RESOLUCION N° 39-2022

VISTO:
El Expediente No2022-00277-4, caratulado Bloque Acción y Militancia Concejal presenta
Proyecto de Ordenanza -Demarcación de estacionamiento para personas con discapacidad en domicilios
particulares, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de un departamento más accesible e inclusivo para sus habitantes.
Que, es necesario adoptar medidas tendientes a garantizar derechos de las personas con
discapacidad, su seguridad vial y su comodidad.
Que, mayoritariamente en las zonas de mayor circulación del departamento, como lo es el
microcentro, los espacios de estacionamiento son los más utilizados y muchos de ellos se encuentran en la
vía pública de domicilios particulares donde viven personas con movilidad reducida o con alguna
discapacidad o que poseen vehículos particulares o no, que son vitales para el desarrollo de sus actividades
cotidianas y terminan implicando una limitación en su funcionalidad.
Que, ya son varios los reclamos de vecinas y vecinos del departamento que exponen tener que
estacionar a más de una cuadra de sus domicilios particulares, teniendo que trasladar a familiares con
discapacidad o con movilidad reducida varias cuadras en silla de ruedas, llegando al extremo de
trasladarlos en brazos.
Que, ante esta problemática se hace fundamental que los mismos cuenten con un lugar exclusivo
para estacionar frente a sus domicilios particulares.
Que, la Constitución Nacional, establece en su artículo 75 inciso 23:” Legislar y promover
medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y
ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes
sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con
discapacidad”.
Que, en el año 2006 la Asamblea General de Naciones Unidas aprobó la Convención sobre los
Derechos de las personas con discapacidad. El Congreso de la Nación adhirió a la misma dos años más
tarde, a través de la Ley 26.378, la misma señala que es necesario introducir adaptaciones y reforzar la
protección para que las personas con discapacidad, puedan ejercer de forma efectiva sus derechos a la
salud, educación, la accesibilidad y el trabajo.
Que, la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de discriminación
contra las personas con discapacidad, insta a los países a adoptar las medidas de carácter legislativo,
social. Educativo, laboral o de cualquier otra índole, necesarias para eliminar la discriminación y propiciar
su plena integración en la sociedad.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo 1o: Solicitar al Departamento Ejecutivo arbitre los medios necesarios para realizar la
demarcación del cordón amarillo y señalización en el pavimento exclusivo para el ascenso y descenso de
las personas discapacitadas con movilidad reducida en los domicilios particulares.
Artículo 2°: El solicitante deberá tramitar la reserva en mesa de entrada de la Municipalidad presentando
la siguiente documentación:
a) Nota solicitando la demarcación dirigida al Intendente.
b) Fotocopia del Certificado Único de Discapacidad (CUD).
c) Fotocopia de DNI.
d) Acreditación de domicilio (servicio o impuesto)
e) Fotocopia de documentación que indique el vehículo y licencia de conducir.
Artículo 3°: En caso de cambio de domicilio o fallecimiento del beneficiario de la reserva, deberá
realizarse el retiro de la misma presentando la siguiente documentación:
a) Nota de solicitud de retiro de la reserva.
b) Fotocopia de documentación que identifique el vehículo.
c) Partida de defunción.
Artículo 4°: Si por casos de fuerza mayor, la persona con movilidad reducida debió ser trasladada en otro
vehículo que no fuese el acreditado en la solicitud, podrá hacer uso del estacionamiento solo con tiempo
de permanencia no mayor a diez minutos.
Artículo 5o: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de
Resoluciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de
Rivadavia, Mendoza, a los 18 días del mes de octubre de 2022.

ILIANA ROQUE DR. HERNÁN AMAT
SECRETARIA H. C.D. PRESIDENTE H. C. D.

Cpde. Expte. No 2022-00277-4 H.C.D.

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