
DECLARACIÓN Nº 37
VISTO:
La necesidad de dar solución a algunas de las problemáticas observadas en las visitas realizadas por la autora del presente proyecto y en datos aportados por distintos agentes que operan en el ámbito de influencia, que denotan que numerosas familias que habitan el sector considerado como de “asentamientos inestables”, del distrito de Andrade, no poseen ingresos mensuales permanentes, habitan viviendas precarias, poseen hijos sin asistencia nutricional, contención social y falta de estimulación educativa adecuada, y
CONSIDERANDO:
Que los datos estadísticos observados sobre Pobreza, Indigencia, Desocupación, Desarrollo Social, Desarrollo Económico, Seguridad, Salud, Educación, manifiestan una población de alto riesgo, especialmente la que se encuentra en las periferias del centro de salud y edificio de la ex Escuela Escorihuela Gascón.
Que, esta realidad indica la necesidad de actuar con urgencia, para resolver lo observado y responder con acciones concretas, ante algunas necesidades de la población referida.
Que, es oportuno destacar que existe un compromiso social entre los distintos agentes que operan en el medio (Centro de Salud – Escuela y Productores del distrito).
Que se ha observado voluntad entre los agentes mencionados anteriormente para trabajar en forma conjunta.
Que, el Servicio Educativo de origen social, perteneciente a la Dirección General de Escuelas, es un organismo dedicado a promover el desarrollo social de las comunidades mas vulnerables, a partir de propuestas educativas de influencia netamente en la primera infancia y en el de las familias del medio.
Que, existe un edificio en condiciones (donde funcionaba la Escuela Escorihuela Gascón) para dar cabida a la Institución propuesta.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
DECLARA
Artículo 1º: El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, vería con agrado la creación de un Jardín Maternal en el Distrito de Andrade, que contenga la población de 45 días a 4 años de edad, con necesidad de asistencia nutricional, contención social y estimulación educativa temprana.
Artículo 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, gestionar ante la Dirección General de Escuelas la utilización del ex edificio desocupado de la Escuela Escorihuela Gascón, previo verificación a través de la Dirección de Infraestructura de la Dirección General de Escuelas, para que analice su viabilidad.
Artículo 3º: Fomentar el trabajo Inter.-disciplinario entre el S.E.O.S., el Centro de Salud y la Escuela, tal cual lo establece la Ordenanza Nº 3.653/98.
Artículo 4º: Solicitar que una vez aprobada la presente declaración, se eleve a la Dirección del Servicio Educativo de origen Social de la Dirección General de Escuelas y al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte de la provincia de Mendoza.
Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 21 días del mes de octubre de 2008.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | ENRIQUE LEÓN |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2008-00521-3 C.D.