Ordenanza 3682-1998

ORDENANZA Nº 3.682

VISTO:
El Expediente Municipal N° 97-10097-8-S caratulado Jorge Ramón ofrece donación fracciones  terreno, y

CONSIDERANDO:
La necesidad de realizar la apertura de calle Maza, ya que la misma permitirá conectar uno de los desagües  pluviales de la Ciudad al existente sobre calle Maza al este.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facualtades

ORDENA

Artículo 1°: Aceptar la DONACIÓN SIN CARGO del rasgo de terreno afectado para Prolongación    de calle Maza a favor de la MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA  por el Señor SÁNCHEZ JORGE RAMÓN, L.E. N° 6.866.941, constante de una superficie según Mensura con Título a determinar por el Plano de Mensura respectivo, inscripta en el Registro de la Propiedad Raíz como 7ma. al N° 1143, fs. 434, T° 43 B de Rivadavia, 28-02-64, P.R. 16170/10, P.M. 1062, N.C. 10-99-06-0402-334275.

Artículo 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a realizar las siguientes obras en concepto de compensación por la donación especificada en el Artículo 1° de la presente Ordenanza:
a) Apertura de calle Maza.
b) Movimiento de suelo, compactado y enripiado de calle.
c) Perfilado de cunetas en tierra.
d) Alcantarilla  en la intersección de calle  Maza y San Isidro.
e) Forestación.
f)  Plano de Mensura y Escritura Traslativa de Domino.
g) Excavación y realización de cordón banquina de calle Maza, entre calle San Isidro y Lavalle.

Artículo 3°: Libérase del Pago de la Deuda por Tasas y Servicios a la Propiedad Raíz y Alumbrado Público que registra el Padrón Municipal N° 1062, en compensación por los rasgos de terreno donados al Municipio, hasta el 6° bimestre de 1998.

Artículo 4°: Las medidas lineales y superficies a transferir se consignarán en un todo de acuerdo al Plano a realizarse según Artículo 2°.

Artículo 5°: Los DONANTES deberán cumplimentar las obras de Urbanización de acuerdo a las Especificaciones Técnicas exigidas por las Oficinas Técnicas Municipales.

Artículo 6°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente, serán imputados a la Partida N° 51-1-07-00-0 TERRENOS del Presupuesto 1998.

Artículo 7°: Comuníquese al Area de Catastro, Contaduría y Asesoría Legal para que se realicen las tramitaciones respectivas para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

Artículo 8°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días  del mes de noviembre de 1998.

MARCELO EDUARDO ARISTEO LUIS EDUARDO TOLOSA
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 98-0817-1 H.C.D.
N° 97-10097-8-S D.E.

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