Declaración 05-2015

DECLARACION Nº 05-15

VISTO:
Que el día 03 de Junio próximo se ha organizado por colectivos políticos y sociales de mujeres una Movilización en Contra del Femicidio en la Argentina, bajo la consigna “NI UNA MENOS” y de acuerdo con el proyecto de ley presentado en la Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Mendoza, que solicita declarar la Emergencia Pública por Violencia de Género y

CONSIDERANDO:
Que el Femicidio es un hecho político, en tanto es la denuncia a la naturalización de la sociedad hacia la violencia sexista.
Que el Femicidio es una de las formas más extremas de violencia hacia las mujeres, es el asesinato cometido por un hombre hacia una mujer a quien considera de su propiedad.
Que es necesario considerar a la violencia sexista, como una cuestión política, social, cultural y de Derechos Humanos, sólo así se podrá ver la grave situación que viven las mujeres, niñas y niños en la Argentina como una realidad colectiva por la que se debe actuar de manera inmediata.
Que ante la ausencia de estadísticas oficiales sobre Femicidios en Argentina, la Asociación Civil “La Casa del Encuentro”, en el año 2008 produce el primer informe de Femicidios en nuestro país.
Que la mencionada organización registró en el año 2014, 277 Femicidios y 29 Femicidios “Vinculados” de hombres y niños, es decir, aquéllos cometidos por el agresor a otros integrantes del grupo familiar para consumar su fin: matar, castigar o destruir psíquicamente a la mujer sobre la cual ejerce la dominación.
Que el 50% de las mujeres asesinadas en nuestro país son víctimas de violencia de género, generalmente en el ámbito doméstico, lo que significa que cada 31 horas una mujer muere en manos de un asesino, sólo por el hecho de ser mujer.
Que este problema necesita la formulación y ejecución de políticas públicas contundentes con asignación presupuestaria e implementación de la Ley 26.485/2009, para Prevenir, Sancionar y Eliminar la Violencia contra la Mujer, siendo aprobada por Ley Provincial 8.226 en el año 2010. En ellas se disponen las herramientas necesarias para implementar una política pública que nos permita erradicar este delito que mata alrededor de 300 mujeres por año.
Que a 6 años de su promulgación, la ley padece de incumplimientos notorios, tanto a lo que se refiere a políticas públicas como a la evaluación de las mismas. NO se ha diseñado, ni implementado el Plan Nacional de Acción: para la prevención, asistencia y erradicación de la violencia contra la mujer.
Actualmente el Gobierno, tanto a nivel nacional como provincial, no destina los fondos necesarios ni para la correcta aplicación de ley para el funcionamiento óptimo de la Dirección de Mujer, Género y Diversidad dependiente del gobierno provincial.
Que se acordó establecer lineamientos generales que faciliten introducir la perspectiva de género y diversidad en los órganos estatales, instituciones públicas y privadas, académicas, empresariales, medios de comunicación, partidos políticos y organizaciones de la sociedad civil de Mendoza, como corresponsables de la construcción de relaciones de igualdad y equidad de género y diversidad, firmado en marzo de 2014. En este documento, el Poder Ejecutivo Provincial se comprometió a la elaboración y aplicación de los Protocolos para el abordaje de Violencia Doméstica y Reglamentación de la adhesión a las leyes mencionadas y a un año del mismo sigue sin garantizarse.
Que la realidad muestra a diario que una ley o política pública sin presupuesto adecuado no es aplicable, y que el Gobierno de esta forma pasa a ser de un facilitador a un organismo burocrático que no puede brindar las soluciones requeridas.
Que en el país existe la Ley 26.791/12 de Femicidio, la cual incorpora modificaciones del artículo 80 del Código Penal, con el objeto de agravar las penas para estos casos o de asesinatos cometidos por violencia de género.
Basta de hablar de crímenes pasionales. La forma más extrema de violencia hacia las mujeres y que termina  con el asesinato de una mujer realizado por un hombre, es Femicidio.
Basta de confundir el amor con el sentimiento de posesión y control hacia las mujeres. Basta de disculpar o atenuar la violencia y el crimen con la excusa de la infidelidad, los celos, el no cumplir con tareas que se consideran “propias” o “naturales” de las mujeres (cocinar, lavar, atender la casa, etc), ya que si estos fueran fundamentos suficientes, aplicables tanto a varones como a mujeres, nuestra convivencia social sería imposible.
Las mujeres también son engañadas, abandonadas por sus parejas; en muchos casos quedan solas a cargo de su/s hijos/as, y ante esto no reaccionan de la misma manera que los varones femicidas.  Además, vemos que  la aplicación práctica de la justicia posibilita la impunidad de los varones victimarios.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

DECLARA

Artículo 1º: Adherir a la Marcha “NI UNA MENOS” en contra del Femicidio en Argentina, por realizarse el próximo 3 de Junio en nuestro Departamento.

Artículo 2º: Adherir en todos sus artículos al proyecto de Ley presentado en la Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Mendoza que solicita declarar la Emergencia Pública por Violencia de Género.

Artículo 3º: Convocar a todas las instituciones públicas, organizaciones civiles y sociales y medios de comunicación de la zona este a participar de la Marcha del 3 de Junio.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 28 días del mes de mayo de 2015.

ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ FLORINDA SEOANE
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2015- 00062-9    H.C.D.

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