Ordenanza 4813-2016

ORDENANZA Nº 4.813

VISTO:
El Expediente Municipal Nº 2015-16042-3 caratulado Veterinaria Municipal eleva Pedido de reglamentación Ordenanza Nº 4372, y

CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo mediante Resolución de Intendencia Nº 1270-16, en su Artículo 2º solicita al Honorable Concejo Deliberante establezca el costo en U.T.M. de los costos del servicio de registración y multas por faltas al reglamento de acuerdo a la categoría de “canes” y “canes potencialmente peligrosos”.
Que la Comisión de Higiene Moralidad y Seguridad Pública mantuvo diversas reuniones con la encargada del área veterinaria municipal acordando en conjunto los montos a incorporar en la Ordenanza Tarifaria vigente.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Modifíquese el artículo 71º de la Ordenanza Tarifaria Nº 4.790, SERVICIO DE PROTECCION SANITARIA ANIMAL, lo siguiente:

a)  en el inc. 2, incorporar el apartado 2 bis, que dirá lo siguiente:
2- bis Por cada patentamiento de can potencialmente peligroso- – – – – – – 90 U.T.M.
b) Crear el inc. 7º, que dirá lo siguiente:
7- Por omisión del patentamiento – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – 80 U.T.M.
c) Crear el Inc. 8º, que dirá lo siguiente:
8- Ensuciar por deposición en la vía pública – – – – – – – – – – – –  – – -100 U.T.M.
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones, “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 01 días del mes setiembre  de 2016.

Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTEH.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2016-00250-9 H.C.D
Nº 2016-16042-3 D.E.

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