Declaración 06-2015

DECLARACION Nº 06-15

VISTO:
La limpieza, demolición de construcciones en ruinas y cierre de lotes baldío constituye una medida de seguridad y salubridad para los vecinos que deben cumplir con las Ordenanzas en vigencia, y

CONSIDERANDO:
Que, la propiedad ubicada en calle Juan XXIII entre la intersección de Sarmiento y Ejército de Los Andes de la Ciudad de Rivadavia, cuyo titular es ROCHA NICOLAS (Suc.) según plancheta catastral y Oscar Osvaldo Marin y otros según padrón Municipal, posee gran cantidad de malezas, edificio de adobe en estado de ruina,  que se encuentra en peligro de derrumbe ubicado cerca de la vereda sobre calle Juan XXIII y carece de cierre perimetral.  Para mayor ilustración e identificación del inmueble, se acompaña junto con el presente copia de Plancheta Catastral y croquis del inmueble.
Que, vecinos de la zona han hecho reclamos sobre la inseguridad que provoca esta propiedad, ya que la misma es utilizada como lugar de refugio para delincuentes,  lugar desde donde observan los movimientos (sallida y entrada) de familias a su hogar que luego aprovechan para robar y luego  esconder objetos substraidos.
Que el Departamento Ejecutivo ha tomado medidas de control y emplazamiento a propietarios de baldíos para que efectúen limpieza y cierre de los mismos, pero existen casos, como el que nos ocupa, que perduran en el tiempo y surge la necesidad de actuar administrativamente, con las herramientas legales que se encuentran a disposición, como son la aplicación de multas,  ingreso al inmueble para su limpieza y/o demolición de construcciones en estado de ruina o peligro de derrumbe, previstas en la Ordenanzas en vigencia.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

DECLARA

Artículo 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo, tome las medidas administrativas necesarias con el objeto de  emplazar al propietario del  lote ubicado en esquina de calle Martín García y Juan XXIII de la Ciudad de Rivadavia, titular SUCESION DE NICOLAS ROCHA y /o Oscar Osvaldo Marin y otros según Cuenta o Padrón Municipal Nº 872,  con el objeto que procedan a la limpieza de yuyos y malezas,  demolición de edificio en ruina,  y construcción de cierre perimetral, en el plazo que por Ordenanza corresponda, todo bajo apercibimiento de aplicar multas, efectuar la limpieza de malezas y demolición de edificio en ruina, el Municipio con cargo a la propiedad.

Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 11 días del mes de junio de 2015.

ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ FLORINDA SEOANE
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2015- 00073-3 H.C.D.

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