VISTO:
El Expediente Nº 2022-00047-1, caratulado Bloque UCR, Concejales MachinAmar- Gil, presentan proyecto de Ordenanza: Adherir a la Ley Provincial Nº 9.287 de
Oncopediatría, y
CONSIDERANDO:
La importancia de Adherir a Ley Provincial Nº 9.287 de Oncopediatría.
Que, Mendoza es la primera provincia del país en encontrar con una Ley de
Oncopediatría.
Que, se propone con esta Ley, mejorar la sobrevida global de los pacientes, así
como su calidad de vida y la de su entorno familiar, aumentar su estancia local sin alternar
la calidad de la atención; garantizar equidad al acceso de tratamiento en toda la Provincia y
establecer un sistema eficiente de referencia y contrarreferencia que asegure el correcto y
oportuno diagnostico y tratamiento.
Que, por otra parte, también promueve asegurar la calidad de los servicios médicos
para una detección temprana, diagnóstico y tratamiento desde un enfoque de derechos y
establecer un sistema de información estratégica que incluya la vigilancia epidemiológica,
el monitoreo y la evaluación del programa.
Que, es importante que los municipios participen de manera activa, ya que es la
forma en que todos los intendentes de Mendoza estén a la altura de las circunstancias.
Rivadavia no es ajeno a esta realidad y viene trabajando comprometidamente con la causa.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo Nº1: Adherir a la Ley Nº 9.287 de Oncopediatría.
Artículo Nº2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el
Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 28 días del mes de junio de 2022.
ILIANA ROQUE DR. HERNÁN AMAT
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.