{"id":5967,"date":"2017-08-22T15:50:36","date_gmt":"2017-08-22T15:50:36","guid":{"rendered":"http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/?p=5967"},"modified":"2017-08-22T15:50:36","modified_gmt":"2017-08-22T15:50:36","slug":"ordenanza-4860-2017","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/ordenanza-4860-2017\/","title":{"rendered":"Ordenanza 4860-2017"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-1054 aligncenter\" src=\"http:\/\/rd.gov.ar\/wp4\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg\" sizes=\"(max-width: 669px) 100vw, 669px\" srcset=\"http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-300x60.jpg 300w, http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-768x153.jpg 768w, http:\/\/www.rivadaviamendoza.gob.ar\/hcd\/wp-content\/uploads\/2017\/02\/encabezado-1024x203.jpg 1024w\" alt=\"\" width=\"669\" height=\"134\" \/><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENANZA N\u00ba 4.860<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>VISTO:<\/strong><br \/>\nLa necesidad de ampliar la infraestructura escolar del departamento de Rivadavia de gesti\u00f3n estatal y promover el acceso universal a la educaci\u00f3n inicial; y<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><br \/>\nQue el Jard\u00edn Maternal, como parte del Nivel Inicial, pertenece al sistema educativo formal y por lo tanto cumple funciones social y pedag\u00f3gica que caracterizan a toda instituci\u00f3n educativa.<br \/>\nQue educar a los ni\u00f1os peque\u00f1os implica una sabidur\u00eda y una responsabilidad que ubica a las instituciones y a los educadores como pilares del sistema educativo.<br \/>\nQue la educaci\u00f3n inicial traza las huellas del recorrido que la infancia transitar\u00e1 en su proceso educativo iniciando una modalidad de acercamiento al conocimiento que influir\u00e1 en sus posibilidades de aprender, de comunicarse, de expresarse.<br \/>\nQue la educaci\u00f3n de 0 a 3 a\u00f1os se ubica hist\u00f3ricamente sobre las bases de un dilema que es necesario superar para instalarla como una instituci\u00f3n educativa que incluye los cuidados b\u00e1sicos desde la intencionalidad pedag\u00f3gica y desarrolla propuestas de ense\u00f1anza adecuadas a los ni\u00f1os peque\u00f1os.<br \/>\nQue desde esta mirada el Jard\u00edn Maternal debe distanciarse del falso dilema que lo sit\u00faa en una de sus discusiones fundantes: \u00bfla escuela para ni\u00f1os peque\u00f1os cuida o educa? Hoy sabemos que en edades tan tempranas no hay posibilidades de pensar a la educaci\u00f3n disociada del cuidado, que estos no son aspectos contrarios sino complementarios, que son parte del mismo proceso: una educaci\u00f3n adecuada que integra el afecto y el cuidado, a la ense\u00f1anza de los conocimientos reconocidos como v\u00e1lidos y pertinentes desde lo cultural, lo social, lo moral.<br \/>\nQue como espacio educativo, debemos, a su vez, establecer las peculiaridades que lo identifican y que caracterizan las especificidades de las acciones educativas ni\u00f1os m\u00e1s peque\u00f1os: la tarea con las familias, el desarrollo del lenguaje, el abordaje de los contenidos, el rol del educador, sus estrategias e intervenciones, los espacios, los tiempos, los materiales, la organizaci\u00f3n institucional, la planificaci\u00f3n, las propuestas de ense\u00f1anza.<br \/>\nQue el Jard\u00edn Maternal N\u00ba 264 \u201cChupetes y Garabatos \u201ccomienza a funcionar el 22 de Marzo de 2010, a partir de aulas sat\u00e9lites que funcionaban en la guarder\u00eda N\u00b08 DINAF y pertenec\u00edan al Jard\u00edn \u201cMerceditas\u201d, que en ese momento era el \u00fanico jard\u00edn en el centro del Departamento, ese mismo a\u00f1o y debido a la gran demanda de vacantes, se traslada a las instalaciones de la Casa del Maestro y all\u00ed comienza a funcionar esta nueva instituci\u00f3n en la zona c\u00e9ntrica del Departamento, contando con una matr\u00edcula inicial de 80 alumnos en salas de 2 y 3 a\u00f1os en turnos ma\u00f1ana y tarde.<br \/>\nQue en el a\u00f1o 2011 y debido a la necesidad de abrir sala de un a\u00f1o, el mismo es trasladado a una casa m\u00e1s amplia alquilada por la Municipalidad de Rivadavia en San Isidro 1847 y en Marzo del mismo a\u00f1o comienza a funcionar con siete salas; cuatro en la ma\u00f1ana y tres en la tarde.<br \/>\nQue actualmente brinda servicio educativo a aproximadamente 100 ni\u00f1os y ni\u00f1as, con un personal docente de 8 profesoras de nivel inicial y 4 auxiliares de limpieza y cocina.<br \/>\nQue el espacio f\u00edsico actualmente destinado al Jard\u00edn no se encuentra habilitado correspondientemente y es un largo pedido de la comunidad educativa (principalmente los padres y madres) el de la construcci\u00f3n de un nuevo espacio.<br \/>\nQue la cobertura por la localizaci\u00f3n geogr\u00e1fica son los barrios del norte de la Ciudad de Rivadavia, ellos son B\u00b0 Inmaculada Concepci\u00f3n, B\u00b0 San Isidro II, B\u00b0 Villa Elvira, B\u00b0 Bienestar, B\u00b0 Carrascosa, B\u00b0 Posta de San Isidro, B\u00b0 Juan XXIII, B\u00b0 Ilbric, B\u00ba Mariano Moreno, B\u00ba Fader, con una demanda potencial de m\u00e1s de mil ni\u00f1os en situaci\u00f3n de vulnerabilidad social.<br \/>\nQue la Ley de Educaci\u00f3n Nacional N\u00ba 26.206 sostiene en el Cap\u00edtulo II Art. 18 que la educaci\u00f3n Inicial constituye una unidad pedag\u00f3gica y comprende a los\/as ni\u00f1os\/as desde los cuarenta y cinco (45) d\u00edas hasta los cinco (5) a\u00f1os de edad inclusive.<br \/>\nQue la Declaraci\u00f3n Mundial de los Derechos del Ni\u00f1o y la Ley Nacional N\u00ba 26.061 contempla la protecci\u00f3n integral de los derechos de ni\u00f1as, ni\u00f1os y adolescentes que se encuentren en el territorio de la Rep\u00fablica Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos derechos reconocidos en el ordenamiento jur\u00eddico nacional y en los tratados internacionales en los que la Naci\u00f3n sea parte.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>POR ELLO:<\/strong><br \/>\nEl Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>ORDENA<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 1\u00ba:<\/strong> Solic\u00edtese al Departamento Ejecutivo que incluya en el Presupuesto de Gastos del a\u00f1o 2018 la construcci\u00f3n de un edificio para el Jard\u00edn Maternal \u201cChupetes y Garabatos\u201d en el B\u00ba Juan XXIII en el Espacio para Equipamiento donado por Ordenanza N\u00ba 4.216\/05.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo 2\u00ba:<\/strong> Comun\u00edquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e ins\u00e9rtese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Dada en la Sala de Sesiones \u201cBandera Nacional Argentina\u201d, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 22 d\u00edas del mes de agosto\u00a0 de 2017.<\/p>\n<table>\n<tbody>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">Lic. BRUNO AMBROSINI<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">LUCIO GUTIERREZ<\/td>\n<\/tr>\n<tr>\n<td style=\"text-align: center;\">SECRETARIO H.C.D.<\/td>\n<td style=\"text-align: center;\">PRESIDENTE H.C.D.<\/td>\n<\/tr>\n<\/tbody>\n<\/table>\n<p style=\"text-align: right;\">Cpde. Expte. N\u00ba 2017-0138-5 H.C.D<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ORDENANZA N\u00ba 4.860 VISTO: La necesidad de ampliar la infraestructura escolar del departamento de Rivadavia de gesti\u00f3n estatal y promover el acceso universal a la educaci\u00f3n inicial; y CONSIDERANDO: Que el Jard\u00edn Maternal, como parte del Nivel Inicial, pertenece al sistema educativo formal y por lo tanto cumple funciones social y pedag\u00f3gica que caracterizan a [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":983,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[63,64],"tags":[],"class_list":["post-5967","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-ordenanzas","category-ordenanzasanteriores"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5967","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5967"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5967\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media\/983"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5967"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5967"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/coworkdigital.com.ar\/hcd\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5967"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}