
ORDENANZA Nº4.354
VISTO
El Expediente Nº2008-00185-7, caratulado Ediles del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, presentan Proyecto de Ordenanza, referido conformación Comisión Especial para el estudio de las bases normativas del Plan Departamental de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de establecer normas modernas que permitan enfocar adecuadamente la compleja temática que representa el Ordenamiento Territorial, los Usos del Suelo y la Gestión Ambiental Departamental y su necesaria relación y complementación con la Provincia y las Regiones de las que forma parte.
Por lo que, cabe conformar un espacio de trabajo Institucional que permita definir las bases normativas del Modelo Territorial Municipal para el corto, mediano y largo plazo, en el marco del Anteproyecto de Ley de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo, elaborado por el equipo técnico interdisciplinario dirigido por la Universidad Nacional de Cuyo.
I.- Sobre la importancia y alcances del Ordenamiento Territorial (O.T.):
Lo expuesto como introducción pone de manifiesto la importancia de diseñar pautas y estrategias de Ordenamiento Territorial para Rivadavia, entendido liminarmente como un “Plan de Sistematización Departamental de carácter complejo e interdisciplinario”, a fin de concebir una herramienta efectiva para la gestión del desarrollo local que posibilite localizar, seleccionar, clasificar y regular las actividades humanas que se desenvuelven en el Departamento, promoviendo su concordancia institucional, a fin de coordinar los distintos actores sociales en el marco del interés general; su concordancia territorial, de forma que cada actividad sea compatible con los usos del suelo; su concordancia social, en lo que se refiere a las necesidades y expectativas de la población, y también su concordancia ecológica, es decir entre los ecosistemas naturales y los productivos.
En definitiva, el fin último que justifica el desarrollo de este moderno instrumento de planificación, es su incuestionable beneficio para la vida de las personas y el mejoramiento de su comunidad.
Como tema central de la Planificación Territorial se debe contemplar al Suelo y a sus Usos, por ser el soporte físico y natural en el que se desarrolla la vida y las distintas actividades antrópicas, teniendo presente la variedad y composición de los suelos, la oportunidad y conveniencia de los criterios de zonificación y clasificación de actividades y las contingencias que pueden causar el deterioro o degradación de las propiedades físicas o la disminución de su fertilidad.
Este último aspecto (degradación de suelos), es de especial consideración, atento que contempla los peligros que pueden vulnerar a un recurso natural no renovable o de difícil renovación, que debe ser utilizado sin llegar a superar sus efectivas posibilidades, siendo en consecuencia necesaria su adecuada regulación.
Resulta evidente afirmar que toda descomposición o desequilibrio que provoquen las actividades humanas, – especialmente aquellas de tipo productivas, extractivas e industriales y también otras de índole sociocultural -, en razón del uso inadecuado de sus recursos, o su indebida distribución, ubicación y apropiación comprometen la utilización racional y sustentable del territorio, en definitiva altera su aptitud para la vida y los intereses generales de la comunidad, es por ello que se impone inexorablemente un abordaje dinámico de esta materia, conforme criterios científicos y la particularidad local.
Para el estudio y elaboración de esta iniciativa se tendría especialmente en cuenta las pautas, criterios y metodologías propuestas en el Anteproyecto de Ley Provincial de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo, estudio interdisciplinario dirigido por la Universidad Nacional de Cuyo, al que consideramos un documento señero de sólida elaboración científica y de notorio anclaje social. Este Proyecto fue elaborado por el equipo técnico compuesto por docente e investigadores, graduados y estudiantes de los organismos científicos y académicos con sede en la provincia de Mendoza, en el marco del Acta de Acuerdo Interinstitucional suscripta con el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas y las Comisiones de Ambiente Urbanismo y Vivienda de la Honorable Cámara de Diputados y la Honorable Cámara de Senadores de la provincia de Mendoza.
Entre los temas centrales que contendrá el estudio proponemos inicialmente los siguientes: Zonificación, Urbanística, Metodologías de Participación Ciudadana, Servicios Públicos e Infraestructura, Desarrollo Regional e Integración, Gestión Ambiental, Modelo Energético, Conservación de Recursos Hídricos, Preservación del Patrimonio Natural y Cultural del Departamento.
En conclusión, las ideas fuerzas que inspiren el resultado del trabajo serán sin lugar a dudas aquellas que aspiren a privilegiar un Ordenamiento del Territorio al servicio del pueblo, de la producción y el interés general, un plan territorial integrado en la Región y en la Provincia, que conserve la singularidad sociocultural del Departamento y por sobre todo un plan superador de intereses sectoriales ajenos al espíritu de bien público que debe presidirlo.
II.- Nociones y fundamentos sobre O.T. :
A continuación trazaremos algunos conceptos e ideas destacables sobre la materia en estudio.
El desarrollo humano presupone la existencia de un entorno favorable. En la actualidad, sólo es posible hablar de desarrollo humano desde la concepción de desarrollo sostenible, basado en una nueva definición de formas de relación entre el hombre y la naturaleza, el desarrollo sostenible se concibe como un cambio cultural.
La idea de sostenibilidad se relaciona con la de continuidad; es decir, “con la permanencia de la calidad de vida y de las oportunidades a que puede tener acceso la sociedad a lo largo del tiempo”.
En ese orden de ideas, se propone al Ordenamiento Territorial como una metodología para planificar el desarrollo sostenible.
Entre las distintas definiciones del ordenamiento territorial; citamos la que proporciona la Carta Europea de Ordenación del Territorio de 1983 que definió al O.T. como: “La expresión espacial de la política económica, social, cultural y ecológica de toda sociedad, con multitud de objetivos, entre ellos el desarrollo socioeconómico y equilibrado de las regiones, la mejora de la calidad de vida, la gestión responsable de los recursos naturales, la protección del medio ambiente, y por último, la utilización racional del territorio. Es a la vez una disciplina científica, una técnica administrativa y una política concebida como un enfoque interdisciplinario y global, cuyo objetivo es un desarrollo equilibrado de las regiones y la organización física del espacio, realizando la gestión responsable de los recursos naturales y la protección del medio ambiente, como también una utilización racional del territorio concepto rector”.
Desde este enfoque, – y conforme se anticipara – la planificación debe conciliar aspectos económicos, sociales, ambientales y prácticas culturales; planteando estrategias de uso y ocupación del territorio de acuerdo con las potencialidades y limitaciones del mismo. Así, se considera que la implementación de políticas de ordenamiento territorial debe comenzar por una adecuada evaluación del territorio.
Esto implica, como paso previo fundamental, el análisis territorial como modo de aproximación, a través del que se pueden conocer y explicar los procesos territoriales. Esto permite, posteriormente, arribar a un diagnóstico o evaluación del estado del territorio considerando los problemas a corregir y las potencialidades a desarrollar. En esta línea de pensamiento, es de suma importancia conceptual y práctica definir al territorio: “como una construcción histórica que refleja los modos de apropiación de una comunidad a través de sus formas de producción y organización social y espacial.”
En él se materializan las opciones de desarrollo de una sociedad; es decir, las actividades del hombre que modifican y transforman el ambiente”. “Aquello que llamamos territorio no es sólo el medio físico, sino la expresión espacial del estilo de desarrollo de una sociedad; la proyección espacial de las políticas económicas, sociales y ambientales de una sociedad” El territorio, así definido, “permite integrar los tres grandes componentes de lo que llamamos sostenibilidad y que no es otra cosa que considerar en pie de igualdad los aspectos económicos, los aspectos sociales y los aspectos ambientales”.
Desde la perspectiva de la sostenibilidad del territorio, el desarrollo sólo es posible conciliando las actividades y usos que genera una sociedad, resguardando la base que los sustenta. Para esto, es fundamental poder anticipar los efectos negativos que deriven de la localización de las actividades productivas, equipamiento e infraestructura, de los procesos de doblamiento y de la utilización de los recursos naturales.
De aquí que el ordenamiento territorial se justifique como método planificado de solución y prevención de los efectos del uso desordenado del territorio, proponiendo estrategias de optimización de la utilización del mismo. Estas estrategias tienden a la identificación de alternativas de uso sostenible sobre la base del conocimiento y valoración de los recursos, considerando el patrimonio territorial como soporte del desarrollo.
III.- Perspectiva metodológica:
Por otra parte estamos convencidos que si bien el abordaje de esta materia es necesariamente multidisciplinario, interinstitucional, participativo y por ende abarcador de múltiples agentes sociales, no es menos cierto que el Estado Municipal es una pieza esencial en el estudio, elaboración y ejecución de la propuesta de Ordenamiento Territorial Departamental, en tanto que fijará políticas, herramientas y estrategias sobre el espacio público local.
Por ello el Concejo Deliberante, como Departamento Político de planificación de los lineamientos estratégicos y de largo plazo del Departamento y de las normas de convivencia local, asimismo como agente catalizador de las distintas expresiones populares de la comuna, se erige en el órgano natural para generar el debate hacia la búsqueda de los consensos legitimantes necesarios que permitan trazar las acciones tendientes a poner en funcionamiento las bases de un futuro Plan de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo para el departamento de Rivadavia; resultado de una innovadora e indispensable experiencia de participación ciudadana, representativa de todas las voces de nuestra sociedad.
Para facilitar este trabajo, surge adecuado plantear el funcionamiento de una Comisión Especial en el seno del Concejo, para lo que es indispensable plantear pautas iniciales que posibiliten su inmediata operatividad y garanticen una amplia participación de los sectores sociales del Departamento.
Para la información, consulta y opinión de los vecinos, se propone implementar un Registro Digital de las actividades de la Comisión, procurando generar las condiciones para que los ciudadanos del Departamento contribuyan e interactúen y sean partícipes proactivos y responsables mediante la opinión informada y fundada en todas las etapas del Ordenamiento Territorial del Departamento, en razón de lograr un desarrollo local sustentable, equitativo, con amplia participación de todos los sectores populares; que garantice el cumplimiento de los principios del Federalismo y la Autonomía Municipal.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1: Créase en el seno del Concejo Deliberante de Rivadavia, una Comisión Especial destinada al estudio de las bases normativas y programáticas del Plan Departamental de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo.
Artículo 2: Los trabajos de la Comisión de Estudio de las bases normativas del Plan Departamental tendrá una duración de 9 meses, pudiendo dicha Comisión solicitar una extensión en el plazo si la complejidad en el tema amerita el pedido.
Artículo 3: La Comisión estará integrada por 5 Concejales, pudiendo el Titular designar un suplente en caso de su ausencia, y un representante del Departamento Ejecutivo. Contará con un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario, el resto de los miembros revestirán la calidad de vocales. Los cargos y su continuidad se decidirán por simple mayoría. La Comisión se reunirá quincenalmente en el Concejo Deliberante, deberá llevar un libro de Actas en el que se dejará sentado las metodologías y propuestas de trabajo y además deberá instrumentar un registro digital de las actividades en el marco de la página web del Concejo Deliberante. En dichas reuniones podrá invitarse a representantes de ONG, Organismos Públicos, estudiantes y directivos representantes de Universidades, Institutos y Terciarios de nuestro medio. La Comisión podrá dictarse sus propias normas de funcionamiento respetando las pautas aquí expuestas siendo de especial interés la determinación de las formas de convocatoria a terceros, metodologías de participación y canales de comunicación, garantizando un accionar transparente, democrático y participativo.
Artículo 4: La Comisión presentará informes trimestrales sobre los avances y conclusiones preeliminares del trabajo planteado, y un informe final, que contendrá los fundamentos de un futuro Proyecto de Ordenanza sobre las bases normativas de un Plan de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo del Departamento.
Artículo 5: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución, deberá imputarse a la partida presupuestaria correspondiente, debiendo procurarse un uso racional de las erogaciones que sean menester.
Artículo 6: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 15 días del mes de Abril de 2008.
| JAVIER RODRÍGUEZ | ENRIQUE LEÓN |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2008-00185-7 C.D.