Ordenanza 4847-2017

ORDENANZA Nº 4.847

VISTO:
El Expediente Nº 2017-03998-9 mediante el cual la Secretaria de Hacienda remite Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 1.717, y

CONSIDERANDO:
Que mediante el mencionado Decreto se actualiza la reglamentación del régimen de viáticos de la Provincia, a fin de establecer un marco legal único para su liquidación y rendición.
Que en su Artículo 42º se invita a los Municipios a adherir a dicha disposición.
Que la Ley Nº 7.153 regula el otorgamiento de viáticos y pasajes a los funcionarios y personal de planta de la administración pública.
Que tanto la Ley como Decreto citado derogan toda norma previa que hubiera legislado sobre la materia, que se oponga a las disposiciones de los mismos, por lo que se convierten en los únicos marcos legales existentes para otorgar viáticos por misiones fuera del radio normal de trabajo.
Que el Decreto Provincial Nº 1.717 establece en el Artículo 9º una nueva escala de valores para liquidación de viáticos del Poder Ejecutivo Provincial.
Que en consecuencia se sugiere adherir expresamente a estas disposiciones en tantos sean de alcance municipal, con las equivalencias pertenecientes en la terminología.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Adhiérase en general a las disposiciones de la Ley Nº 7.153 en cuanto a las obligaciones de rendir cuentas de todo dinero otorgado en concepto de viáticos y pasajes.

Artículo 2º: Adhiérase al Artículo 9º del Decreto Nº 1.717 del Poder Ejecutivo Provincial, referido a la forma de liquidar y rendir dichos fondos, que incluye al personal municipal, estableciendo la siguiente escala de cargos y valores propios:

– Intendente, Presidente del H.C.D., otorgar el 3% sobre la Asignación de la Clase más los conceptos por gastos de representación que percibe actualmente el Intendente por ejercicio de sus funciones.
– Jefe de Gabinete, Concejales, Secretarios del Departamento Ejecutivo, otorgar el 3% sobre la Asignación de la Clase más los conceptos por gastos de representación que perciben actualmente los Secretarios por el ejercicio de sus funciones.
– Asesor Legal, Contador Municipal, Directores, Subdirectores, otorgar el 3%  sobre la Asignación de la Clase más los conceptos por gastos de representación que perciben actualmente dichas autoridades por el ejercicio de sus funciones.
– Agentes Municipales desde la clase 3 A hasta la clase 13 I del Escalafón Municipal, otorgar el 3% sobre la Asignación de la Clase que perciben actualmente por el ejercicio de sus funciones.

Artículo 3º: Ratifíquese lo dispuesto por el Departamento Ejecutivo mediante Resolución Nº 0564/2017, respecto al sistema de liquidación y rendición de cuenta de todo dinero que perciban funcionarios y/o  agentes municipales en concepto de viáticos y pasajes.

Artículo 4º: Deróguese toda disposición que se oponga a la presente.

Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 30días del mes de mayo de 2017.

Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2017-00119-5 H.C.D.
Expte. Nº 2017-07186-7 D.E.

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