Declaración 30-2005

DECLARACIÓN N° 30

VISTO
El Expediente N° 2005-00348-4, por el cual, la Concejal Rosario Del Carmen Vera presenta Proyecto de Declaración referido a la construcción de una Ciclovía sobre Calle Chañar entre las  calles  Falucho y Belgrano Norte , y

CONSIDERANDO
Que tales vías de comunicación son obras que brindan seguridad a personas que circulan en forma normal y habitual en bicicletas, ya sea por razones laborales, escolares, o comerciales, entre otras.
Que tales ciclovías deben ser trazadas como accesorios viales de calles, avenidas o paseos de denso nivel circulatorio, sirviendo de soporte a dichas arterias principales que por su abundante caudal vehicular y por la notable velocidad que desarrollan los automotores, sumada a su posición estratégica en el ejido urbano (accesos, salidas, trayectos viales estratégicos), obligan a su concreción, haciéndolas no sólo necesarias para mejorar la organización vial de la zona, sino especialmente para proteger las vidas humanas que por ellas se desplazan y sino para colaborar con el desarrollo urbanístico.
En el tramo de calle Chañar, comprendido entre calle Falucho y Belgrano Norte, de esta Ciudad, existen todas las condiciones viales antes descriptas, que justifican urgentemente una Ciclovía. Ello, en razón de que tal trayecto, además de ser una concurrida entrada y salida vehicular de la Ciudad, de involucrar una zona de exponencial crecimiento demográfico (Barrio Caparroz, Posta de San Isidro, Carrascosa y adyacencias) y agroindustrial  (asiento de numerosas Pymes), y de pasar frente a un visitado Santuario (Oratorio Santa Rita), es el que utilizan gran cantidad de niños y jóvenes que asisten a las escuelas Ricardo Day, Formosa, Félix Pesce Scarso, sin perjuicio de ser canal de tránsito escolar a otros establecimientos.
Esta realidad ha creado la necesidad de tal Ciclovía, y hoy ya avizoramos la oportunidad ineludible de una pronta ejecución de la misma, para lo cual se torna imprescindible la realización de obras previas y complementarias, como la adecuada demarcación y nivelación topográfica, erradicación del arbolado público del costado este del mencionado tramo, por donde técnica y paisajísticamente hacen que sea él más aconsejable y ventajoso respecto de la disposición vial de la zona.
Ello, requerirá no sólo de la proyectiva y ejecución por parte del Municipio, por ser una calle Municipal, sino también de la coordinación y trabajo de otros organismos públicos vinculados jurisdiccionalmente a la arteria , como por ejemplo, Vialidad e Irrigación.

POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

DECLARA

Artículo 1°: El Concejo Deliberante de Rivadavia, propicia la pronta concreción de una Ciclovía en el tramo de calle Chañar comprendido entre calle Falucho y Belgrano Norte, de esta Ciudad.

Artículo 2°: A tal efecto, insta al Departamento Ejecutivo a llevar adelante todas la acciones útiles y necesarias tendientes a la construcción de la obra de referencia.

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Municipal, publíquese e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 07 días del mes de noviembre de 2005.

RUBÉN DARÍO GRANDO FLORINDA SEOANE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2005-00348-4 C.D.

Compartir publicación: