 4.111<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO<\/strong><br \/>\nLa solicitud realizada por el Departamento Ejecutivo Municipal a la Unidad Ejecutora Provincial,\u00a0 para la realizaci\u00f3n del Proyecto de la Red de Gas Natural Industrial y Domiciliario en las Zonas Rurales, 1\u00b0 Etapa,\u00a0 comprendiendo los Distritos de La Libertad, Los Campamento, El Mirador y La Central, y<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONSIDERANDO<\/strong><br \/>\nQue este Municipio, a elaborado el proyecto de Obra, con un tendido de 48,26 Km de red de gas natural Industrial y domiciliaria, en el cual se beneficiar\u00e1n 1825 viviendas, 113 galpones, 32 Industrias, 14 escuelas (primarias y secundarias), 3 destacamentos policiales, 7 centros de Salud, 4 Jardines Maternales, 1 Comedor Infantil.<br \/>\nQue asimismo, existe un estudio elaborado por profesionales e investigadores del CRICYT,\u00a0 para llevar adelante una defensa activa contra las heladas, a fin de beneficiar a las propiedades vitivin\u00edcolas, oliv\u00edcolas y por sobre todo las frut\u00edcolas, con calefactores\u00a0 a gas natural, destacando este estudio como el combustible menos contaminante y m\u00e1s econ\u00f3mico que cualquier otro.<br \/>\nQue con fecha\u00a0 13 de junio del corriente a\u00f1o, la Unidad Ejecutora Provincial,\u00a0 respondi\u00f3 mediante expediente N\u00ba389 que la realizaci\u00f3n del proyecto es factible de ser financiado a trav\u00e9s del Pr\u00e9stamo N\u00b03860-R firmado con fecha 18 de octubre de 1.995 entre el Banco de la Naci\u00f3n Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucci\u00f3n y Fomento (B.I.R.F) Segundo Programa de Desarrollo Municipal.<br \/>\nQue el monto estimado de la obra es de CINCO MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA ($5.524.860,00), y su equivalencia en D\u00f3lares Estadounidenses, UN MILL\u00d3N OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS VEINTE\u00a0 (U$ 1.841.620,00), tomado el tipo de cambio a tres pesos por d\u00f3lar.<br \/>\nQue el Programa financia hasta el setenta y cinco por ciento del Proyecto, siendo este monto de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 4.143.645,00) o su equivalente en D\u00f3lares Estadounidenses UN MILL\u00d3N TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS QUINCE (U$1.381.215,00), pagaderos en un plazo de siete a\u00f1os, con un per\u00edodo de un a\u00f1o de gracia sobre el capital y a una tasa anual de 4,48, y cuyo desarrollo se acompa\u00f1a como Anexo.<br \/>\nQue el veinticinco por ciento debe ser aportado por el Municipio, siendo este monto de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS QUINCE ($1.381.215,00) o su equivalencia en D\u00f3lares Estadounidenses CUATROCIENTOS SESENTA MIL CUATROCIENTOS CINCO (U$ 460.405,00) , siendo este valor posible de pagar en seis cuotas mensuales, a partir del inicio de la ejecuci\u00f3n de la obra, y estando la Municipalidad de Rivadavia en condiciones de afrontar este compromiso en virtud\u00a0 a las reservas financieras y presupuestarias que durante el a\u00f1o en curso esta administraci\u00f3n ha realizado.<br \/>\nQue el 29 de julio del corriente a\u00f1o, el Departamento Ejecutivo\u00a0 Municipal elev\u00f3 al Sr. Ministro de Hacienda de la Provincia Lic. Enrique Vaquie, la decisi\u00f3n del Municipio de Rivadavia, de llevar adelante la realizaci\u00f3n de la obra de gas natural a la zona rural m\u00e1s poblada del Departamento de Rivadavia, destacando el ahorro que beneficiar\u00eda a la Provincia en sus edificios p\u00fablicos, en el orden aproximado de PESOS CIENTO CUARENTA MIL ($140.000,00) anuales.<br \/>\nQue con fecha 14 de agosto del corriente a\u00f1o, el Ministerio de Hacienda de la Provincia, responde que en el marco del Plan de Desarrollo Rural, cuyo objetivo consiste en mejorar la calidad de vida de la poblaci\u00f3n rural de la Provincia de Mendoza, mediante la generaci\u00f3n y ampliaci\u00f3n de oportunidades y el incremento de la capacidad productiva de su desarrollo, considera de real\u00a0 importancia la construcci\u00f3n de red de gas proyectada.<br \/>\nQue para iniciar el tr\u00e1mite correspondiente en vistas a la firma del Convenio de Sub-Pr\u00e9stamo entre el Gobierno Provincial y el Municipio, el Honorable Concejo Deliberante. deber\u00e1 sancionar la norma legal que autorice a contraer el endeudamiento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO<\/strong><br \/>\nEl\u00a0 H. Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1\u00b0:<\/strong> Decl\u00e1rase de Inter\u00e9s y de Utilidad P\u00fablica Municipal,-sujeta a\u00a0 reembolso de acuerdo a lo establecido en el Art\u00edculo 75\u00b0 Inc.5 de la Ley N\u00b01079-, el Programa de DESARROLLO RURAL MUNICIPAL, EXTENSI\u00d3N DE LA RED DE GAS NATURAL INDUSTRIAL Y DOMICILIARIA 1ra. Etapa, que comprende los Distritos de La Libertad, Los Campamentos, La Central y El Mirador.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2\u00b0:<\/strong> Autor\u00edzase al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Rivadavia, a celebrar con el Gobierno de la Provincia de Mendoza, y a trav\u00e9s de la Unidad Ejecutora Provincial designada por Decreto N\u00b0119\/90 y sus modificatorias, un contrato de Sub-Pr\u00e9stamo,\u00a0 financiado por los fondos provenientes del Convenio de Pr\u00e9stamo Subsidiario con el Gobierno Nacional en el marco del Programa. Adhi\u00e9rase a la Ley Provincial N\u00b06.416 aprobatoria del Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales, en el \u00e1mbito de la Provincia de Mendoza.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 3\u00b0:<\/strong> Apru\u00e9bese los documentos correspondientes al Sub-Pr\u00e9stamo mencionado en el Art\u00edculo 2\u00b0, que se agregan como parte integrante de la presente Ordenanza y responden al siguiente detalle:<br \/>\n1-Convenio de Pr\u00e9stamo suscripto entre el BIRF y la Naci\u00f3n Argentina.<br \/>\n2-Convenio de Pr\u00e9stamo Subsidiario suscripto entre la Naci\u00f3n Argentina y la Provincia de Mendoza.<br \/>\n3-Proyecto de Contrato de Sub-Pr\u00e9stamo con Municipios a ser suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza y la Municipalidad de Rivadavia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4\u00b0:<\/strong> Garantizase el cumplimiento de las obligaciones que asuman en virtud del Contrato de Sub-Pr\u00e9stamo a celebrar con el Gobierno del Provincia de Mendoza, mediante la afectaci\u00f3n de los Fondos de la Coparticipaci\u00f3n Provincial o del r\u00e9gimen que la sustituya y autorizase al Gobierno de la Provincia de Mendoza a retener de dichos fondos los montos que pudieren corresponder en caso de producirse el incumplimiento de las obligaciones mencionadas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 5\u00b0:<\/strong> Todas las cuestiones jur\u00eddicas relacionadas con el Contrato de Sub-Pr\u00e9stamo cuya suscripci\u00f3n se autoriza en la presente Ordenanza, se regir\u00e1n por lo establecido en los documentos aprobados en el Art\u00edculo 3\u00b0 y por las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten en el \u00e1mbito nacional y provincial. Subsidiariamente resultar\u00e1n de aplicaci\u00f3n las Leyes Provinciales mencionadas en la Ley N\u00b06.416 y las Ordenanzas municipales pertinentes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 6\u00b0:<\/strong> Autor\u00edzase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de los documentos enunciados en el Art\u00edculo 3\u00b0.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 7\u00b0:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e ins\u00e9rtese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al 19\u00a0 de setiembre de 2003.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">MARCELO L. ARBOLEDA<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">JES\u00daS ONTIVEROS<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">SECRETARIO H.C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTE H.C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDENANZA N\u00ba\u00a0 4.111 VISTO La solicitud realizada por el Departamento Ejecutivo Municipal a la Unidad Ejecutora Provincial,\u00a0 para la realizaci\u00f3n del Proyecto de la Red de Gas Natural Industrial y Domiciliario en las Zonas Rurales, 1\u00b0 Etapa,\u00a0 comprendiendo los Distritos de La Libertad, Los Campamento, El Mirador y La Central, y CONSIDERANDO Que este Municipio, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":983,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[63,64],"tags":[],"class_list":["post-3062","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas","category-ordenanzasanteriores"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3062","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3062"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3062\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media\/983"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3062"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3062"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3062"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}