
VISTO:
El Expediente Nº 2021-00177-7, caratulado: Bloque U.C.R. Concejales Machin- Amar- Gil presentan proyecto de Resolución: Construir un apeadero en calle Guillermo Cano e intersección calle San Juan del distrito El Mirador, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de construir un apeadero en calle Guillermo Cano e intersección calle San Juan del distrito El Mirador.
Que es sumamente necesario construir un apeadero ya que muchos niños/as, personal docente y no docente de la Escuela Fragata Libertad Nº 1-180 esperan el colectivo a la intemperie.
Que suelen presentarse en reiterados días del año, dependiendo de la estación que se encuentre, altas o bajas temperaturas, vientos y lluvias fuertes, y no hay en dicho sector ningún tipo de resguardo ante cualquier inconveniente climático.
Que lo vecinos que viven en dicha zona y asisten al uso del transporte público diariamente que traslada a la ciudad de Rivadavia o demás Distritos, se plantea un inconveniente ya que son numerosas las personas que esperan allí al colectivo, siendo la mayorías niños, adultos mayores, y personas con capacidades diferentes.
Que los vecinos del lugar han solicitado permanentemente a través de diversos pedidos para que se dé una pronta solución a este problema ya que también es una forma de prevenir accidentes viales, con la construcción de dicho apeadero.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo Nº 1: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, que realice la construcción del apeadero para el resguardo de los usuarios del transporte público de pasajeros sobre calle Guillermo Cano, a la altura de calle San Juan del distrito El Mirador.
Artículo Nº 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 21 días del mes de septiembre de 2021.
MARÍA INÉS DALLAGO MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.
Cpde. Expte. Nº 2021-00177-7 H.C.D.
