{"id":5645,"date":"2005-08-08T12:10:01","date_gmt":"2005-08-08T12:10:01","guid":{"rendered":"http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/?p=5645"},"modified":"2005-08-08T12:10:01","modified_gmt":"2005-08-08T12:10:01","slug":"declaracion-20-2005","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/declaracion-20-2005\/","title":{"rendered":"Declaraci\u00f3n 20-2005"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" sizes=\"(max-width: 669px) 100vw, 669px\" srcset=\"http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg 300w, http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-768x153.jpg 768w, http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-1024x203.jpg 1024w\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>DECLARACI\u00d3N N\u00b0 20<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO<\/strong><br \/>\nQue resulta un inobjetable\u00a0 homenaje a la figura del Libertador General Jos\u00e9 de San Mart\u00edn y, a la par, un aut\u00e9ntico soporte moral y c\u00edvico para la construcci\u00f3n de la memoria colectiva instituir mediante Ley Nacional, al 24 de agosto como \u201cD\u00eda del padre\u201d, y<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONSIDERANDO<\/strong><br \/>\nQue, establecer este reconocimiento implica tomar partido en la definici\u00f3n y afianzamiento de valores sociales de singular trascendencia en la convivencia cotidiana y en la formaci\u00f3n \u00e9tica y c\u00edvica de nuestros compatriotas.\u00a0 Es entender, es recuperar la noci\u00f3n de modelo de padre ejemplar como factor de cohesi\u00f3n familiar, gu\u00eda espiritual, sabio y constante consejero y ejemplo de humildad, austeridad y compromiso patri\u00f3tico. Es decir, reconstruir la imagen\u00a0 de un hombre que nos permite recrear la idea de unidad familiar con la de unidad nacional, en el entendimiento de que no existe una naci\u00f3n grande sin una sociedad justa y una familia consolidada sobre la base de una conciencia individual cimentada en la virtud moral\u00a0 y la justicia. Es reconocer, en palabras del propio San Mart\u00edn: \u201cinspirarle amor a la verdad y odio a la mentira\u201d, \u201cinspirarle amor por la Patria y por la libertad\u201d; \u201cdulzura con los criados, pobres y viejos\u201d&#8230;Es reconocer como D\u00eda del padre la fecha de nacimiento de Merceditas. Es, adem\u00e1s, ligar al recuerdo e idiosincrasia argentinos el acervo de respeto y de amor filial y, a la vez, ejemplo de amor paternal. \u00c9stas, son las motivaciones centrales que justifican el recordatorio propuesto implicando ser consecuente con nuestra historia, con nuestro prohombres y con los valores que propiciamos para nuestra Naci\u00f3n.<br \/>\nNos causa desconcierto y perplejidad que el festejo del \u201cD\u00eda del padre\u201d tenga lugar el tercer domingo de junio de cada a\u00f1o, puesto que representa una opci\u00f3n comercial extra\u00f1a a nuestras costumbres, a nuestros afectos, a nuestra historia, cuando sabemos que existen\u00a0 recurrentes gestiones provinciales y nacionales tendientes a consolidar por Ley Nacional al 24 de agosto como \u201cD\u00eda del padre\u201d,\u00a0 que se remontan a los a\u00f1os\u00a0 \u201950 del siglo pasado y que se vienen realizando desde distintos \u00e1mbitos institucionales sin lograr el resultado esperado: el justo homenaje a quien la historia ha distinguido como \u201cPadre de la Patria\u201d, en reconocimiento al General San Mart\u00edn como modelo de padre ejemplar y a su hija Mercedes, como modelo de amor filial.<br \/>\nLlama poderosamente la atenci\u00f3n que nuestro Congreso Nacional no concluya definitivamente con dicha iniciativa, a pesar de que nuestros Legisladores cuentan con fundamentados antecedentes como para hacerlo. A t\u00edtulo de elocuente ejemplo se destacan la Ley N\u00b0 5.131 de la provincia de Mendoza que instituy\u00f3 oficialmente en el \u00e1mbito provincial, el 24 de agosto como \u201cD\u00eda del padre\u201d, y la Declaraci\u00f3n N\u00b0 27\/00 de este Concejo Deliberante, en id\u00e9ntico sentido. Asimismo, existe profusa documentaci\u00f3n que es prueba\u00a0 de ello, conforme con las referencias que adjuntamos a la presente pieza legal y que se detallan en el Anexo 1.<br \/>\nPor otra parte, sorprende la falta de definici\u00f3n de quienes representan al pueblo de la Naci\u00f3n y a las Provincias, Legisladores obligados hist\u00f3rica\u00a0 e institucionalmente a reafirmar la se\u00f1era figura de quien, a lo largo de su vida y trayectoria como hijo de esta tierra, General de nuestra Naci\u00f3n y funcionario de las Provincias Unidas del R\u00edo de la Plata, prestara los m\u00e1s destacados y abnegados servicios a nuestra Patria hoy heredada: <strong>CORRIENTES<\/strong> fue su cuna&#8230;; <strong>BUENOS AIRES<\/strong> le reconoci\u00f3 su Grado militar y le encomend\u00f3 la formaci\u00f3n de un escuadr\u00f3n de caballer\u00eda de l\u00ednea&#8230;; <strong>SANTA FE<\/strong> fue testigo de su bautismo de fuego: el combate\u00a0 de San Lorenzo&#8230;; <strong>TUCUM\u00c1N<\/strong> lo recibi\u00f3 esperanzado con miras a batir al espa\u00f1ol que amenazaba por el norte del territorio&#8230;; <strong>C\u00d3RDOBA<\/strong>, la capital\u00a0 de la Intendencia de C\u00f3rdoba del Tucum\u00e1n, lo hosped\u00f3 en su seno d\u00e1ndole la luz con la que el General alumbrara su plan continental para derrotar a los realistas&#8230;; <strong>MENDOZA<\/strong>, como parte integrante Cuyo, registra orgullosa en su memoria lo que es capaz de hacer un gobernante probo y honesto en las peores circunstancias pol\u00edticas y econ\u00f3micas&#8230;; y fue m\u00e1s all\u00e1: libert\u00f3 a Argentina, a Chile y a Per\u00fa!.<br \/>\nParece que nuestra historia y sus realidades constituyen una verdadera paradoja. Basta recorrer la dilatada\u00a0 geograf\u00eda nacional hacia cualquiera de los puntos cardinales para encontrarnos, desde Jujuy hasta Tierra del Fuego, o desde Buenos Aires hasta Mendoza, con calles, avenidas, parques, paseos, plazas, escuelas,\u00a0 centros culturales, sociales o deportivos, monumentos, estatuas, bustos y otros hitos lugare\u00f1os que ostentan su nombre\u00a0 de variadas formas o representan a Jos\u00e9 de San Mart\u00edn: son todos claros ejemplos de que se le rinde el merecido homenaje al Libertador por\u00a0 distintos motivos. Ante esto, nos preguntamos: \u00bfcu\u00e1l es el \u00f3bice que impide a nuestro Parlamento Nacional expedirse sobre el asunto de marras?. Conviene traer aqu\u00ed, entonces, reflexiones que en su momento utiliz\u00f3 San Mart\u00edn desde su cargo\u00a0\u00a0 de Gobernador Intendente de Cuyo al dirigirse a Tom\u00e1s Godoy Cruz, Diputado por Mendoza en el Congreso que sesionaba en Tucum\u00e1n (mayo de 1816): <strong>\u201c\u00bfHasta cu\u00e1ndo esperamos para declarar nuestra independencia? \u00bfNo le parece a usted\u00a0 cosa bien rid\u00edcula acu\u00f1ar moneda, tener pabell\u00f3n y cucarda nacional, y por \u00faltimo hacer la guerra al Soberano de quien en el d\u00eda se cree dependemos? \u00bfQu\u00e9 relaciones podremos emprender cuando estamos a pupilo?&#8230;\u00a1\u00c1nimo! que para los hombres de coraje se han hecho las empresas\u201d<\/strong>.<br \/>\nQue, de mediar argumentos s\u00f3lidos que impiden al Legislador Nacional expedirse a favor de apoyar el (o los) proyectos de Ley existentes en el Congreso proponiendo la instituci\u00f3n del 24 de agosto como D\u00eda del padre, ser\u00eda oportuno y necesario hacerlos conocer a nuestra sociedad, a nuestros representados, de modo tal que se pueda disipar esta expectativa e inquietud que desde vieja data impera en el \u00e1nimo de los argentinos.<br \/>\nPara concluir, creemos que los Legisladores Nacionales deben tomar conciencia de la significaci\u00f3n socio-hist\u00f3rica-cultural\u00a0 de este reconocimiento, y su impacto en el devenir de nuestra organizaci\u00f3n social, teniendo en cuenta que recuerdo y homenaje son dos ejercicios humanos para valorar la vida, proyectando\u00a0 desde el pasado la grandeza de nuestro futuro a trav\u00e9s de una memoria colectiva de intereses comunes sobre nuestro pueblo, nuestra familia y nuestras tradiciones.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO<\/strong><br \/>\nEl Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>DECLARA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1\u00b0:<\/strong> El Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, reafirma su\u00a0 Declaraci\u00f3n N\u00b0 27\/00 por la cual solicita\u00a0 se instituya por Ley Nacional , el 24 de agosto como DIA DEL PADRE, en justo homenaje a quien es el Padre de la Patria, recordando el nacimiento de su hija Mercedes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2\u00b0:<\/strong> Insta a los Legisladores Nacionales de ambas C\u00e1maras\u00a0 del Congreso Nacional, a que asuman el compromiso socio-hist\u00f3rico-cultural\u00a0 de pronunciarse a favor de esta iniciativa, como cabal expresi\u00f3n de construcci\u00f3n de ciudadan\u00eda e identidad nacional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 3\u00b0:<\/strong> Rem\u00edtase copia de esta pieza legal, al Se\u00f1or Presidente de la Naci\u00f3n, Dr. N\u00e9stor Kirchner; a los Presidentes de ambas C\u00e1maras\u00a0 del Parlamento Nacional Argentino; a los Legisladores Nacionales por Mendoza y al Se\u00f1or Ministro de Educaci\u00f3n, Ciencia y Tecnolog\u00eda de la Naci\u00f3n, Lic. Daniel Filmus, a efectos de que impulsen las medidas que su recto y prudente criterio estimen pertinente para el cumplimiento de esta iniciativa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 4\u00b0:<\/strong> A t\u00edtulo de conocimiento informativo y de inter\u00e9s educacional, rem\u00edtase copia de esta Declaraci\u00f3n a todas las Escuelas de nuestro Departamento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 5\u00b0:<\/strong> Incorp\u00f3rese a la presente,\u00a0 como parte integrante de este instituto, los antecedentes documentales que se detallan en el Anexo 1.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 6\u00b0:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, e ins\u00e9rtese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 08 d\u00edas del mes de agosto de 2005.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">RUB\u00c9N DAR\u00cdO GRANDO<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">FLORINDA SEOANE<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">SECRETARIO C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTA C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: right;\">Cpde. Expte. N\u00ba 2005-00251-0 C.D.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ANEXO I<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Declaraci\u00f3n del Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, por la reafirmaci\u00f3n del Proyecto de Ley Nacional que instituya como \u201c D\u00cdA DEL PADRE\u201d el 24 de agosto.<br \/>\nAntecedentes Existentes:<\/p>\n<ul>\n<li>1953 \u2013 Resoluci\u00f3n 152-T-53 de la Direcci\u00f3n General de Escuelas de Mendoza, incluyendo en el Calendario Escolar el 24 de agosto \u201cD\u00cdA DEL PADRE\u201d.<\/li>\n<li>1956 \u2013 Resoluci\u00f3n Expediente N\u00b0 84.056-53 del Consejo de Educaci\u00f3n de la Naci\u00f3n que dispuso la inclusi\u00f3n de la celebraci\u00f3n del 24 de agosto \u201cD\u00cdA DEL PADRE\u201d, en el Calendario Escolar en todo el Pa\u00eds (22\/10\/56).<\/li>\n<li>1964 \u2013 Proyecto de Ley Nacional, intentando proclamar el 24 de agosto como \u00fanico \u201cD\u00cdA DEL PADRE\u201d, del Diputado Nacional Luis Bobillo.<\/li>\n<li>1982 \u2013 Decreto Provincial N\u00b0 2.119\/82, instituyendo oficialmente en la provincia de Mendoza el 24 de agosto como \u201cD\u00cdA DEL PADRE\u201d.<\/li>\n<li>1986 \u2013 Ley Provincial N\u00b0 5.131, instituyendo el 24 de agosto para la celebraci\u00f3n del \u201cD\u00cdA DEL PADRE\u201d en la provincia de Mendoza.<\/li>\n<li>1992 \u2013 Proyecto de Ley Nacional, intentando proclamar el 24 de agosto como \u00fanico \u201cD\u00cdA DEL PADRE\u201d, del Diputado Nacional, doctor F\u00e9lix Pesce.<\/li>\n<li>1997 \u2013 Proyecto de Declaraci\u00f3n del Senado de la provincia de Mendoza, del 19 de agosto de 1997 impulsado por el Senador Antonio Gutelli, dirigido a los Legisladores Nacionales, para fijar al 24 de agosto como \u201cD\u00cdA DEL PADRE\u201d en todo el Pa\u00eds.<\/li>\n<li>1997 \u2013 Proyecto de Ley Nacional del 28 de agosto de 1997, impulsado por los Diputados Nacionales Gustavo Guti\u00e9rrez y Carlos Balter.<\/li>\n<li>2000 \u2013 Declaraci\u00f3n N\u00b0 27 del 4 de agosto del H.C.D. de Rivadavia, provincia de Mendoza, solicitando se impulse Proyecto de Ley Nacional que instituya como \u00fanico \u201cD\u00cdA DEL PADRE\u201d el 24 de agosto de cada a\u00f1o.<\/li>\n<li>Solicitud de adhesi\u00f3n promovida por el C\u00edrculo de Ex Cadetes del Liceo Militar \u201cGeneral Espejo\u201d, peticionando la declaraci\u00f3n del 24 de agosto como \u00fanico \u201cD\u00cdA DEL PADRE\u201d en todo el territorio Argentino.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Adem\u00e1s, existen diversas Entidades y Comisiones de Homenaje al Libertador que, entre otras actividades, bregan a lo largo y ancho del Pa\u00eds por dicha LEY NACIONAL.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECLARACI\u00d3N N\u00b0 20 VISTO Que resulta un inobjetable\u00a0 homenaje a la figura del Libertador General Jos\u00e9 de San Mart\u00edn y, a la par, un aut\u00e9ntico soporte moral y c\u00edvico para la construcci\u00f3n de la memoria colectiva instituir mediante Ley Nacional, al 24 de agosto como \u201cD\u00eda del padre\u201d, y CONSIDERANDO Que, establecer este reconocimiento implica [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":4276,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[66],"tags":[],"class_list":["post-5645","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-declaraciones"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5645","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5645"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5645\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media\/4276"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5645"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5645"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5645"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}