{"id":3946,"date":"1999-05-21T11:40:53","date_gmt":"1999-05-21T11:40:53","guid":{"rendered":"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/?p=3946"},"modified":"1999-05-21T11:40:53","modified_gmt":"1999-05-21T11:40:53","slug":"ordenanza-3717-1999","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/ordenanza-3717-1999\/","title":{"rendered":"Ordenanza 3717-1999"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENANZA N\u00ba 3.717<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO<\/strong><br \/>\nLa ubicaci\u00f3n geogr\u00e1fica de la Escuela T\u00e9cnica N\u00ba4-119 Santa Mar\u00eda de Oro del Departamento de Rivadavia, y<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONSIDERANDO<\/strong><br \/>\nQue, el acceso a dicho Establecimiento se realiza por dos v\u00edas de comunicaci\u00f3n directa, como lo son las Calles Alte. Brown al Sur y por Calle Alem de esta Ciudad.<br \/>\nQue, con fecha 05; 06 y 12 de agosto de 1998, se realiz\u00f3 la filmaci\u00f3n en distintos horarios, del Sector comprendido desde calle Arenales y Alem hasta calle Urquisa esquina Alte. Brown, desprendi\u00e9ndose de la misma la alta peligrosidad que representa este acceso, por parte de centenares de Alumnos que concurren a clase en sus bicicletas (aproximadamente entre quinientas y seiscientas) y en muchos casos de a pi\u00e9, lo que se agrava a\u00fan m\u00e1s con el incesante tr\u00e1nsito vehicular.<br \/>\nQue, el sector comprendido entre calle Alem desde calle Arenales hasta calle Urquiza en un trayecto de trescientos ochenta metros (seg\u00fan Croquis), cuenta solamente con tres luminarias las que est\u00e1n separadas por m\u00e1s de sesenta metros entre s\u00ed y desde calle Urquiza entre calle Alem hasta calle Alte. Brown, en un trayecto de ciento setenta metros (seg\u00fan Croquis), existe solamente\u00a0 una Luminaria, las que son insuficientes para la normal visibilidad de los que circulan por ese sector.<br \/>\nQue, esta arteria se encuentra desde calle Mariano G\u00f3mez al Este y Urquiza esquina Alte. Brown, en un deterioro que hace a\u00fan m\u00e1s peligroso la circulaci\u00f3n de veh\u00edculos que en su momento se ven obligados a esquivar los posos, lo que es un peligro casi fatal para los que circulan en bicicleta, los cuales no son respetados.<br \/>\nQue, se hace imprescindible poder contar con m\u00e1s luminarias y en grado de suma urgencia con la construcci\u00f3n de ciclo- v\u00edas\u00a0 para evitar en el futuro\u00a0 alguna desgracia humana y\/o material.<br \/>\nQue, se puede observar que entre calle Urquiza e intersecci\u00f3n de calle Alte. Brown, se realiza el cruce obligado de alumnos en bicicletas y de a pi\u00e9, adem\u00e1s del paso de los veh\u00edculos, encontr\u00e1ndose con\u00a0 esto, con un peligro mortal.<br \/>\nQue, se hace necesario y urgente la colocaci\u00f3n de Sem\u00e1foros en calle Urquiza y Alte. Brown, con caracter\u00edsticas de tres giros y la correspondiente demarcaci\u00f3n de la senda peatonal y ciclo-v\u00edas.<br \/>\nQue, se detecta que en el sector de la Escuela mencionada, se circula a altas velocidades, lo que se ver\u00eda con sumo agrado la instalaci\u00f3n de un sem\u00e1foro, frente a la Escuela mencionada, obteniendo de esta manera el control de la circulaci\u00f3n y la seguridad para aquellos alumnos que concurren a dicho Establecimiento, con horarios de entrada de ma\u00f1ana a la hora 08:00 y horario de salida a la hora 12:15-12:30, y en turno tarde con entrada desde la hora 14:30 y salida desde las 16:30 en adelante.<br \/>\nQue, es necesario la demarcaci\u00f3n vertical (Carteles de Velocidad; Curvas; Cruce de caminos y Escuela), y la se\u00f1alizaci\u00f3n perimetral u horizontal, por calle Alte. Brown y por calle Alem desde calle Mariano G\u00f3mez y hasta calle Urquiza intersecci\u00f3n Alte. Brown.<br \/>\nQue, adem\u00e1s se realiz\u00f3 un viaje a la Capital Federal, a fin de mantener una reuni\u00f3n con los Directivos de la Asociaci\u00f3n Civil \u00abLUCHEMOS POR LA VIDA\u00bb, la que nos provey\u00f3 de distintos materiales de folleter\u00eda, referidos a Educaci\u00f3n Vial; Estad\u00edsticas de Accidentes de tr\u00e1nsito; distintos servicios que\u00a0 brinda la misma, adem\u00e1s de la entrega de dos V\u00eddeos, que contienen una filmaci\u00f3n referida a \u00abConcientizandonos\u00bb; y otra con una filmaci\u00f3n de publicidad con un Rap-bicicletas, esta informaci\u00f3n ser\u00eda de gran utilidad para en el futuro conformar una Comisi\u00f3n Interinstitucional, (Municipio, Escuelas, Medios de V\u00edas y Transporte, Entidades Civiles, Policiales y Judiciales), para programar acciones tendientes a prevenir accidentes viales y educar a la poblaci\u00f3n en general.<br \/>\nQue, los materiales de informaci\u00f3n, ser\u00e1n parte integrante del presente Proyecto, incluidos los V\u00eddeos, para que sean de utilidad y conseguir el fin propuesto en el mismo, adem\u00e1s se adjunta Croquis de Ubicaci\u00f3n del Sector con las referencias\u00a0 actuales y con las que se hace necesario contar por todo lo expuesto en los arriba considerando.<br \/>\nQue, por todo lo expuesto, es nuestro deber velar para el presente y el futuro, por la seguridad y el bienestar de todos los vecinos y alumnos que deben realizar su transitar obligado y diario por las calles antes mencionadas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO<\/strong><br \/>\nEl Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia,\u00a0 Mendoza, en uso de sus facultades.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1\u00ba:<\/strong> Col\u00f3quense cuatro (4) luminarias\u00a0 en calle\u00a0 Alem en el tramo comprendido entre calle Arenales y Urquiza; y dos (2) luminarias en calle Urquiza entre calle Alem y Alte. Brown de la Ciudad de Rivadavia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2\u00ba:<\/strong> Autor\u00edzase al Departamento Ejecutivo, para que a trav\u00e9s de la concreci\u00f3n de un Convenio con la D.P.V., realice la construcci\u00f3n de Ciclo-v\u00edas en calle Alem entre calle Mariano G\u00f3mez y Urquiza (ambos costados); en Calle Urquiza entre Alem y Alte. Brown (ambos costados); y en calle Almirante Brown desde Mariano G\u00f3mez hasta el Puente sobre el canal marginal (ambos costados).-<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 3\u00ba:<\/strong> Autor\u00edzase\u00a0 al\u00a0 Departamento\u00a0 Ejecutivo,\u00a0 a\u00a0 formalizar\u00a0 un convenio con la Direcci\u00f3n de V\u00edas y Medios de Comunicaci\u00f3n, tendientes a lograr la se\u00f1alizaci\u00f3n: a-) VERTICAL (carteles de velocidad; curvas; cruce de caminos y Escuela). b-) PERIMETRAL u HORIZONTAL, por calle Alte. Brown entre calle Mariano G\u00f3mez y el canal marginal y por calle Alem desde Mariano G\u00f3mez hasta calle Urquiza y de esta hasta calle Alte. Brown. c-)Colocaci\u00f3n de un Sem\u00e1foro en la intersecci\u00f3n de calle Almirante Brown y Urquiza.\u00a0 d) Colocaci\u00f3n de un Sem\u00e1foro en Calle Almirante Brown, frente al\u00a0 ingreso de la Escuela ENET N\u00ba 1 Santa Mar\u00eda de Oro, de la Ciudad de Rivadavia.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4\u00ba:<\/strong> Lo normado en los\u00a0\u00a0 Art\u00edculos\u00a0 anteriores de la presente Ordenanza,\u00a0 deber\u00e1 ser\u00a0\u00a0 incorporado al Plan de Obras P\u00fablicas del Ejercicio 1.999.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 5\u00ba:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo, a la Direcci\u00f3n de V\u00edas y Medios de Comunicaci\u00f3n, a la Direcci\u00f3n Provincial de Vialidad y a la Escuela N\u00ba4-119 Santa Mar\u00eda de Oro,\u00a0 a\u00a0 sus\u00a0 efectos\u00a0 e ins\u00e9rtese en el\u00a0 Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.) al 21 de mayo de 1999.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">JUAN GERARDO DEL RIO<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">JOSE CARLOS PUEBLA<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">A\/C SECRETARIA H.C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTE H.C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: right;\">Cpde. Expte. N\u00ba 99-00336-1 H.C.D.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDENANZA N\u00ba 3.717 VISTO La ubicaci\u00f3n geogr\u00e1fica de la Escuela T\u00e9cnica N\u00ba4-119 Santa Mar\u00eda de Oro del Departamento de Rivadavia, y CONSIDERANDO Que, el acceso a dicho Establecimiento se realiza por dos v\u00edas de comunicaci\u00f3n directa, como lo son las Calles Alte. Brown al Sur y por Calle Alem de esta Ciudad. 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