
ORDENANZA N° 3.978
VISTO
El Expediente Municipal N°2000-10251-3, por el cual el Señor Ventura Juan Carlos, ofrece donación de terreno, Y
CONSIDERANDO
Que a fs. 14 del citado expediente el Departamento Ejecutivo, remite un Proyecto de Ordenanza, aceptando la donación efectuada.
Que conforme lo establece el artículo 6° de la Ley N° 3596/69, los propietarios de terrenos se obligan a efectuar la donación de los rasgos correspondientes a prolongación calles y ochavas.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Acéptase la donación de terreno efectuada por el Sr. JUAN CARLOS VENTURA D.N.I. 10.812.022, con domicilio en calle Yapeyú N° 104 , del Departamento de San Martín, Provincia de Mza., según consta en Expte N° 2000-10251-3-V “VENTURA JUAN CARLOS / OFRECE DONACIÓN TERRENO” a la Municipalidad de Rivadavia, de un rasgo de terreno destinado prolongación calle Güemes, calle Américo Abraham, prolongación y ensanche calle Emilio Catena, constante de una superficie según mensura: 4.042,92 m2; superficie según título: 3.537,68 m2 y los derechos y acciones posesorias, pertenecientes a una propiedad inscripta en el Registro Propiedad Raíz como plano archivado Dirección Provincial de Catastro bajo el N° 10/12304, Nomenclatura Catastral 10-99-00-0400-389694, Padrón de Rentas: 18098/10 y Padrón Municipal: no tiene; posee derecho de riego según Resolución N° 128284. TEXTO MODIFICADO1
Artículo 2°: En compensación, la Municipalidad de Rivadavia, se compromete a efectuar los siguientes trabajos:
a.-Demarcación en el terreno correspondiente al rasgo donado.
b.-Enripiado y compactado de calles.
c.-Arbolado público.
d.- Confección de plano de mensura y transferencia del dominio a favor de la Municipalidad.
e.-Apertura y perfilado de acequia en tierra.
Artículo 3°: La Municipalidad efectuará la transferencia dominal de la presente donación, cuando el propietario presente los certificados finales de obras de urbanización (alumbrado público, red de agua potable y red de electricidad).
Artículo 4°: Tome conocimiento secretaria de Obras y Servicios Públicos, Contaduría y Asesoría Legal.
Artículo 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanza de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia(Mza.), a los 07 días del mes de mayo de 2002.
| RUBEN DARIO GRANDO | FLORINDA SEOANE |
| A/C SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2000-10251-3 D.E.
Cpde. Expediente N°2002-00104-4 H.C.D.
1 TEXTO MODIFICADO: La presente Ordenanza es modificada por Ordenanza Nº 4.051 de acuerdo al siguiente texto: Artículo 1°: Modificase el Artículo 1° de la Ordenanza N° 3.978/02, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1°: Acéptase la donación de terreno efectuada por el Señor JUAN CARLOS VENTURA (D.N.I. N° 10.812.022), con domicilio en calle Yapeyú N° 104, del departamento de San Martín, Mendoza, según consta en el Expediente Municipal N° 2000-10251-3-V «VENTURA JUAN CARLOS / OFRECE DONACIÓN TERRENO A LA MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA», de un rasgo de terreno destinado a la Prolongación de calle Guemes, calle Américo Abraham, Prolongación y ensanche calle Emilio Catena, constante de una superficie según Mensura de 4.042,92 mts; Superficie según título: 3.537,68 mts perteneciente a una propiedad inscripta en el Registro de la Propiedad Raíz como 2° al N° 21.338, fojas 50, T° 51 » D » Rivadavia, fecha 09/05/97, plano archivado Dirección Provincial de Catastro N° 10/12.304, Nomenclatura Catastral 10-99-00-0400-389694, Padrón de Rentas: 18098/10 y Padrón Municipal: NO TIENE; posee derecho de riego Definitivo para 9.638 m2, C.C. 2.409/0274, Padrón General 105311, PP 4, Plano N° 6.544 B del Departamento General de Irrigación, registra un Pozo desmantelado de O 6″ N° 88/930, no se ubica en el terreno en trámite de renuncia expediente N° 202201