
ORDENANZA Nº 4.844
VISTO:
Que la Calle Rufino Ortega de la Ciudad de Rivadavia, es de doble sentido de circulación, entre Arenales y Mariano Gómez, y
CONSIDERANDO:
Que la Calle Alem, se ha autorizado mediante artículo 5º de la Ordenanza Nº4830-16 que sea de un solo sentido de marcha, desde Lamadrid hasta Arenales. Este cambio de sentido incrementará la circulación vehicular en Calle Rufino Ortega, por lo que es indispensable realizar el cambio a un solo sentido a la citada arteria.
Que el artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades en su inc. 7º establece que es función del Honorable Concejo Deliberante reglamentar el tráfico de vehículos en calles públicas.
POR ELLO:
El Honorable concejo deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar el cambio de sentido de circulación de marcha a la calle Rufino Ortega, estableciendo como única dirección el sentido Este – Oeste, en el tramo comprendido por calles Arenales y Mariano Gómez.
Artículo 2º: Autorizar a la Dirección de Obras Públicas a realizar las obras de señalización correspondiente.
Artículo 3º: Comuníquese a la Dirección de Tránsito y Transporte Delegación Zona Este, al Jefe de la Delegación Vial de Rivadavia, al Sr. Comisario de la Seccional 13º del Departamento y a los vecinos frentistas.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 09 días del mes de mayo de 2017.
| Lic. BRUNO AMBROSINI | FABIAN MONTE |
| SECRETARIO H.C.D. | VICEPRESIDENTE 1º H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2017-00091-6 H.C.D.