
ORDENANZA N° 4.073
VISTO
La necesidad de aceptar la donación ofrecida por los herederos de ELSA SATURNINA LUQUEZ SALINAS Y BRAULIO LUQUEZ SALINAS, y
CONSIDERANDO
Que para un mejor desarrollo urbanístico de la zona, lograr la eliminación de un terreno baldío colindante a dos importantes barrios, a una Escuela y además, el Municipio ha tenido que asumir su limpieza en varias oportunidades, por el peligro que ocasiona a la seguridad de los vecinos.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza:
ORDENA
Artículo 1°: Acéptase la donación de ELSA SATURNINA LUQUEZ SALINAS, D.N.I. N° 8.331.621 y BRAULIO FROILAN LUQUEZ SALINAS ( fallecido ); a trevés de sus únicos y universales herederos; MERCEDES WENCESLADA ESPINA D.N.I
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), a los 16 días del mes de abril del año 2003.
| MARCELO ARBOLEDA | JESÚS ONTIVEROS |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2003-00060-7-U H.C.D.