Ordenanza 3856-2000

ORDENANZA N°3.856

VISTO
Las actuaciones del Expte N° 2000-11543-2-A,  caratulado «AREA DE VIVIENDA/ ELEVA CONVENIO CON UNION VECINAL JESUS MISERICORDIOSO» y

CONSIDERANDO
Que a efectos de beneficiar a los miembros de la UNION VECINAL «JESUS MISERICORDIOSO» en relación a la ejecución de 40 viviendas, del Programa «MUNICIPIO Y DESARROLLO COMUNITARIO» ubicadas en Manuel Bermejo o Estanislao del Campo, EI Mirador, Rivadavia, Provincia de Mendoza, se hace necesario ratificar los instrumentos contractuales entre la Dirección de Vivienda de la Municipalidad de Rivadavia y  la Unión Vecinal mencionada.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades.

ORDENA

Artículo 1°: Ratificase el Convenio para la ejecución de 40 viviendas, sistema por administración, Programa Municipio y Desarrollo Comunitario entre la Municipalidad de Rivadavia y la Unión Vecinal «JESUS MISERICORDIOSO » de Rivadavia (Mza.), obrante a fs. 2/6 del expte. 2000-11543-2-A caratulado «AREA DE VIVIENDA / ELEVA CONVENlO CON UNION VECINAL «JESUS MISERICORDIOSO», que forma parte integrante del presente.

Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al 13 de octubre de 2.000.

SILVANA RUTH FRANCESE ALDO FEDERICO MINELLI
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2000-00606-0 H.C.D.
N°2000-11543-2 D.E.

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