
ORDENANZA N° 4.464
VISTO:
La innegable importancia departamental de proteger todos aquellos bienes inmuebles que conforman su Patrimonio Histórico y Cultural, y
CONSIDERANDO:
Que este Concejo Deliberante sancionó el 29 de noviembre de 2000, la Ordenanza N° 3.880 mediante la cual se adhiere en todos sus términ os a las Leyes de Patrimonio Cultural de la provincia de Mendoza: N° 6.034 y N° 6.133
Que en tal sentido, es inexcusable que nos expidamos a favor de declarar “Patrimonio Cultural y Departamental al Centro Cultural Municipal “Juan Centorbi”, ubicado en calle Lavalle 740 de la Ciudad de Rivadavia.
DATOS: El actual edificio del Centro Cultural Municipal “Juan Centorbi”, nacido como Cine “Ducal” fue inaugurado el 07 de junio de 1963.
Consta de las siguientes dependencias:
– Sala cinematográfica.
– Oficinas: boletería, hall de recepción, administración y despacho.
– Hall de ingreso a sala cinematográfica con: bombonería, sanitarios, acceso a sala de proyección en entrepiso, exhibidores de cartelería.
– Salón contiguo al costado norte de la sala cinematográfica utilizable como oficina anexa con sanitarios y sótano (depósito)
– En el espacio donde funciona el hall de recepción y despacho (al costado sur del acceso a la sala cinematográfica) también se cuenta con sótano (depósito)
– Cabina de proyección.
– Con acceso por amplia escalera al costado norte de la sala cinematográfica se llega al Salón de Fiestas (primer piso hall de ingreso al cine). Dicho salón cuenta con pequeño escenario, camarines, sanitarios y cocina.
– Desde el Salón de Fiestas, por otra amplia escalera, se accede a la terraza que cuenta con una galería techada y cisterna.
El terreno donde se ubica el Centro Cultural Municipal “Juan Centorbi” (Cine “Ducal”) consta de 1.470,19 m2, a lo que se debe anexar un espacio contiguo sobre el costado norte de la sala cinematográfica de 212 m2 donde se encuentran las casillas del sistema de calefacción central (15.000 calorías) y sistema de bombeo (3.000 calorías) para llenado de la cisterna de agua que provee del servicio a todo el edificio (capacidad 15.000 litros). Esto hace un total de 1.682,19 m2.
Toda la estructura se ha realizado en material: ladrillos, cemento y hormigón armado.
Los entrepisos del hall de acceso a la sala con el Salón de Fiestas y de éste con la terraza se han construido con hormigón armado.
Los pisos del hall de acceso a la sala y dependencias anexas son de granito, mientras que los de la sala cinematográfica son de hormigón aislado con alfombras en los pasillos.
DETALLES DE LA SALA CINEMATOGRÁFICA:
– Capacidad para 987 personas (butacas), escenario de material ampliado con piso de madera y bases de caños.
– Doble sistema de cortinado cuyos comandos eléctricos se encuentran en la sala de proyección.
– Pantalla de proyección de 15 metros de largo por 7,50 metros de alto aproximadamente.
– Sonido: 4 parlantes en cada costado de la sala
– Paredes laterales construidas con ladrillos y hormigón armado, revestidas con machimbre hasta una altura aproximada de 2 metros y el resto con revestimiento acústico (telgopor)
– Techo con cabreadas metálicas, chapas de zinc en la parte externa y en la interna con revestimiento acústico de idénticas características a las paredes laterales de la sala.
Que estamos frente a un bien cultural de tal naturaleza, que debe ser de los pocos que la Provincia atesora en estos momentos. Esta realidad nos obliga a proponer su preservación y protección para “todos los tiempos”, haciéndonos responsables del reaseguro de nuestros valores patrimoniales.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: El Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, declara Patrimonio Histórico y Cultural Departamental, al Centro Cultural Municipal “Juan Centorbi”, ubicado sobre calle Lavalle 740 de la Ciudad de Rivadavia, provincia de Mendoza.
Artículo 2°: Remítase copia de la presente pieza legal a la Dirección de Patrimonio Histórico-Cultural de la Provincia a sus efectos.
Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 12 días del mes de noviembre de 2009.
| NICOLAS ARIEL FLOCCO | ENRIQUE LEÓN |
| A/C SECRETARIA | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2009-00364-7 C.D.