VISTO:
El Expediente N°2023-00043-9, caratulado Bloque UCR – Frente Cambia Mendoza Concejal
Amar, presenta Proyecto de Resolución: Colocar cartelería sobre el uso obligatorio de las luces bajas
según Ley 25.456, y
CONSIDERANDO:
Que, la utilización de luces bajas, altas, de posición, de giro, son de vital importancia para la buena
conducción, ya que no solamente permite ver por donde vamos, y controlar el entorno, sino también sirva
para las demás personas que circulan en el mismo sector que uno, sea peatón o conductor de otro rodado.
Que, la causa radica fundamentalmente en la refracción de la luz en los objetos, lo que nos permite
distinguir, nos da noción de distancia y hasta de velocidad. Los automóviles no escapan a esta regla física,
por lo que debió hacerse obligatoria la utilización de luz baja en horario diurno.
Que, con un solo golpe de vista podamos distinguir en nuestros espejos retrovisores, al cruzar una
ruta, y en muchas otras circunstancias dentro del abanico de posibilidades que nos brinda a diario la vida
en las rutas.
Que, otro factor importantísimo es controlar el entorno para una conducción segura. Nunca
podemos dejar de ver lo que sucede a nuestro alrededor, sobre todo hacia adelante, ya que cuando el
vehículo aumenta la velocidad, se convierte en un potencial riesgo para quienes viajan en el interior del
automóvil, como para los transeúntes.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo mediante el área que corresponda, realice la colocación
de cartelería sobre las calles y rutas del departamento, indicando el uso de “LUZ BAJA OBLIGATORIA”,
según Ley N°25.456.
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de
Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de
Rivadavia Mendoza, a los 25 días del mes de abril de 2023.
ILIANA ROQUE HERNÁN AMAT
SECRETARIA H.C.D PRESIDENTE H.C.D
Cpde. Expte. N o2023-00043-9 H.C.D.