
VISTO:
El Expediente Municipal Nº 2016-19768-9, caratulado Director de Hacienda, eleva Tarifaria Ejercicio 2017, y
CONSIDERANDO:
Que para la elaboración del proyecto de Ordenanza se han tenido en cuenta los aportes y recomendaciones efectuados por el personal de las distintas áreas de la Municipalidad. En primer lugar se ha dispuesto un incremento de la U.T.M. de $ 2,35 a $3.00, que se fundamenta en las siguientes motivaciones: 1. Nivelar razonablemente los desfasajes de precio de los servicios municipales, muy por debajo de la media tarifaria de otras jurisdicciones. 2. Absorber los impactos inflacionarios reflejados en los diversos bienes y servicios que se utilizan en las diferentes prestaciones municipales. 3. Contemplar el escenario macroeconómico nacional y provincial, evitando provocar desequilibrios económicos a los contribuyentes locales, insertos en un contexto de recesión y crisis incipiente. 4. Fomentar la actividad económica en el Departamento y la consiguiente tutela de las fuentes de empleo. Los incrementos puntuales que han sufrido determinadas tasas y/o derechos municipales en particular, aquellas vinculadas con derecho de comercio, responden principalmente a pautas de adecuación impositiva con valores prudenciales. En otros casos los incrementos tienen que ver con las notorias utilidades que obtienen ciertas actividades, en contra partida la exigua tributación que las mismas poseen, y en otros influyen los impactos sociales de algunas actividades que ameritan este tipo de incrementos como coto a su proliferación; siempre considerando la capacidad contributiva de los contribuyentes y las normas constitucionales que impiden la confiscatoriedad, la doble imposición y la violación del derecho de propiedad.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Apruébese el proyecto de Ordenanza obrante a fojas 04/ 68, del Expediente Municipal Nº 2016-19768-9.
Artículo 2º: Fijase el valor de la UNIDAD TRIBUTARIA MUNICIPAL (UTM) en la suma de PESOS TRES con 00/100 ($ 3,00).
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 24 días del mes de diciembre de 2016.
| Lic. BRUNO AMBROSINI | LUCIO GUTIERREZ |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTEH.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2016-00454-7 H.C.D
Nº 2016-19768-9 D.E.