Ordenanza 4182-2004

ORDENANZA N°4.182

VISTO
El Expediente Municipal N°2004-14975-9-D, por el cual el Señor Director de Hacienda solicita modificación al Presupuesto año 2004, y

CONSIDERANDO
La Ley de Contabilidad N° 3.799, en su Artículo 1° establece el alcance de la misma abarcando a las municipalidades en su primer párrafo, asimismo la Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo 131 determina que: “No podrá ordenarse ningún gasto por intendencia que exceda el crédito o cantidad fijada en el inciso o ítem del presupuesto u ordenanza especial respectiva, ni invertirse las cantidades votadas o recursos recaudados para objetos determinados, en otro distintos. Todo gasto que fuese necesario hacer y que no esté incluido en la ordenanza del presupuesto debe ser necesariamente autorizado por el concejo en ordenanza especial, pudiendo el intendente hacer uso de la facultad acordada en el Inc 9 del Artículo 105 de esta ley, si el concejo se encontrare en receso  la necesidad del gasto fuese imperiosa, urgente y grave”.
Con fecha 22 de Diciembre de 2003, mediante Ordenanza del Concejo Deliberante N° 4.133 y Resolución N° 1.644 de Intendencia del 29 de Diciembre de 2003 fue aprobado el presupuesto 2004.
En el presupuesto de recursos oportunamente aprobado no se ha incluido la partida 7.4. del Acuerdo 3.278 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Mendoza denominado “Remanente del Ejercicio anterior”, la cual según su codificación  responde a la Sección Financiamiento.
Que existe al día de la fecha partidas principales que se agotarán antes de la finalización del ejercicio, debido al incremento de los gastos originados por la actividades realizadas por el Municipio.
Que el remanente del ejercicio anterior se traduce actualmente como disponibilidad de efectivo del ejercicio.
Que existen partidas principales que tendrán un saldo no utilizado al finalizar el ejercicio.
Que oportunamente se aprobó un aumento de sueldos a través de una asignación no remunerativa a los empleados municipales, lo que se tradujo en un incremento de gastos en dicha partida, como así también modificaciones en la sub-partida de personal del Concejo Deliberante.
Que se han autorizado compra de terrenos, las que se imputan a la partida de bienes preexistentes y la misma no tiene el crédito suficiente.

POR ELLO
El  Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza,  en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Amplíese el Presupuesto de Recursos año 2004, incorporando la Partida N° 7.4. “Remanente del Ejercicio anterior”, en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 29/100($378.689,29), correspondiente al superávit fiscal del ejercicio anterior según lo establece el acuerdo 3.278 de HTC., y destinar dicha ampliación del presupuesto de recursos, a la ampliación de la partida principal PERSONAL del presupuesto de gasto año 2004, realizando el traspaso de partidas según el siguiente detalle:

Partida principal de origen Partida principal de destino Importe
Trabajos Públicos Personal 93.310,71
Trabajos Públicos Servicios 85.000,00
Trabajos Públicos Transferencias Corrientes 40.000,00
Trabajos Públicos Bienes Preexistentes 68.000,00
Total a transferir de TRABAJOS PÚBLICOS 289.310,71
Amortización de la deuda Bienes 152.000,00
Total a transferir de AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA 152.000,00
AMPLIACIÓN DE RECURSOS
Cuenta Descripción P. Original Ampliación Definitivo
7-7-0-00-00 Remanente del Ejerc. anterior 0,00 378.689,29 378.689,29
Total Ampliación 0,00 378.689,29 378.689,29

Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, dése al Registro Municipal, publíquese e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 09 días del mes de noviembre de 2004.

NICOLAS ARIEL FLOCCO LUIS GABRIEL PEDERNERA
A/C SECRETARIA  C.D. VICEPRSIDENTE 1° C. D.

Cpde. Expte. Nº 2004-14975-9 D.E.
N° 2004-00510-9 C.D.

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