Ordenanza 4293-2007

ORDENANZA N° 4.293

VISTO:
El Expediente N° 2007-02550-1-D, caratulado “DESARROLLO ECONÓMICO/ FONDO MUNICIPAL DE FINANCIAMIENTO A PRODUCTORES EN CRISIS” y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 01 del presente Expediente el Director de Desarrollo Económico hace referencia a la problemática por la que atraviézan los Productores afectados por Bodegas en crisis.
Que de la mencionada situación surge la imperiosa necesidad de proteger a aquellos pequeños y medianos productores a través del otorgamiento de créditos o préstamos que les permitan levantar sus cosechas y que de esta manera no resulten perjudicados por la crisis que atraviesan las Bodegas de nuestro Municipio.
Que la Resolución Provincial N° 2.225 a fin de atenuar parte de la situación de los productores del Distrito Medrano y su zona de influencia, por la quiebra de la Cooperativa Viñas de Medrano, autoriza a la Dirección Ejecutiva para que transfiera a favor de la Municipalidad del Departamento de Rivadavia la suma total de PESOS SESENTA MIL ( $ 60.000,00.-), en un todo de acuerdo con lo normado por la Ley Nacional N° 23.767, Acordada N° 2.514/97 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia  y Normas de Interpretación emanadas de éste y en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 6° y 7° inc. a ) de la Ley N° 6.462 y su modificatoria.
Que a fin de dar cumplimiento con la Operatoria de Fondo Municipal de Financiamiento para productores afectados, se adjunta la documentación a cumplimentar por los solicitantes de dichos créditos, a) Reglamento de Préstamos: en el cual obran todos los requisitos y condiciones para la obtención del mismo; b) Modelo de Solicitud de Préstamo: en carácter de declaración jurada; c) Modelo de Contrato de Mutuo: a celebrarse entre las partes( Municipio, Productor y Garante); d) Planilla de Amortización del Préstamo: a través de la composición y devolución de cuotas; e) Documento o Pagaré a la vista: suscripto por el obligado.

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en usos de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°:  Autorizar al Departamento Ejecutivo para que a través de su Departamento Contable, transfiera y suscriba toda la documentación que sea necesaria a fin de dar cumplimiento en el Municipio con la Operatoria de Fondo Municipal de Financiamiento para productores afectados por Bodegas en crisis, mediante el otorgamiento de créditos o préstamos por la suma total de PESOS SESENTA MIL ($ 60.000,00.-)

Artículo 2°: Modifíquese la Reglamentación del préstamo obrante a fs. 4 del Expediente Municipal N° 2007-02550-1, en sus Items N° 9 y 13 y agregar el N° 14 los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
9) La asistencia crediticia estará destinada a pequeños productores de hasta 15 ha. y será de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00.-) por ha., financiando hasta un máximo de 5 ha. por productor.
13) Los fondos que ingresen con destino a asistir a Productores afectados por Bodegas en crisis y su recupero, serán administrados por la Dirección de Desarrollo Económico de la Municipalidad de Rivadavia, o para la implementación de otras operatorias que apoyen el desarrollo económico social Departamental y/o afrontar situaciones de emergencia.
14) La asistencia crediticia aspira a que el productor pueda, además, mantener abierta la fuente de trabajo.

Artículo 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanza de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones  “ Bandera Nacional Argentina” , del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 08 días del mes de marzo del año 2007.

RUBEN DARIO GRANDO FLORINDA SEOANE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2007-00054-6 C.D.
N° 2007-02550-1-D D.E.

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