Resolución11-2017

RESOLUCIÓN Nº11-17

VISTO:
La necesidad de iluminar el tramo faltante de calle Almirante Brown, Santa María de Oro, desde Alaniz hasta el Dique Phillips; y el Carril Colombo, desde su intersección con calle El Dique hasta la Ruta Provincial Nº 71 en La Central, y

CONSIDERANDO:
Que tanto los vecinos de esas arterias, como la comunidad educativa de la escuela Eusebio Blanco, vienen manifestando sus reclamos al respecto.
Que sobre el Carril Colombo se encuentra un desagüe de grandes dimensiones y trincheras de árboles de gran porte, zona peligrosa de noche en la que han ocurrido accidentes que se han cobrado la vida de muchas personas.
Que debido a la falta de iluminación en las primeras horas de la mañana, sobre todo en época invernal, el Carril se encuentra totalmente oscuro.
Que la Municipalidad de Rivadavia en estos últimos años ha realizado una fuerte inversión en iluminar las zonas rurales, con el propósito de brindarles mayor seguridad a los vecinos y seguir conectando los distritos con la Ciudad.
Que sería conveniente la instalación de más luminarias con un total aproximado de 12 kilómetros, ya que cuenta con algunas pero están muy obsoletas, esto aportaría a brindar más seguridad y un mejor servicio a todas las personas que por allí transitan a diario.
Que corresponde al Concejo según la Ley Orgánica de Municipalidades 1079 en sus Artículos 75º y 79º: “Proveer todo lo concerniente al alumbrado público”.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

RESUELVE

Artículo 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a través del Área de Electrotecnia a que instale nuevas luminarias en el tramo faltante de calle Almirante Brown, Santa María de Oro, desde Alaniz hasta el Dique Phillips y en el Carril Colombo, desde su intersección con calle El Dique hasta la Ruta Provincial Nº 71, en La Central.

Artículo 2º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a realizar las gestiones necesarias con la Cooperativa Eléctrica Sub Río Tunuyán y CEAPR (Cooperativa Eléctrica y Anexo Popular de Rivadavia), para que mencionada obra se realice en conjunto con ambas Instituciones.

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones  de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 25 días del mes de abril de 2017.

Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2017-00083-3 H.C.D.

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