
ORDENANZA N° 4.180
VISTO:
El Expediente Municipal N° 11283-2-C-98, caratulado Cooperativa de Vivienda MARCIAL PEREZ, solicita Instrucción Loteo, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de cumplimentar el Artículo 8° Ley N° 4341-79, de la aprobación en forma definitiva total del loteo Barrio Los Leños, por Resolución Ministerial N° 2-H-2004, con el objeto de inscribir la Donación de prolongaciones de calles, calle, espacio libre, pasaje peatonal y ochavas de COOPERATIVA DE VIVIENDA BARRIO JARDIN MARCIAL PEREZ LIMITADA, el que cuenta con plano archivado en la Dirección Provincial de Catastro, bajo el N° 13207 de Rivadavia.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Acéptese la DONACIÓN DE LA COOPERATIVA DE VIVIENDA BARRIO JARDIN MARCIAL PEREZ Limitada a la MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA, de los rasgos de terrenos destinados a prolongación de calle Italia, prolongación calle Las Heras, prolongación calle Sargento Cabral, prolongación calle 25 de mayo, calle Rosedal, espacio libre, pasaje peatonal y ochavas, pertenecientes al Barrio Los Leños, aprobado por Resolución Ministerial N° 2-H-2004, cumplimentando el Decreto-Ley 4341-79, constante de una superficie total según mensura de 1h. N° 0618,96 m2, según Título I en 1h.0088,82 m2 y según Título II en 1.346,34 m2, inscripta en el Registro de la Propiedad Raíz como parte del Titulo I: Matricula N° 182570-10, Asiento A1, 27-032003 y como parte del Título II: Matricula N° 182571-10, Asiento A 1, 27-03-2003, con plano archivado en la D.P.C. bajo el N° 13207 de Rivadavia, sin derecho de riego.
Artículo 2°: Notifíquese a la Dirección Provincial de Catastro, Departamento General de Irrigación, Cooperativa Eléctrica y Anexo Popular de Rivadavia Ltda, O.S.M.S.A., Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Contaduría, Asesoría Legal, Secretaría de Gobierno, Obras Privadas, Obras Públicas y Catastro.
Artículo 3°: Por el Área de Catastro procédase a realizar las tramitaciones pertinentes para la respectiva inscripción en el Registro de la Propiedad Raíz.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, dése al Registro Municipal, publíquese e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Concejo Deliberante de Rivadavia, a los 25 días del mes de octubre de 2004.
| RUBEN DARIO GRANDO | LUIS PEDERNERA |
| A/C SECRETARÍA C.D. | VICE-PRESIDENTE 1°C.D. A/C PRESIDENCIA |
Cpde. Expte. Nº 98-11283-2 D.E.
N° 2004-00446-7 C.D.