
ORDENANZA Nº 4.448
VISTO:
El Expediente Nº 2008-11256-3, mediante el cual Inversores Inmobiliarios S.A. ofrece la donación de terrenos a la Municipalidad de Rivadavia para la apertura de las calles Córdoba, Gaviola y prolongación Sargento Cabral; y
CONSIDERANDO:
Que es de vital importancia la apertura para la prolongación de calles Córdoba y Gaviola, por una medida de seguridad, solicitada por la Seccional 13ra de la Policía de Rivadavia, y que con la apertura de la prolongación de la calle Sargento Cabral interceptando en las mencionadas arterias, se obtendrá una mejor circulación vehicular al Noroeste de la Ciudad de Rivadavia.
Que en reiteradas ocasiones los vecinos de la zona han planteado el reclamo al Municipio, por la inseguridad reinante en esa zona, debido a la oscuridad que existe en ese sector.
Que el propietario de estos terrenos dona los mismos para la apertura de las calles citadas con el cargo de que el Municipio realice las siguientes mejoras: a) un puente sobre la hijuela de riego en calle Avellaneda; b) dos alcantarillas en la intersección de calle Sargento Cabral y Modesto Gaviola; c) apertura de calles; d) perfilado de cunetas en tierra; e) forestación de arbolado público; f) enripiado de dichas arterias.
Que el Director de Obras Privadas y Planificación, a fs. 10 del mencionado expediente dictamina la conveniencia de aceptar la donación ofrecida.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Acéptase la donación de terreno, con cargo, efectuada por el señor Oscar Javier Richitelli, en representación de Inversores Inmobiliarios S.A., a favor de la Municipalidad de Rivadavia, para la apertura de las calles Sargento Cabral, Modesto Gaviola y Córdoba de la Ciudad de Rivadavia, provincia de Mendoza, según plano de Mensura N° 10-15820 visado y archivado por la Dirección Provincial de Catastro, con fecha 04 de junio de 2009, que obra a fs.14 del expediente Municipal N° 2008-11256-3-R, inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz en tres títulos: Título I Matrícula 319889 A-1; Título II Matrícula 319890 A-1; Título III Matrícula 319891 A-1 de Rivadavia, parte de títulos ofrecidos a la apertura de calles y ochavas que a continuación se detallan:
Según plano de mensura y fraccionamiento visado por la D.P.C. bajo el N° 10/15820: SECTOR “A” prolongación calle Sargento Cabral 1.498,54 m2; SECTOR “B” prolongación calle Sargento Cabral 1.562,20 m2; SECTOR “C” prolongación calle Sargento Cabral 588,52 m2; prolongación calle Córdoba 1.480,99 m2; prolongación calle Modesto Gaviola 1.486,57 m2. También se aceptan las donaciones de las ochavas proyectadas como Polígono C punto 12’ en 3,27 m2; Polígono D en punto 15’ en 4,69 m2; Polígono B punto 26’ en 4,82 m2; Polígono E en punto 27’ en 3,36 m2; Polígono E en punto 28’ en 4,48 m2; Polígono B en punto 29’ en 3,43 m2; Polígono A en punto 3’ en 4,61 m2; Polígono F en punto 4’ en 3,63 m2; Polígono A en punto h en 3,46 m2.
Artículo 2º: El propietario tendrá a su cargo y será responsable del amojonamiento de las superficies afectadas a calles, supervisadas por la Dirección de Obras Privadas y Planificación de la Municipalidad de Rivadavia.
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal compensará por las superficies donadas las siguientes mejoras: a) un puente sobre la hijuela de riego en calle Avellaneda; b) alcantarilla en la intersección de calle Modesto Gaviola y Sargento Cabral; c) apertura de calles; d) perfilado de cunetas en tierra; e) forestación de arbolado público; f) enripiado de dichas arterias, con un presupuesto total aproximado de obra de $ 37.663,00 (pesos treinta y siete mil seiscientos sesenta y tres con cero centavos), de acuerdo al informe de la Dirección de Obras Públicas obrante a fs. 15 del citado expediente.
Artículo 4°: El Departamento Ejecutivo deberá notificar al donante de la presente Ordenanza y una vez promulgada deberá efectuar la registración traslativa de las superficies donadas a favor de la Municipalidad de Rivadavia en el Registro de la Propiedad Raíz y demás reparticiones intervinientes.
Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 25 días del mes de agosto del año 2009.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | LORENTINA LOMELLINI |
| SECRETARIO C.D. | VICE PRESIDENTE 1ra C.D. A/C DE LA PRESIDENCIA |
Cpde. Expte. Nº 2009-00255-7 C.D.
Expte. N° 2008-11256-3-R D.E.