
RESOLUCIÓN Nº 28
VISTO:
El actual estado de deterioro que presenta el Carril Mirador, principalmente en el tramo comprendido por la Ruta 7 (autopista) y la Ruta 50 y la calle Justo Estrada, frente al conglomerado habitacional de la villa La Central, y
CONSIDERANDO:
Que estas vías de comunicación son transitadas diariamente por vecinos, transporte público de pasajeros y de carga pesada, siendo acceso principal a los centros educativos del distrito La Central, como las Escuelas Luis A. Piaggio y Dib el Musri.
Que por otra parte revisten gran importancia como ruta de salida al sur de la Provincia por la Ruta 71, adquiriendo la característica de formar parte de las arterias con tránsito interprovincial.
Que la misma forma parte del circuito vial productivo, con plena incidencia en el desarrollo de las actividades vitivinícolas y economía del departamento de Rivadavia.
Que además de dificultar el tránsito normal, está ocasionando inconvenientes en las construcciones que se encuentran a la vera de las mencionadas, más teniendo en cuenta que la gran mayoría de éstas son construcciones de vieja data, que se han visto averiadas por las vibraciones producidas por los vehículos de carga pesada que circulan por las mismas.
Que estas condiciones favorecen las posibilidades de que se produzcan accidentes viales al ser prácticamente intransitables, prueba de ello son las estadísticas que muestran un alto índice de accidentes en estas zonas.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo 1º: Exhortar a la Dirección Provincial de Vialidad a realizar la urgente reparación y/o reencarpetado del Carril Mirador, principalmente en el tramo comprendido por las Rutas 7 y 50; y la Calle Justo Estrada, del distrito La Central, departamento de Rivadavia, en el tramo ubicado frente a la Villa cabecera del mencionado Distrito.
Artículo 2º: Remitir copia de la presente, a la Dirección Provincial de Vialidad y al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte de la provincia de Mendoza.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 14 días del mes de octubre de 2008.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | ENRIQUE LEÓN |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2008-00522-1 C.D.