
RESOLUCION Nº 12-17
VISTO:
La necesidad que poseen los vecinos de la zona comprendida por las calles Sargento Cabral, en el tramo Avellaneda – Godoy Cruz, y la mala situación en la se encuentran las calles del Barrio “El Bienestar”.
CONSIDERANDO:
Que, el mal estado que presentan las calles perjudica la circulación después de las lluvias, haciéndolas intransitables tanto para los peatones como para los vehículos, por la acumulación de agua y la formación de pantanos.
Que, en los días de lluvia, las calles se encuentran intransitables debido a la gran acumulación de agua, y los días posteriores el transito es complicado por el barro y los grandes pozos que se forman.
Que, en dicha calle habitan muchos vecinos, además de ser vía de acceso para el barrio Bienestar.
Que, en esta calle no hay acequias construidas, por ende el agua no tiene por donde drenar y correr.
Que con un apropiado trabajo de mantenimiento, con un afirmado de ripio de la calle, la construcción de acequias, y la recolección periódica de basura y limpieza de las mismas daría una solución favorable a la calle.
Que, es deber del Municipio la creación de obras públicas para mejorar la calidad de vida de los vecinos del Departamento.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo de Rivadavia, que realice las gestiones correspondientes con el fin de enripiar la calle Sargento Cabral desde Avellaneda hasta Godoy Cruz.
Artículo 2º: Solicitar además que el Departamento Ejecutivo arbitre los medios necesarios para realizar las obras de construcción de acequias en conjunto con los vecinos frentistas.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 02 días del mes de mayo de 2017.
| Lic. BRUNO AMBROSINI | LUCIO GUTIERREZ |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2017-00089-0 H.C.D.