
ORDENANZA N° 4.105
VISTO
El expediente N° 2003-00138-1, por el cual la Unión Vecinal Juan XXIII, informa próxima terminación del Barrio y proponen el nombre de San Agustín a calle, y
CONSIDERANDO
Que dentro del Barrio mencionado, existe una calle que no tiene nombre y que es la prolongación de calle Lencione.
Que dicha calle en la actualidad y por ser nueva no cuenta con nombre alguno.
Que, al expediente de solicitud se lo acompaña por una gran cantidad de firmas de vecinos apoyando tal solicitud, superando ampliamente el 75% requerido para tal fin.
Que, la propuesta de los asociados del B° Juan XXIII, es imponer a la misma el nombre de “San Agustín”.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia Mendoza y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Denomínese con el nombre de San Agustín a la calle interna del Barrio Juan XXIII, prolongación de calle P. Lencione, consignada en el Plano de Loteo, obrante en la oficina de catastro de la Municipalidad de Rivadavia.
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), al 13 de agosto de 2.003.
| MARCELO ARBOLEDA | JESÚS ONTIVEROS |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2003-00138-1-U H.C.D.