
ORDENANZA Nº 3.721
VISTA
El Expediente Nº 99-03887-9-M, por el cual el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas del Gobierno de Mendoza solicitan desafectar las prolongaciones de calles Cornelio Martínez, Mario Bermúdez, Enrique Tomasi y Carlos Gusberti del Barrio Formosa del Departamento de Rivadavia, y
CONSIDERANDO
Que el peticionante solicita la interrupción de dichas prolongaciones en un trazado donde todavía no se ha realizado, en la zona, obra de urbanización que podría impedir la construcción de la nueva Escuela Félix Pesce Scarso, produciendo la división física de ésta con el actual edificio existente de la Escuela Formosa.
Que es factor fundamental de esta obra la suspensión del trazado de dichas calles, tanto para el aspecto proyectista como para el aspecto de seguridad necesario brindar a la población estudiantil.
Que dicha construcción favorecerá no sólo a la comunidad vecina, brindando mejor alternativa de estudios secundarios, sino también urbanísticamente permitirá que dichas calles no se transformen en vías de accesos descongestivas de calle Chañar, con la consecuencia natural de adquirir mayor velocidad, desembocando a distancias cercanas a la rotonda proyectada en la intersección de calle Falucho, Chañar e Isaac Estrella, obstruyendo la distancia de alcance y frenado necesaria en una vía de acceso importante, como lo es, la calle Falucho en nuestro Departamento.
Que resulta indispensable establecer la obligatoriedad de las prolongaciones de las calles Emilio Catena, Cornelio Saavedra, Mario Bermúdez y Martín Güemes de acuerdo a la necesidad de la traza urbanística como se establecerá en el Artículo pertinente.
Que resulta indispensable que la Dirección General de Escuelas efectivicé la donación del rasgo de terreno necesario para cumplimentar el ancho reglamentario de 20,00 mts. En el costado norte de calle Américo Abraham.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades.
ORDENA
Artículo 1º: Interrúmpase la prolongación hacia el norte de las calles Enrique Tomasi, Carlos Gusberti, Cornelio Martínez y Mario Bermúdez del Barrio Formosa de la Ciudad de Rivadavia.
Artículo 2º: Declarase la obligatoriedad de la prolongación de calle Emilio Catena, con un ancho de 20,00 mts. Hacia el norte y sur del Barrio Formosa.
Artículo 3º: Declarase la obligatoriedad de la prolongación de calle Cornelio Martínez y Mario Bermúdez con un ancho, ambas, de 20,00 mts hacia el sur del Barrio Formosa.
Artículo 4º: Declarase la obligatoriedad de la prolongación de calle Martín Güemes, con un ancho de 20,00 mts hacia el oeste del Barrio Formosa.
Artículo 5º: Por el Departamento Ejecutivo, a través del Área Catastro, gestiónese los trámites necesarios para efectivizar la donación del rasgo de terreno afectado para cumplimentar el ancho reglamentario de calle Américo Abraham, en una longitud de 194,87 m. y 10 m. de ancho, perteneciente a la Dirección General de Escuelas.
Artículo 6º: Comuníquese a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Catastro, Obras Públicas, Obras Privadas de la Municipalidad de Rivadavia y, Ministerio de Ambiente y Obras Públicas del Gobierno de Mendoza.
Artículo 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 25 días del mes de junio de 1999.
| JUAN GERARDO DEL RIO | JOSE CARLOS PUEBLA |
| A/C SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 99-00427-8 H.C.D.
Nº 99-03887-9-M D.E.