{"id":5165,"date":"2009-09-09T14:05:48","date_gmt":"2009-09-09T14:05:48","guid":{"rendered":"http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/?p=5165"},"modified":"2009-09-09T14:05:48","modified_gmt":"2009-09-09T14:05:48","slug":"declaracion-15-2009","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/declaracion-15-2009\/","title":{"rendered":"Declaraci\u00f3n 15-2009"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" sizes=\"(max-width: 669px) 100vw, 669px\" srcset=\"http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg 300w, http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-768x153.jpg 768w, http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-1024x203.jpg 1024w\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>DECLARACI\u00d3N N\u00ba 15<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO:<\/strong><br \/>\nEl Decreto N\u00b0 1837\/2008 publicado por el Bolet\u00edn Oficial de la Naci\u00f3n y de notorio estado p\u00fablico nacional, por medio del cual la Presidenta de la Naci\u00f3n Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner, veta la Ley N\u00b0 26.418 de Protecci\u00f3n de Glaciares y del Ambiente Periglaciar, aprobada por unanimidad en el Congreso de la Naci\u00f3n, que establece proteger todos los glaciares de la Argentina, y<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><br \/>\nQue la Ley 26.418\u00a0 de Protecci\u00f3n de Glaciares y del Ambiente Periglaciar vetada en noviembre del 2008 por parte de la Presidente de la Naci\u00f3n Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner, presentaba dos puntos fundamentales:<br \/>\n1) <span style=\"text-decoration: underline;\">Crea un Inventario Nacional de Glaciares<\/span>, por el cual deb\u00edan individualizarse todos los glaciares y geoformas periglaciares que act\u00faan como reservas h\u00eddricas existentes en el territorio nacional, con toda la informaci\u00f3n necesaria para su adecuada protecci\u00f3n, control y monitoreo peri\u00f3dico; y<br \/>\n2) <span style=\"text-decoration: underline;\">Proh\u00edbe que en los glaciares y su entorno se realicen actividades que puedan afectar su condici\u00f3n natural o que impliquen su destrucci\u00f3n o traslado o interfieran en su avance:<\/span> a) la liberaci\u00f3n, dispersi\u00f3n o disposici\u00f3n de sustancias o elementos contaminantes, productos qu\u00edmicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen; b) la construcci\u00f3n de obras de arquitectura o infraestructura con excepci\u00f3n de aquellas necesarias para la investigaci\u00f3n cient\u00edfica; c) la exploraci\u00f3n y explotaci\u00f3n minera o petrol\u00edfera, incluyendo en dicha restricci\u00f3n aquellas que se desarrollen en el ambiente periglaciar saturado en hielo; y d) la instalaci\u00f3n de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales (art\u00edculo 6\u00b0).<br \/>\nAdem\u00e1s con respecto a las \u00e1reas periglaciares saturadas en hielo (glaciares de roca), <em>la ley proh\u00edbe s\u00f3lo las actividades minera y petrol\u00edfera, a fin de preservar el \u00e1rea m\u00e1s fr\u00e1gil y cr\u00edtica para las fuentes y reservas de agua, recurso esencial para la vida y el desarrollo sustentable de la sociedad<\/em>. Para el resto de las actividades, no prohibidas en \u00e1reas de glaciares, impone previamente una razonable evaluaci\u00f3n de impacto ambiental.<br \/>\nEs necesario e importante aclarar que la inclusi\u00f3n o exclusi\u00f3n de glaciares de un inventario, como prescribe la Ley rechazada por el Poder Ejecutivo Nacional, no es contradictoria con la presencia de un peque\u00f1o sector del l\u00edmite internacional con la Rep\u00fablica de Chile pendiente de demarcaci\u00f3n (la gran mayor\u00eda de los glaciares argentinos est\u00e1n fuera de dicho sector), en la provincia de Santa Cruz (evitando conflictos lim\u00edtrofes con el pa\u00eds vecino) sino que la realizaci\u00f3n del mismo generar\u00e1 mayores bases cient\u00edficas para una mejor defensa de nuestro territorio.<br \/>\nLos argumentos esgrimidos por el Poder Ejecutivo al vetar la Ley, se basan, en que ya existe legislaci\u00f3n, como la Ley General del Ambiente (25.675), y que el Gobierno hab\u00eda tomado medidas respecto de la cuesti\u00f3n ambiental. Adem\u00e1s el texto del veto cuestiona que la ley \u201cno puede limitarse a la absoluta prohibici\u00f3n de actividades\u201d, y admite que \u201cgobernadores de la zona cordillerana han manifestado su preocupaci\u00f3n\u201d porque afectar\u00eda inversiones y puestos de trabajo.<br \/>\nRazones sustentadas en argumentos inconscientes, que reflejan una err\u00f3nea interpretaci\u00f3n de esta ley, y un profundo desconocimiento de la importancia de la protecci\u00f3n de nuestros glaciares como fuente estrat\u00e9gica de agua potable para el sostenimiento de la vida y del desarrollo de nuestra comunidad.<br \/>\nSostenemos que la Ley General del Ambiente N\u00b0 25.675, que se\u00f1ala principios generales y prev\u00e9 el sistema de evaluaci\u00f3n de impacto ambiental, no tiene por qu\u00e9 ser la \u00fanica que deba constituir \u201cpresupuestos m\u00ednimos ambientales\u201d. Cuando existe un ecosistema cuya fragilidad lo amerita, no es excesivo sino necesario que existan normativas nacionales espec\u00edficas que resguarden su equilibrio, e impongan algunas razonables prohibiciones. La Ley de Bosques es un claro ejemplo de ello y entendemos que la Ley de Glaciares hace lo propio respecto a este tipo de ecosistemas.<br \/>\nPor lo tanto estar\u00edamos perdiendo como pueblo una oportunidad hist\u00f3rica de acrecentar el saber cient\u00edfico, base insoslayable para la toma de decisiones tendientes al desarrollo de nuestra comunidad, y de situarnos a la vanguardia de la legislaci\u00f3n ambiental en Am\u00e9rica Latina en este tema.<br \/>\nSiguiendo la preocupaci\u00f3n de la comunidad cient\u00edfica resaltamos que lo grave de esta omisi\u00f3n tutelar de los glaciares, significar\u00e1 que muchos pueblos y ciudades al pie de la Cordillera de los Andes tendr\u00e1n mayores dificultades para adaptarse a los efectos del cambio clim\u00e1tico que ya ha llegado. Y la consecuencia es para aquellas regiones \u2013como Mendoza- que necesitan el agua de las monta\u00f1as que proviene de los glaciares y la nieve acumulada cada a\u00f1o, para desarrollar la agricultura, la ganader\u00eda, el turismo, la generaci\u00f3n de energ\u00eda y el consumo humano ver\u00e1n desaparecer en pocos a\u00f1os sus fuentes de provisi\u00f3n, a la luz de modelos cient\u00edficos que anuncian menores precipitaciones n\u00edveas en la cordillera y, por ende, menos acumulaci\u00f3n de nieve e inferior disponibilidad de agua.<br \/>\nEn definitiva el texto vetado, es una ley eficiente, necesaria y suficiente para preservar un bien superior, que son los glaciares y zonas periglaciares, y somos conscientes que cualquier actividad humana de cierta envergadura que utilice qu\u00edmicos o explosiones, da\u00f1ar\u00eda o har\u00eda desaparecer \u00e1reas glaciares o periglaciares.<br \/>\nEste veto a la Ley de Protecci\u00f3n de Glaciares, lejos de formularse en argumentos legales o ambientales, no hace otra cosa que poner de manifiesto las fuertes presiones de grandes empresas multinacionales, que con la iniciativa ven amenazados sus negocios \u2013especialmente de la mayor firma minera mundial de oro, Barrick Gold Corp., que pretende construir una mina de u$s 2.400 millones en los nevados picos entre Argentina y Chile- y demostrar la estrecha complicidad del poder central con estos intereses, y as\u00ed mismo la falta de ideas, compromiso y acciones reales para la tutela del agua y el medio ambiente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO:<\/strong><br \/>\nEl Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>DECLARA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1\u00ba:<\/strong> El Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, se pronuncia a favor de la urgente aprobaci\u00f3n de la Ley de Protecci\u00f3n de Glaciares y \u00c1reas Periglaciares, como instrumento soberano indispensable para la preservaci\u00f3n de los recursos h\u00eddricos y la defensa integral de los recursos naturales y el medio ambiente de nuestro Pa\u00eds.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2\u00ba:<\/strong> Instar a las C\u00e1maras Legislativas Nacionales a trav\u00e9s de sus Presidentes para que reactiven e insistan con la iniciativa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 3\u00ba:<\/strong> Exhortar a la Presidente de la Naci\u00f3n, para que acate las reglas de la democracia, aceptando el leg\u00edtimo pronunciamiento del Congreso Nacional en materia de glaciares, absteni\u00e9ndose de suscribir vetos interesados y lesivos, que subvierten los supremos intereses de la Naci\u00f3n, el patrimonio natural y el bien com\u00fan, bajo pena de incurrir en la conducta prevista en el Art. 29 de la Constituci\u00f3n Nacional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4\u00b0:<\/strong> Rem\u00edtase copia de la presente Declaraci\u00f3n para su conocimiento, a la Presidencia de la Naci\u00f3n, a los Presidentes de las Honorables C\u00e1maras de Diputados y Senadores de la Naci\u00f3n, a las Honorables C\u00e1maras de Diputados y Senadores de la Provincia de Mendoza y al Concejos Deliberantes de la Provincia de Mendoza.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 5\u00b0:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, e ins\u00e9rtese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada en la Sala de Sesiones \u201cBandera Nacional Argentina\u201d, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 09 d\u00edas del mes de setiembre de 2009.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">ENRIQUE LE\u00d3N<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">SECRETARIO C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTE C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: right;\">Cpde. Expte. N\u00ba 2009-00269-8 C.D.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECLARACI\u00d3N N\u00ba 15 VISTO: El Decreto N\u00b0 1837\/2008 publicado por el Bolet\u00edn Oficial de la Naci\u00f3n y de notorio estado p\u00fablico nacional, por medio del cual la Presidenta de la Naci\u00f3n Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner, veta la Ley N\u00b0 26.418 de Protecci\u00f3n de Glaciares y del Ambiente Periglaciar, aprobada por unanimidad en el Congreso de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4276,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-5165","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-declaraciones"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5165","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5165"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5165\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4276"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5165"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5165"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5165"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}