VISTO:
El Expediente No 2023-00032-2, caratulado Interbloque Sembrar concejales Pichilli – Mansur,
presentan Proyecto de Resolución: Capacitaciones sobre Boleta Única, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la sanción de la ley 9.375 se implementa en la Provincia de Mendoza el Sistema de
Boleta Única de Sufragio.
Que, el 11 de junio de 2023 se realizarán las elecciones P.A.S.O. (Primarias, Abiertas, Simultáneas
y Obligatorias) en la Provincia de Mendoza para la elección de autoridades departamentales y
provinciales, y posteriormente, el 24 de septiembre de 2023 se desarrollarán las Elecciones Generales
Definitivas.
Que, en nuestra Provincia se implementará por primera vez un sistema de votación mediante el
formato Boleta Única de Sufragio.
Que, dicho formato representa nuevas acciones en el acto electoral para toda la ciudadanía en su
conjunto: presidentes de mesa, autoridades escolares y militares, fiscales partidarios y votantes.
Que, dicho formato genera modificaciones en la metodología de votación eliminando la boleta
papel y el cuarto oscuro por una boleta única brindada en el momento al votante, un “box” para realizar el
acto electoral y la elección de los candidatos mediante la utilización de lapiceras.
Que, incluso se modifican las formas de recuento de los votos una vez finalizada la jornada
electoral.
Que, es responsabilidad de todo el arco político acercar a la ciudadanía la información pertinente y
necesaria sobre esta nueva metodología para garantizar el normal funcionamiento del acto electoral y de
esta manera fortalecer nuestra democracia.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo 1o: Generar un Programa dependiente del Honorable Concejo Deliberante con el objetivo de
informar y capacitar sobre el formato de Boleta Única de Sufragio y todo lo pertinente a las Elecciones
Provinciales y Municipales 2023
Artículo 2°: Habilitar al Honorable Concejo Deliberante a realizar convenios con entidades intermedias
para coordinar dichas actividades en el territorio y fortalecer la comunicación y difusión del programa.
Artículo 3°: Realizar material gráfico y audiovisual que acompañe dicho programa y pueda ser utilizado
por las instituciones intermedias participantes para ampliar la comunicación y difusión de la información.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de
Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de
Rivadavia, Mendoza, a los 04 días del mes de abril de 2023.
ILIANA ROQUE HERNÁN AMAT
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H. C. D.
Cpde. Expte. N°2023-00032-2 H.C.D.