{"id":5524,"date":"2006-06-13T13:50:44","date_gmt":"2006-06-13T13:50:44","guid":{"rendered":"http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/?p=5524"},"modified":"2006-06-13T13:50:44","modified_gmt":"2006-06-13T13:50:44","slug":"resolucion-12-2006","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/resolucion-12-2006\/","title":{"rendered":"Resoluci\u00f3n 12-2006"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" sizes=\"(max-width: 669px) 100vw, 669px\" srcset=\"http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg 300w, http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-768x153.jpg 768w, http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-1024x203.jpg 1024w\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>RESOLUCI\u00d3N N\u00b0 12<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO:<\/strong><br \/>\nEl expediente N\u00b02006-00067-9, carataulado Norma Vega, Arnaldo Robles y Hadel Hauille, presentan\u00a0 Proyecto de Ordenanza sobre la adhesi\u00f3n a la Ley Provincial N\u00b0 7.496, y su acumulado Expediente Municipal N\u00b02006-0005687-9-C, mediante el cual la Comisi\u00f3n de Legislaci\u00f3n solicita informaci\u00f3n al Departamento Ejecutivo, y<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONSIDERANDO:<br \/>\n<\/strong>Que dichas actuaciones llegan a dictamen de la Comisi\u00f3n de Legislaci\u00f3n, en raz\u00f3n de la solicitud formulada por ex agentes de la administraci\u00f3n Municipal, que en principio se encontrar\u00edan comprendidos en los preceptos de la Ley Provincial N\u00b0 7496, y su Decreto Reglamentario N\u00b0 443.<br \/>\nQue dicha norma instituye un subsidio de pesos treinta mil ($30.000), para personas que siendo empleados p\u00fablicos de la administraci\u00f3n provincial y entes descentralizados de la Provincia, durante la \u00e9poca del Proceso Militar de 1976\/1983, fueron cesanteados por razones pol\u00edticas o gremiales, e invita a los Municipio a adoptar id\u00e9ntica determinaci\u00f3n, en su art\u00edculo siete. Asimismo, fija un plazo de noventa d\u00edas desde su promulgaci\u00f3n, para su acogimiento por parte de los beneficiarios interesados.<br \/>\nSiendo el fundamento central de esta iniciativa, un <em>\u201cresarcimiento hist\u00f3rico\u201d<\/em> para aquellas personas injustamente separadas de sus funciones por razones pol\u00edticas o sindicales en aquel tr\u00e1gico per\u00edodo de nuestra historia reciente, en el cual la voz un\u00edvoca de un estado absoluto silenci\u00f3 la voz plural de la sociedad civil, tal reparaci\u00f3n resulta un tributo a la memoria colectiva y un digno reconocimiento a los damnificados en dicho proceso.<br \/>\nEntendemos, en tal sentido, que auspiciar la propuesta encauzada por esta norma representa un cabal <em>\u201cacto de desagravio\u201d<\/em> de parte de las Instituciones Democr\u00e1ticas en nombre de nuestra sociedad, por tanto es un imperativo \u00e9tico de este Cuerpo Deliberativo, avalar una propuesta que permite a aquellas personas que fueron arbitrariamente privadas de su trabajo en el Estado durante la \u00faltima Dictadura Militar, en raz\u00f3n de su extracci\u00f3n pol\u00edtica o sindical, sean beneficiarias de una subvenci\u00f3n reparadora.<br \/>\nTambi\u00e9n resulta imprescindible garantizar que la reparaci\u00f3n responda a la verdadera ofensa, es decir los <em>motivos pol\u00edticos o gremiales inspiradores de la cesant\u00eda<\/em>, siendo necesario que tales fundamentos sean la insuperable raz\u00f3n del beneficio y que los mismos est\u00e9n debidamente acreditados, a fin de evitar que se quebrante el verdadero esp\u00edritu de la norma, que como adelantamos, traduce el sentido reconocimiento de una Comunidad hacia quienes defendieron sus ideas, a quienes resistieron desde su puesto en el estado, a los aut\u00e9nticos luchadores de sus causas; y en definitiva, transcribe una exaltaci\u00f3n del valor Libertad y el Estado de Derecho.<br \/>\nAl referirse a los potenciales beneficiarios, la norma requiere que no hayan sido anteriormente reparados por el Estado, con fundamento en dichas causales. La norma reglamentaria, en su art\u00edculo primero <em>except\u00faa <\/em><em>del beneficio a aquellas personas que por leyes provinciales o nacionales an\u00e1logas a la Ley N\u00b0 7496, hubieren recibido <\/em><em>en pago sumas en concepto de indemnizaciones, subsidios, u otro tipo de beneficios por la misma causa u hecho<\/em>. Con ello, la norma pretende compensar solamente a aquellos personas que no hayan tenido ning\u00fan tipo de desagravio o reparaci\u00f3n, excluyendo expresamente a quienes si lo han tenido de alguna forma.<br \/>\nEs decir, fue una norma creada pensando en las v\u00edctimas de las injustas cesant\u00edas del proceso, en igual sentido que la ley N\u00b0 7496, hecho que implic\u00f3 un justo y oportuno resarcimiento para sus beneficiarios, que recuperaron sus antiguos trabajos en la administraci\u00f3n p\u00fablica.<br \/>\nLuego de ahondar sobre los motivaciones capitales del proyecto, su casu\u00edstica y alto valor moral, nos resta analizar las posibilidades econ\u00f3mico financieras del Estado Municipal, circunstancia imprescindible para poder cumplimentar con el mismo y ser contestes con la irrestricta responsabilidad de gobierno que nos cabe.<br \/>\nPor tal motivo, la consideraci\u00f3n del informe remitido por el Departamento Ejecutivo en expediente N\u00b0 2006-05687-9, respecto de los potenciales beneficiarios y el presupuesto aprobado para el ejercicio 2006, armonizados con la conformaci\u00f3n estructural de los ingresos y compromisos fiscales del Municipio en correlaci\u00f3n con la leyes fiscales en vigor, nos permite observar que no resulta posible asumir el compromiso de pago del subsidio directamente con fondos municipales, cuyo destino y aplicaci\u00f3n se encuentra enteramente comprometida en las asignaciones previstas por la ley N\u00b0 1079, es decir el funcionamiento municipal y en alguna medida por los nuevos roles y demandas del moderno estado local.<br \/>\nAl mismo tiempo, como esta propuesta es tributaria de un compromiso asumido a nivel provincial refrendado por el Gobierno de la Provincia, es que se\u00a0 plante\u00f3 la posibilidad cierta de crear un mecanismo de pago para las indemnizaciones que resulten del personal cesanteado en los municipios, y que est\u00e9n comprendidos en esta norma, con fondos provenientes de excedentes de mayor recaudaci\u00f3n presupuestaria provincial. En tal sentido es que la presente iniciativa quedar\u00e1 condicionada a la existencia y aporte de tales fondos por parte del gobierno provincial.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO:<br \/>\n<\/strong>El Concejo Deliberante de Rivadavia, y en uso de sus facultades:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>RESUELVE<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1\u00b0:<\/strong> Adherir a los contenidos y alcances de la Ley N\u00b0 7.496, sujeta a condici\u00f3n que los fondos necesarios para afrontar los subsidios nacidos al amparo de dicha norma, sean suministrados por el Gobierno de la Provincia de Mendoza.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2\u00b0:<\/strong> Conf\u00f3rmese la Comisi\u00f3n Especial de Atenci\u00f3n a Beneficiarios Ley N\u00b0 7.496, que tendr\u00e1 a su cargo la recepci\u00f3n, atenci\u00f3n, clasificaci\u00f3n, registro y aprobaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n exigida por la Ley 7496 y su decreto reglamentario N\u00b0 443. Dicha Comisi\u00f3n estar\u00e1 conformada por tres Concejales\u00a0 y un representante que designe el Departamento Ejecutivo Municipal y funcionar\u00e1 en el Departamento de Personal del Municipio los d\u00edas martes de 12:00 a 13:00.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 3\u00b0:<\/strong> El subsidio a que se refiere la presente norma, deber\u00e1 ser gestionados en los siguientes cuarenta y cinco d\u00edas, a contar de la aprobaci\u00f3n de la presente ordenanza, bajo pena de caducidad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4\u00b0:<\/strong> El Departamento Ejecutivo, a trav\u00e9s del Intendente Municipal o quien \u00e9ste designe, realizar\u00e1 las gestiones que estime \u00fatiles y apropiadas tendientes a que el Gobierno de la Provincia de Mendoza asuma el compromiso formal del aporte necesario para cubrir los importes de los subsidios al personal cesanteado en los t\u00e9rminos de la Ley N\u00b0 7496 en el \u00e1mbito del Municipio de Rivadavia, pudiendo establecer acciones conjuntas con otros Municipios para tal fin. Dentro de los noventa d\u00edas de promulgada la presente, deber\u00e1 presentar informe sobre las gestiones realizadas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 5\u00b0:<\/strong> Comun\u00edquese a los dem\u00e1s Concejos Deliberantes de la Provincia de Mendoza, al Gobernador de la Provincia y a sendas C\u00e1maras de La Legislatura Provincial, para su conocimiento y dem\u00e1s efectos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 6\u00b0:<\/strong> D\u00e9se a conocer por los medios de prensa locales, los alcances, motivaciones y requisitos de la presente norma.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 7\u00b0:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo, d\u00e9se al Registro Municipal , e ins\u00e9rtese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia a\u00a0 los 13 d\u00edas del mes de junio de 2006.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">RUB\u00c9N DAR\u00cdO GRANDO<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">FLORINDA SEOANE<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">SECRETARIO C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTA C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: right;\">Cpde. Expte. N\u00ba 2006-00067-9 C.D.<br \/>\n2006-00143-8 C.D.<br \/>\nCpde. Expte. 2006-05687-9 D.E.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>RESOLUCI\u00d3N N\u00b0 12 VISTO: El expediente N\u00b02006-00067-9, carataulado Norma Vega, Arnaldo Robles y Hadel Hauille, presentan\u00a0 Proyecto de Ordenanza sobre la adhesi\u00f3n a la Ley Provincial N\u00b0 7.496, y su acumulado Expediente Municipal N\u00b02006-0005687-9-C, mediante el cual la Comisi\u00f3n de Legislaci\u00f3n solicita informaci\u00f3n al Departamento Ejecutivo, y CONSIDERANDO: Que dichas actuaciones llegan a dictamen de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1020,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[65],"tags":[],"class_list":["post-5524","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-resoluciones"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5524","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5524"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5524\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1020"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5524"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5524"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5524"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}