
DECLARACION Nº 09-15
VISTO:
El Expte.Nº 2015-00064-5 caratulado: “H.C.D. de Malargüe, remite copia de la Resolución Nº 030/2015”, y
CONSIDERANDO:
La inquietud planteada por el Honorable Concejo Deliberante del departamento de Malargüe, en el sentido que una persona ludópata juega compulsivamente aún a riesgo de perderlo todo: familia, dinero, trabajo, patrimonio y hasta la propia vida.
Que se ha incrementado el número de personas con esta adicción y es importante cambiar la imagen del vicioso por la de un adicto, que al igual que otras adicciones desliga, devasta, empobrece y aisla a la persona.
Que la ludopatía es la conducta descontrolada con respecto a los juegos de azar y considerada una adicción según la O.M.S.
Que en los años 90 los pacientes promediaban los 35 años y hoy tenemos la iniciaciòn de la adicción de 18 a 20 años jugando de manera compulsiva.
Que para que una persona, pueda recuperarse de la ludopatía, el primer paso es que el afectado reconozca su adicción y sea aceptado y apoyado familiarmente.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
DECLARACION
Artículo 1º: Adherir a la Resolución Nº 030/15 emanada por el Honorable Concejo Deliberante del departamento de Malargüe.
Artículo 2º: Exceptuar de la adhesión al Art. 1º de la mencionada Resolución, por ser inherente al Departamento Ejecutivo de Malargüe.
Artículo 3º: Remitir copia de la presente pieza legal, al Honorable Concejo Deliberante del departamento de Malargüe, para su conocimiento y demás efectos.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 25 días del mes de junio de 2015.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2015-00064-5 H.C.D.