
DECLARACIÓN N° 26
VISTO
El Expediente N° 2005-00330-2 por el que Ediles de Rivadavia, presentan Proyecto de Declaración referido a convenio de Programa de Educación a Distancia, y
CONSIDERANDO
I- La propuesta de Educación Virtual ofrecida por la Universidad Nacional del Litoral, conformes con los programas de oferta educativa autorizados por dicha Entidad mediante mecanismos multimediales e Internet, con posibilidades de ser desarrollados en el ámbito de nuestro Municipio a través de un campus a cargo de una organización especial, de modo tal, que el alumno pueda estudiar desde su casa o desde un Centro de Apoyo cercano a su lugar de residencia, adecuando esa tarea al ritmo y exigencias diarias, desde un entorno virtual.
Que la importancia de cristalizar un Programa de Educación Superior a Distancia en nuestro Departamento a través de un campus local, comporta suscribir a una moderna visión de desarrollo de la organización social, incorporando los elementos y herramientas de la creciente tecnología y lenguaje contemporáneos.
Implica, además, una forma de promoción y fomento de la educación y la cultura; implica asumir un nuevo lenguaje de comunicación y aprendizaje, un intento valeroso de estar a la vanguardia en la producción y transferencias de conocimientos.
También significa una apuesta por la igualdad y la libertad, al instituir un medio para asegurar mayor acceso al conocimiento e información y por ende una forma de promover igualdad de oportunidades al poner al alcance de cualquier persona una libre y adecuada formación superior, contribuyendo a incrementar los niveles de calificación de los recursos humanos del Departamento. Este Programa de Formación a Distancia, como todo otro que tienda a universalizar el saber, es una auténtica “forma de democratizar el acceso al conocimiento”.
Resulta claro, entonces, que esta propuesta de Estudios Virtuales representa una nueva puerta de acceso para la formación y capacitación profesional, que viene siendo desarrollada por las más variadas y prestigiosas Universidades del Mundo, conjugando los conceptos tradicionales con las modernas técnicas y soportes tecnológicos, en búsqueda de competencias y habilidades acordes con los desafíos actuales.
Asumir la necesidad de incorporar esta modalidad de enseñanza y aprendizaje, – que incorpora nuevos recursos pedagógicos, de tipo audiovisual, plataforma e-learning, tutorías asincrónicas, materiales impresos y digitales, mecanismos multimediales y tecnologías web, entre otros – , es no mirar al costado y asumir la realidad de una era signada por el dominio del conocimiento y del vertiginoso progreso tecnológico, lo que al mismo tiempo impone – más que nunca – la obligación de sostenerla con sólidos valores éticos de alto sentido humanista.
Es, además, una manera de trazar las coordenadas del futuro, predisponiendo los medios indispensables para afrontar las próximas exigencias socioeconómicas, con niveles de calidad y provecho para los habitantes de nuestro Departamento.
La radicación de estos programas en jurisdicciones locales, permitirá a su vez la segura transformación del espacio en donde son desarrolladas sus actividades en verdaderos centros de difusión de actividades culturales de los más variados cuños, promoviendo el intercambio y la actividad creativa y de extensión.
Desde el punto de vista económico, también es una oportunidad para crear condiciones de crecimiento y progreso.
El uso de Internet hoy sirve de soporte a nuevas formas de caracterización del empleo, por ejemplo: el teletrabajo, que cada día cobra mayor difusión y opera bajo similares vectores que estos programas. En una etapa avanzada, la implementación de esta formación podría redundar en un ahorro para las familias de Rivadavia y, en contrapartida, un mayor gasto local, por cuanto gran parte de los recursos con destino a educación superior no emigrarían a las ciudades universitarias, permaneciendo en estas redes con asiento en el Departamento.
Por otra parte, el desarrollo de estos programas educacionales de impacto tecnológico, representan la posibilidad conformar un Polo Local de Desarrollo e Innovación Tecnológica y de empleos calificados.
No existe ninguna duda de que la incorporación y apropiación de tecnología educativa, como el programa propuesto, permitirá hacer más competitiva a la actividad económica local. Por supuesto, que por sí solo este Programa de formación no conseguirá tales resultados si no va acompañado con políticas activas de desarrollo económico regional y de fomento e incentivo, de financiamiento a la inversión y producción con insumos de base tecnológica y de valor agregado – mayormente orientados al agroalimento -, cimentados sobre una cultura del esfuerzo y cooperación.
Todas ellas son las cifradas mallas socioeconómicas que debemos urdir con estrategia, honestidad y visión para establecer los cimientos de un progreso sustentable.
II.- Que la elección del Programa de Educación a Distancia de la Universidad Nacional del Litoral –UNLVIRTUAL- por desarrollar en el Departamento de Rivadavia, se fundamenta en firmes y variadas razones, entre las que predominan:
El sólido prestigio y trayectoria institucional de la UNL, considerada una de las más importantes Casas de Altos Estudios del País;
Un servicio de educación universitario de excelencia, con amplia oferta de carreras de Pregrado, Grado y Posgrado y de diversos cursos de especialización profesional;
Una reconocida experiencia en formación virtual, que la ubican como una de las entidades pioneras en esta modalidad de enseñanza;
Una organización sólida y eficiente en esta temática, que dispone de una plataforma tecnológica de alta performance y solvencia técnica.
Y un costo accesible del servicio educativo, mediante aranceles módicos con relación a otras instituciones, destinados principalente al valor del material de estudio que requiere el interesado.
III.- Por otra parte, el Municipio cuenta con infraestructura adecuada para llevar adelante esta iniciativa, al disponer de la tecnología necesaria: “Red WAN del departamento de Rivadavia”, (constituida por un conjunto de ordenadores (PC) conectados y distribuidos en red en todo el departamento, con asiento en cada establecimientos educacional público); el Centro de Apoyo y Administración de la Red, con sede en el edificio Municipal, equipado con servidores de alta gama, servicio de acceso full a Internet, y un equipo de técnicos profesionales altamente calificados.
IV.- Finalmente, creemos oportuno manifestar que consideramos a esta iniciativa como un paso adelante en el fundamental acercamiento que debe existir entre Universidad y Sociedad, convencidos de que una de las misiones esenciales de la Universidad es promover el desarrollo de conocimientos que sirvan para responder a las necesidades reales de la comunidad que le sirve de soporte.
Sostenemos los principios reformistas que edificaron una universidad pública de excelencia, la llamada «universidad reformista de 1917», destacada por su impronta fuertemente científica, su compromiso militante en las decisiones políticas del país en su conjunto, y plenamente identificada con los principios democráticos y con un proyecto nacional. Pero, además, bregamos por una universidad moderna, tecnológica, proactiva, igualadora y atenta a los pesares y horizontes de su sociedad.
Los sujetos nos vamos constituyendo a partir de las prácticas sociales y de los discursos de nuestro tiempo histórico. Nuestras instituciones siguen igual suerte, de modo tal que un enfoque socio-cultural nos permite reconocer cómo se van constituyendo prácticas de tecnología educativa en la relación articulada “sociedad – cultura- educación”.
Por ello, pensamos que esta extensión de la Universidad Nacional del Litoral, en este novedoso formato, representa una valiosa opción para promover el bienestar de nuestros conciudadanos y el sentido desarrollo de nuestro Departamento.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:
DECLARA
Artículo 1°: El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, declara de Interés Departamental el Programa de Educación a Distancia de la Universidad Nacional del Litoral (UNL VIRTUAL), por desarrollarse en nuestro Departamento a través de un campus virtual de la Universidad Nacional del Litoral en Rivadavia.
Artículo 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, a suscribir Convenio de estilo con la Universidad Nacional del Litoral, destinado a instrumentar el Programa de Educación a Distancia que posee dicha Institución pública universitaria, y a conformar un espacio físico para desarrollar las actividades del mencionado programa, denominado: “campus”, debidamente equipado conforme con los requerimientos técnicos y pedagógicos exigidos por la Universidad.
Artículo 3°: Remítase Carta de Intención al Rector de la U.N.L. por intermedio de Presidencia de este Cuerpo, expresando el interés y las motivaciones por el desarrollo del Programa de Educación a Distancia de la U.N.L., invitándose a suscribir la misma al señor Intendente Municipal.
Artículo 4: Remítase copia de la presente a los Establecimientos Públicos Educacionales del departamento de Rivadavia (Polimodales, Terciarios y Universitarios), para su conocimiento y difusión.
Artículo 5°: Dése a conocer por los medios de prensa local.
Artículo 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia. Mendoza, a los 03 días del mes de octubre de 2005.
| RUBÉN DARÍO GRANDO | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTA C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2005-00330-2 C.D.