
ORDENANZA Nº 4.852
VISTO:
Que la Calle Alem de la Ciudad de Rivadavia y desde el mes de mayo del corriente año, se le ha dado un solo sentido de circulación, desde Lamadrid hasta Arenales, y
CONSIDERANDO:
Que en la citada arteria está autorizado el estacionamiento en el costado sur de la misma.
Que esta calle, en el tramo desde Alem hasta Mariano Gómez, cuenta con 12 metros de ancho, lo que hace posible brindar doble estacionamiento en los costados de la misma, para brindar mayores posibilidades de estacionamiento, ya que en el tramo descripto se encuentra una gran cantidad de comercios y la Delegación del Departamento General de Irrigación.
Que al realizar el cambio de sentido de circulación, los vecinos frentistas han solicitado se autorice el estacionamiento en ambos costados de la calzada.
Que el artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades en su inc. 7º establece que es función del Honorable Concejo Deliberante reglamentar el tráfico de vehículos en calles públicas.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a ampliar el estacionamiento en el costado norte de la Calle Alem, de Oeste a Este, en el tramo comprendido entre Lamadrid y Mariano Gómez.
Artículo 2º: Autorizar a la Dirección de Obras Públicas a realizar las obras de señalización correspondientes, de acuerdo a lo normado en el artículo precedente.
Artículo 3º: Comuníquese al Comisario de la Seccional 13º de Policía, al Jefe de la Delegación de Tránsito del Departamento, al Delegado del Departamento General de Irrigación y a vecinos frentistas del costado norte de Calle Alem.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 13 días del mes de junio de 2017.
| Lic. BRUNO AMBROSINI | LUCIO GUTIERREZ |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2017-00154-2 H.C.D