
ORDENANZA Nº4.679
VISTO:
La necesidad de introducir adecuaciones a la Ordenanza N°4.672/12, a efectos completar exigencias requeridas por el Decreto Provincial Nº1.982/12, que promueve la construcción de Bibliotecas Públicas en los Municipios de la Provincia de Mendoza.
CONSIDERANDO:
Que conforme lo dispuesto por el art 5 y 6 del Decreto Nº1.984, es necesario que este Cuerpo deliberativo efectúe la aceptación expresa de la obra propiamente dicha, a efectos de habilitar la correspondiente imputación presupuestaria en los registros contables del gobierno provincial.
Asimismo, es necesario conceder al Ministerio de Infraestructura y Energía de Mendoza en su calidad de comitente, la tenencia del terreno en donde será emplazada la biblioteca, durante el curso de ejecución que demande la misma, a fin de posibilitar y/o allanar las medidas técnicas, legales y operativas de rigor.
Que tales adecuaciones, resultan necesarias para conciliar los requerimientos del citado decreto, y de tal forma completar las condiciones para que se autorice la edificación de la biblioteca.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Incorpórese como Artículo 3º de la Ordenanza Nº4.672/12, el siguiente: “Artículo 3º: El H.C.D. de Rivadavia acepta la donación de la Biblioteca Pública Municipal, a construirse en el inmueble municipal individualizado en la presente Ordenanza, bajo el programa provincial previsto por el Decreto Nº 1.984, como obra propiamente dicha, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 5 y 6 de la citada norma.”
Artículo 2º: Incorpórese como Artículo 4º de la Ordenanza Nº4.672/12, el siguiente: “Artículo 4º: Autorizar al Sr. Intendente Municipal, a otorgar al Ministerio de Infraestructura y Energía de Mendoza la tenencia del inmueble destinado a la construcción de la Biblioteca Pública, durante el plazo de duración de la obra, a través del convenio específico que suscriba a tal efecto.”
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 21 días del mes de diciembre de 2012.
| JAVIER RODRIGUEZ | JUAN CARLOS AGÜERO |
| SECRETARIO H.C.D. | VICE PRESIDENTE 1º |
Cpde. Expte. Nº 2012-00370-9 H.C.D.