
ORDENANZA N° 3.746
VISTO
El Expediente Municipal N° 99-06318-2-I, por el cual el Sr. Intendente Municipal remite el Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio Financiero 1999, y
CONSIDERANDO
Que debido a lo avanzado del año, y ante la transición democrática en curso, es necesario consensuar y equilibrar los gastos con los ingreso recibidos por el Municipio, debido a la grave crisis financiera y económica por la que atraviesa el Municipio de Rivadavia y que en su oportunidad determinó el dictado de las Resoluciones de Intendencia N° 034/99, donde fijó una disminución en las remuneraciones del Señor Intendente y sus funcionarios y N° 214/99, que en clara expresión de la profundidad de las crisis económico financiero del Municipio determinó sustanciales recortes en prestación de servicios y ahorros en la gestión operativa municipal, suspendiéndose así otorgamiento y entrega de subsidios por cualquier motivo, optimización del consumo de energía eléctrica y combustibles, reducción de las compras en todas las Áreas de la Municipalidad, rescisión del contrato de locación del local donde funcionaba el Cine Ducal; suspensión del pago de adicionales de sueldos; y la consecuente implementación de medidas para incrementar los recursos.
Que en el Presupuesto presentado a este Cuerpo, en el mes de junio del corriente año, no contemplaba los ingresos extraordinarios, debido al reclamo por alumbrado público, otorgado por el Gobierno Provincial mediante la sanción e la Ley N° 6670, artículo 4°, Inciso Q, apartado 2, la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000).
Que el Gobierno Municipal, recibió también del Tesoro Nacional un aporte de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-) como así también un monto de SETENTA Y DOS MIL PESOS ($ 72.000.-) de aportes no reintegrables (Ley N° 5892).
Que, como se podrá observar estos TRES MILLONES SETENTA Y DOS MIL PESOS ($ 3.072.000,00) que ingresaron de recursos extraordinarios representan un 29% del total de ingresos, siendo esta suma de otra jurisdicción y que no podrán de ninguna manera contarse para el próximo ejercicio.
Que, asimismo, la Comuna recibió la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000,00) provenientes del Fondo Fiduciario de Obra Pública por cuanto tiene destino específico para obras de pavimentación, mejora de accesos viales al Departamento, Miniprovincia Infantil, nichos, etc., todas obras que se agregan al patrimonio Municipal.
Que el próximo Gobierno, contará con recursos genuinos hasta la suma de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRÉS MIL CATROCIENTOS ($ 7.423.400,00), para hacer frente a las erogaciones corrientes y de capital y que solamente en personal este año se lleva la suma de SEIS MILONES QUINIENTOS VINTITRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 6.523.550,00), que representa el 88% del total, sin tener en cuenta los Contratos de Locaciones de Servicios impagos a la fecha, que tendrán una incidencia en el aumento del porcentaje mencionado anteriormente, quedando OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 899.850,00), que representa el 12% para hacer frente a Servicios, Bienes de Consumo, Transferencias Corrientes, Bienes de Capital y Obras Públicas.
Que observando lo anteriormente dicho, es necesario que a través de nuestros Legisladores departamentales modificar sustancialmente la Ley de Coparticipación Municipal N° 6.396 en cuanto a la Distribución Secundaria, que vence el 31 de diciembre del corriente año, donde Rivadavia tendrá que defender una base del 30% más como garantía que contiene la actual Ley en su artículo N° 9, por habitante.
Que será necesario y en forma urgente mejorar la calidad de los servicios prestados por el Municipio, en el convencimiento, que la mejora en estos servicios implicará una mejora sustancial en la recaudación por dicho concepto, teniendo en cuenta que paulatinamente se produce una disminución de la recaudación por la extinción de los planes de pago y apremios que se están llevando adelante, siento tarea irrenunciable la política llevada adelante por el Área de Apremios de la Comuna, que deberá mantenerse en el transcurso del tiempo.
Que será tarea de este Concejo Deliberante y en especial de la Comisión de Hacienda y Presupuesto llevar adelante una profunda tarea en la aplicación de la Ordenanza Tarifaria del 2.000, con respecto a lograr incrementar los recursos genuinos con las empresas petroleras y de servicios radicadas en nuestro medio.
Que uno de los factores que llevaron a la Municipalidad de Rivadavia a estado financiero, es la constante y permanente transferencia de las obligaciones nacionales y provinciales a los Municipios, dejando a estos ante la disyuntiva de prestar estos servicios con recursos propios o dejar desprotegidos a vastos sectores más necesitados de nuestra sociedad, lo que deberá revertirse en el corto plazo, asumiendo con exclusividad las obligaciones que la Ley determina.
Que debido al tiempo transcurrido desde el dictado de la Resolución de Intendencia N° 34 de la fecha 07 de enero del corriente año, por la cual todo el departamento Ejecutivo se reduce sus haberes mensuales debido a la crisis que atraviesa el Municipio, se ha implementado una nueva modalidad para establecer las remuneraciones del los Funcionarios del Departamento Ejecutivo como así también los del Deliberativo.
Que en el día de la fecha, la Comisión de Hacienda citó al Jefe de Personal Sr. Alberto Busetti, con las planillas de sueldos del presente año para ratificar en la Ordenanza en tratamiento lo percibido por los Funcionarios del Ejecutivo y del Deliberativo, en concepto de sueldos durante el año 1999, evitando de esta manera el posible reclamo de cualquier concepto.
Que la Comisión de Hacienda y Presupuesto, encomendó al señor Contador Municipal la reformulación de este Proyecto con las siguientes pautas: incorporación de los Ingresos Extraordinarios recibidos oportunamente y la adecuación de los Recursos de Jurisdicción Municipal, como así también los de origen Provincial y Nacional, y el ajuste de las Erogaciones, que se encuentran en planillas obrantes a fs. 36/41, que forma parte integrante del Proyecto de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio Financiero 1999.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades.
ORDENA
Artículo 1°: Rechazase el Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 2/3 del Expediente N° 99-06318-2 caratulado “Intendente Municipal eleva proyecto de Presupuesto Ejercicio 1999”.
Artículo 2°: Fijase el Presupuesto de Gastos y Cálculos de Recursos del Ejercicio Financiero 1999 en la suma de PESOS DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS ($ 410.495.400,00), en un todo de acuerdo con las planillas de Cálculo de Recursos y Erogaciones que forman parte integrante de la presente Ordenanza y obrantes a fs. 36/41, del Expediente Municipal N° 99-06318-2-I, caratulado Intendente Municipal eleva proyecto de Cálculo de Recursos y Gastos para el Ejercicio Financiero 1999.
Artículo 3°: Reemplácese las denominaciones de las siguientes Sub-.Partidas DE INGRESOS
A) N° 2-1-1-00 PRESTAMOS VARIOS, por la de “Convenio F.F.O.P” por un monto de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($350.000).
B) N° 3-2-0-00 PRESTAMOS por la de “Artículo 4to. Inc. Q, Apartado 2 Ley N° 6670.
Artículo 4°: Créanse la siguientes Sub Partidas de EROGACIONES:
A) N° 5-1-2-0-00
B) N° 5-2-1-01 01 CONVENIO F.F.O.P 03 POR EJERCICIO 1996, 1997 Y 1998
Artículo 5°: Ratifíquese la Resolución Municipal N° 034/99, de fecha 07 de enero de 1999, que pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza que obra a fs. 4, 5 y 6 del Expediente Municipal N° 99-06318-2, Departamento Ejecutivo, eleva Proyecto Presupuesto Ejercicio 1999.
Artículo 6°: Fijase con carácter excepcional para el presente Ejercicio, según Resolución de Intendencia N° 034/99. La remuneración del señor Intendente Municipal en un monto equivalente a la suma de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEVE ($ 2.829,00), por todo concepto, la que deberá liquidarse de la siguiente manera:
Dieta – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – 1.114,50
Gastos de Representación – – – – – – – – – – – – – 1.414,50
Artículo 7°: Fijase la remuneración del Señor Presidente del Honorable Concejo Deliberante, en n monto equivalente a la suma de PESOS DOS MIL seiscientos noventa y seis con 77/100 (2.696,77), por todo concepto, lo que deberá liquidarse de la siguiente manera:
Dieta – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – 1.618,06
Gastos de Representación- – – – – — — – – – – 1.078,71
Artículo 8°: Fijase la remuneración para los Señores Concejales en un monto equivalente a la suma de PESOS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO CON 65/100 (1.968,65), por todo concepto, lo que deberá liquidarse de la siguiente manera:
Dieta – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – -1.213,55
Gastos de Representación- – – – – – – – – – – – – -755,10
Artículo 9°: Fijase con carácter excepcional para el presente Ejercicio, según Resolución de Intendencia N° 034/99. la remuneración para los Secretarios del Departamento Ejecutivo en una remuneración mensual equivalente a la suma de PESOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA ($1.850,00),por todo concepto, lo que deberá liquidarse de la siguiente manera:
Dieta- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –925,00
Gastos de Representación- – – – – – – – – – — -925,00
Artículo 10°: Fijase, con carácter excepcional para el presente Ejercicio, según la Resolución de Intendencia N° 034/99. la remuneración para los Directores del Departamento Ejecutivo, Contador Municipal y Asesor Letrado, en un monto equivalente a la suma de PESOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS ($1.682,00) por lo todo concepto, lo que deberá liquidarse de la siguiente manera:
Dieta – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – -841,00
Gastos de Representación – – – – – – – – – – -841,00
Artículo 11°: Fijase la remuneración al Señor Secretario del Honorable Concejo Deliberante en un monto equivalente a la suma de PESOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON 69/100 ($1.771,69), por todo concepto, lo que deberá liquidarse de la siguiente manera:
Dieta- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – -1.092,19
Gastos de Representación- – – – – – – – – – 679,50
Artículo 12°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” , del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia ,Mendoza, a los 24 días del mes de noviembre de 1999.
| JULIO CESAR GOMEZ | JOSE CARLOS PUEBLA |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 99-00420-3 H.C.D.
99-06318-2-I D.E.