
DECLARACION Nº 03-14
VISTO:
Que el TGD (Trastorno Generalizado del Desarrollo) del espectro autista es un Trastorno Neurológico que afecta tres áreas del desarrollo, la Comunicación (verbal y no verbal), la Sociabilización (interacción social) y la Imaginación Creativa; y que además el espectro autista se divide en cinco categorías: Trastorno Autista (Autismo de kanner), Síndrome de Rett, Trastorno Desintegrativo de la Infancia, Síndrome de Asperger y Trastorno Generalizado no Especificado (TGDNE), y
CONSIDERANDO:
Que, dicho trastorno limita a las personas que lo padecen en su integración social.
Que, este trastorno presenta características particulares difícilmente detectables por la sociedad por la falta de información.
Que los padres de los niños con TGD – AUTISMO, no cuentan con una mínima información que los ayude a la detección temprana, importante en los primeros años de vida.
Que, los diagnósticos son tardíos y equívocos.
Que, los niños con síndrome de TGD – AUTISMO, no han sido diagnosticados certeramente, por lo tanto no han recibido la terapia adecuada conforme a lo que esta condición requiere.
Que, no recibir la terapia adecuada afecta su calidad de vida y la de su entorno (familiar-social) sustancial.
Que, en sus primeros pasos de interacción social (escuela), se lo deriva a Gabinetes Psicopedagógicos y se los trata erróneamente ya que no se cuenta con la preparación/información necesaria para llevar a cabo una terapia integradora precisa.
Que, las escuelas de enseñanza común no están preparadas para recibir, educar e integrar a niños con TGD-AUTISMO.
Que, es necesario e imprescindible, informar y formar a la sociedad en su conjunto: padres, docentes, profesionales de la salud y a futuros profesionales sobre TGD de Espectro Autista, de allí el propósito Fundamental de esta CAMPAÑA DE CONCIENTIZACION SOBRE TGD- AUTISMO, para que se tomen los recaudos necesarios respecto al tema en forma URGENTE.
Que, tal urgencia deriva que se han ido aumentando los casos de TGD-AUTISMO, en todo el mundo y nuestro país no ha sido la excepción.
Que, con esta Campaña se vería posibilitada la detección de casos, no solo en el Departamento, esto sería de gran utilidad para elaborar una estadística certera sobre cuántos casos existen en Rivadavia y zonas aledañas; y a partir de allí tomar recaudos necesarios en cuanto a esta temática.
Que, al tratar el tema TGD (ESPECTRO AUTISTA), dejan de ser vulnerados: Art. Nº 31 de la Constitución Nacional y los artículos 1º, 2º, 5º, 6º y 7º de la Declaración de los Derechos del Niño y toda la Legislación y Jurisprudencia y Tratados Internacionales al respecto.
Que, la Declaración de Interés Departamental, dignaría de nobleza al Departamento, dando cuenta de la importancia que presenta para nuestra sociedad ser más inclusiva con las personas con TGD-AUTISMO.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
DECLARA
Artículo 1º: Declárese de Interés Departamental la Campaña de Concientización de TGD-AUTISMO.
Artículo 2º: Declárese de Interés Departamental, el día 02 de abril “DIA INTERNACIONAL DE LA CONCIENTIZACION DEL AUTISMO” instituido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Artículo 3º: Infórmese y distribúyase en todos los medios de comunicación e instituciones educacionales y de salud, esta Campaña.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 25 días del mes de marzo de 2014.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2013-00142-1 H.C.D.