VISTO:
El Expediente N°2022-00261-8, caratulado: Bloque UCR – Frente Cambia
Mendoza, concejal Rodríguez, presenta Proyecto de Declaración: Inclusión a los trámites
municipales de personas con hipoacusia, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de suprimir todo tipo de barreras comunicacionales existentes entre la
comunidad de personas sordas y el resto de la sociedad, mediante el reconocimiento de la
Lengua de Señas Argentina, y del derecho que tienen los sordos a usarla como medio de
expresión y comunicación válido, en el ámbito del territorio del departamento de
Rivadavia.
Que en base a la Ley N° 7.393 que habla sobre un sistema de protección integral de
los discapacitados, la que considera discapacitada a toda persona que padezca una
alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que, en relación a su edad y
medio social, implique desventajas considerables para su integración familiar, social,
educacional o laboral.
Que es importante apoyar todas las actividades de promoción, protección y
educación dentro del marco municipal. Que todos los ciudadanos deben tener las mismas
posibilidades cuando quieren recibir información de su municipio o poder ser parte de
cualquier programa que implemente éste mismo.
Que, la Municipalidad de Rivadavia, a través de un proyecto de la Dirección de
Recursos Humanos, desde el año 2016 a la actualidad, gracias al acompañamiento y
aprobación del Intendente Municipal Miguel Ángel Ronco, entendiendo que se debía
formar una organización inclusiva que estuviera preparada, se propuso la realización del
Curso de Lengua de Señas para los empleados municipales, atento a que el municipio tiene
empleados sordos que sufren esta patología y que asisten diariamente a realizar trámites o
solicitar servicios a este Municipio, así como también vecinos que concurren al municipio y
cuya dificultad para su entendimiento era un obstáculo para resolver sus necesidades y
requerimientos.
Que, la Comuna de Rivadavia es consciente de que toda persona tiene derecho a
vivir en forma independiente y participar plenamente en todos los aspectos de la vida. Es
por ello que, desde el año 2006, se viene trabajando en una política inclusiva que hace
especial hincapié en la inclusión de la Comunidad Sorda del Departamento.
Que, se comenzó a contar con la presencia de intérpretes de Lengua de Señas (LSA)
en el calendario de actividades previstas por el Municipio, siendo la Dirección de Cultura la
encargada de llevar a cabo la implementación de esta medida, como por ejemplo en
Vendimias, actos y en el Festival Rivadavia Canta al País.
Que, todo intento queda pequeño si hablamos de igualar derechos. Por ello, desde el
Área de Recursos Humanos e Higiene y Seguridad se busca ampliar la política de inclusión
que se ha venido desarrollando en estos últimos 10 años.
Que, surgió así la necesidad de capacitar a los empleados municipales de diversas
áreas (cuya función radique en la atención al público) en el conocimiento y uso de la LSA
para que puedan brindar una mejor atención a los vecinos que tienen discapacidad auditiva.
Que, en el año 2017 el curso dirigido a empleados municipales se extendió a todas
las personas y organismos interesados en aprender Lengua de Señas.
Que, el 23 de septiembre se celebra el Día Internacional de la Lengua de Señas,
proclamado por la ONU en noviembre de 2017. La fecha conmemora la creación de la
Federación Mundial del Sordo en 1951. Este día es una oportunidad única para apoyar y
proteger la identidad lingüística y la diversidad cultural de todas las personas sordas.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
DECLARA
Artículo No1: Incluir la posibilidad de acceder a los trámites municipales por medio de las
nuevas tecnologías, como son los códigos QR, links, y aplicaciones con el fin de disminuir
la brecha comunicacional y que se le dé amplia difusión en las vías de comunicación de la
comuna.
Artículo N°2: Disponer, acordar y coordinar con las áreas correspondientes la forma de
implementar el programa de lectura de señas y lectura de labios para personas con
hipoacusia y también para oyentes, con el fin de que los empleados municipales tengan la
posibilidad de formarse en este aspecto.
Artículo N°3: Que se evalúe la posibilidad de que se pueda transmitir la traducción
instantánea en las sesiones del HCD para que todos los ciudadanos tengan la misma
posibilidad de participar
Artículo N°4: Que, se invita al resto de los Municipios para que se sumen a la iniciativa
plasmada en la presente norma, como asimismo se comunique a la Cámara de Diputados de
la Provincia de Mendoza acerca de la sanción de esta normativa con el fin de que ese
Honorable Cuerpo legisle en igual sentido.
Artículo No5: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el
Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 15 de noviembres de 2022.
ILIANA ROQUE HERNÁN AMAT
SECRETARIA H. C.D. PRESIDENTE H. C. D.
Cpde. Expte. N.o 2022-00261-8 H.C.D