Ordenanza 3671-1998

ORDENANZA Nº 3.671

VISTO
Las actuaciones del Expediente Nº 98-04721-0-C, caratulado Centro Jubilados Barrio Rivadavia  Pedido donación terreno, y

CONSIDERANDO
Que a efectos de cumplimentar con las modificaciones sugeridas por el Honorable Concejo Deliberante para la aprobación del Convenio de Comodato y Uso Gratuito solicitado por la Entidad Centro Unión Jubilados y Pensionados Barrio Rivadavia.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Ratifícase el Convenio de Comodato y Uso Gratuito, suscripto entre la Municipalidad de Rivadavia y el Centro Unión Jubilados y Pensionados Barrio Rivadavia, obrante a Fs. 20 del Expediente Nº 9804721-0-C,caratulado Centro Jubilados Barrio Rivadavia pedido de donación de terreno, el cual forma parte integrante de la presente, con las siguientes modificaciones en las cláusulas 2º y 3º:
a) Cláusula Segunda: Dicha cesión se hace por el término de 20 años, a cuyo vencimiento las partes podrán renovar el Convenio ad-referendum del Honorable Concejo Deliberante.
b) Cláusula Tercera: Queda expresamente establecido que la Entidad deberá obligarse a cumplir con la ejecución total de la obra proyectada en el terreno de referencia, en un plazo no mayor de CUATRO AÑOS a partir de la firma del presente y cuyo incumplimiento traerá aparejado la caducidad de este Convenio.

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 06 días del mes de noviembre de 1.998.

MARCELO EDUARDO ARISTEO LUIS EDUARDO TOLOSA
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 98-0465-9 H.C.D.
Nº 98-04721-0-C D.E.
Nº 98-0583-9 H.C.D.

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