
ORDENANZA Nº 3.677
VISTO
La petición formulada por las Autoridades del Centro Deportivo Rivadavia, solicitando autorización, para la realización de publicidad gráfica en paredes del Estadio de Fútbol y carteles publicitario dentro del Estadio cerrado, que redundarán en beneficio económico del Centro Deportivo Rivadavia, y
CONSIDERANDO:
Que no se encuentra obstáculo legal alguno, que prohiba la suscripción de un Convenio, mediante el cual se pacten las pautas contractuales a las que deberán ajustarse los firmantes.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio, mediante el cual se autoriza al Centro Deportivo Rivadavia, a formalizar instrumentos contractuales con Empresas que realizan publicidad gráficas estática en paredes del Estadio de Fútbol y Estadio cerrado del Polideportivo Municipal por el término de dos años, obrante a Fs. 3 del Expediente Nº 98-0616/7, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 20 días del mes de noviembre de 1.998.
| MARCELO EDUARDO ARISTEO | LUIS EDUARDO TOLOSA |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 98-0616-7 H.C.D.